ORDEN POR LA QUE SE DICTAN LAS
NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LOS SERVICIOS DE
FORMACIÓN DEPORTIVA (PROGRAMA FORODEPORTE) DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES.
ORDEN 1480/1999, de 8 de julio, de la Consejería de Educación y
Cultura, por la que se dictan las normas para la aplicación de los precios
públicos por los servicios de formación deportiva (Programa Forodeporte) de la
Dirección General de Deportes. ()
La Ley 27/1997, de 26 de diciembre de Tasas y Precios
Públicos de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
de 2 de enero de 1998 y corrección de errores en el mismo Boletín de fecha 26
de enero de 1998), regula en los artículos 224 al 233 las disposiciones
aplicables a precios públicos.
Por el Acuerdo
del Consejo de Gobierno de fecha 23 de julio de 1998 se establece el
Catálogo actualizado de Servicio y Actividades susceptibles de ser retribuidos
mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, en cuyo Anexo
I figuran los servicios y actividades de formación deportiva (Programa
Forodeporte) descritos bajo el epígrafe F01.2.
El Reglamento de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre,
de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto
6/1999, de 21 de enero, del Consejo de Gobierno, establece en su Disposición
Adicional primera la habilitación de los centros gestores para aprobar las
Órdenes necesarias para la aplicación de las tasas y precios públicos de la
Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de
Deportes y previo informe preceptivo de la Consejería de Hacienda
DISPONGO
Artículo
1. Ámbito de aplicación
La presente Orden establece el procedimiento de gestión,
liquidación y recaudación de los precios públicos de los servicios y
actividades del Programa Forodeporte que gestiona la Dirección General de
Deportes.
Artículo
2. Autoliquidación
Los obligados al pago del precio público
correspondiente a los servicios del Programa Forodeporte deberán autoliquidar
el precio que corresponda.
Artículo
3. Modelo de impreso
Para la gestión y recaudación del precio público, se
aprueba el modelo de impreso 030 de declaración y autoliquidación que figura en
el Anexo de esta Orden. Al cumplimentar dicho impreso habrá de consignarse
expresamente el nombre de curso o módulo del Programa Forodeporte que se
solicite en el apartado de motivación liquidación administrativa.
Artículo
4. Pago del precio público
1. El pago del precio público se realizará con
carácter previo al inicio de la prestación del servicio y se efectuará en las
entidades bancarias que indique la Consejería de Educación y Cultura mediante
el modelo que figura en el Anexo de esta Orden.
2. La inscripción en cualquiera de los cursos que
integran el Programa Forodeporte requerirá que el interesado efectúe un ingreso
de 1.000 pesetas con el carácter de depósito previo para la reserva de plaza y
a los efectos siguientes:
a) De confirmarse la admisión,
dicho importe será descontado del precio total del curso o módulo.
b) Si el interesado decidiera
no formalizar la inscripción prevista después de haber efectuado el depósito
previo, podrá utilizar éste para su inscripción en otro curso del Programa
Forodeporte en ejecución.
Artículo
5. Lugar de presentación de la
solicitud del servicio
Las solicitudes que inician la actuación
administrativa serán presentadas ante el Servicio de Cooperación y Actividades
(Área de Formación) de la Dirección General de Deportes, debiéndose
cumplimentar en todo caso el correspondiente boletín de inscripción para la
solicitud de plaza formativa.
Artículo
6. Anulación
Cabrá anular la inscripción a la acción formativa,
previa solicitud motivada del interesado y únicamente hasta siete días antes
del comienzo de ésta. La anulación en ningún caso dará lugar a la devolución
del precio total satisfecho, pero en el caso de que la solicitud sea estimada
por el centro gestor, el interesado podrá destinar el 50 por 100 del abono
realizado a otra acción formativa del Programa Forodeporte en ejecución o del
anual siguiente.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o
inferior rango que se opongan a lo previsto en esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
ANEXO
MODELO 030
[Por Resolución
de 24 de octubre de 2001, de la Dirección General de Tributos, se lleva a
cabo la adaptación de los Modelos (030 y 031), de liquidación-autoliquidación
en euros de Tasas y Precios Públicos].