RESOLUCIÓN POR LA QUE SE
DELEGA, PARA LOS CASOS DE AUSENCIA DEL TITULAR DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN,
LAS COMPETENCIAS ASIGNADAS POR EL ARTÍCULO 44.F) DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN
INTERIOR DE LA ASAMBLEA, EN EL TITULAR DE LA JEFATURA DEL NEGOCIADO DE GESTIÓN DE
EXPEDIENTES.
Resolución de 14 de junio de 2002, del Servicio de Contratación de la
Asamblea de Madrid, por la que se delega, para los casos de ausencia del
titular del Servicio de Contratación, las competencias asignadas por el
artículo 44.f) del Reglamento de Régimen Interior de la Asamblea, en el titular
de la Jefatura del Negociado de Gestión de Expedientes. ()
Considerando
la necesidad de que la actividad contractual se desarrolle sin demoras.
Considerando
que el artículo 87 del Reglamento de Régimen Interior regula que el Jefe del
Servicio de Contratación formará parte de la Mesa de Contratación y actuará
como Secretario de la misma.
Considerando
que las tareas de Secretario de la Mesa de Contratación deben ser cubiertas en
todo caso, este Servicio de Contratación
RESUELVE
Delegar,
para los casos de ausencia del titular del Servicio de Contratación, las
competencias asignadas por el artículo 44.f) del Reglamento
de Régimen Interior, al titular de la Jefatura del Negociado de Gestión de
Expedientes, al amparo de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.