Acuerdo de 2 de septiembre de 2004, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueba la revisión del Catálogo de Embalses y
Humedales de la Comunidad de Madrid. ()
Las zonas húmedas constituyen ecosistemas muy valiosos
y de elevada riqueza natural que actúan como destacado refugio de la
biodiversidad. Desempeñan, además, un papel importante en la modulación de las
condiciones climatológicas y en el ciclo hidrológico, sin olvidar otros valores
como el paisajístico y el sociocultural.
La Ley
7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la
Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4 la redacción de un Catálogo de
Embalses y Humedales, a los efectos de articular el régimen de protección
procedente en cada caso. En cumplimiento de este mandato legal, el Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su reunión de 10 de octubre de 1991,
aprobó el citado Catálogo, con carácter de registro público de naturaleza
administrativa, en el que se incluyeron 14 embalses y 15 humedales
seleccionados de un amplio inventario preliminar elaborado al efecto en función
de sus singulares valores y características especiales.
Posteriormente, mediante Decreto 265/2001, de 29 de
noviembre (), por el que se aprueba el Plan de Actuación sobre Humedales
Catalogados de la Comunidad de Madrid, se actualizaron los límites de los
humedales catalogados y se ajustaron sus ámbitos territoriales en aquellos
casos en los que el conocimiento sobre el área había mejorado.
Como resultado de los estudios e investigaciones
llevados a cabo desde entonces se ha mejorado notablemente el conocimiento y la
cartografía disponible en relación con estos ecosistemas madrileños, por lo
que, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 4 de la Ley 7/1990, de 28 de
junio, se ha procedido a su revisión, estimándose conveniente extender el
régimen genérico de protección otorgado a los humedales catalogados a los
siguientes: "Soto de las Juntas", en el término municipal de
Rivas-Vaciamadrid; "Soto de las Cuevas", en el término municipal de
Aranjuez; "Charcas de los Camorchos", en el término municipal de Hoyo
de Manzanares; "Laguna de Valdemanco", en el término municipal de Valdemanco;
"Lagunas de Cerro Gordo", en el término municipal de San Fernando de
Henares; "Lagunas del Sotillo y Picón de los Conejos", en el término
municipal de Velilla de San Antonio; "Lagunas de Horna", en el
término municipal de Getafe, y "Lagunas del Soto Mozanaque", en el
término municipal de Algete.
De la misma manera, se ha considerado conveniente
modificar la denominación y delimitación global del conjunto de lagunas y
pequeños humedales de las "Lagunas del Entorno de Peñalara", en el
término municipal de Rascafría.
La revisión del Catálogo de Embalses y Humedales ha
sido sometida al preceptivo trámite de información pública por un período de un
mes, previsto en el artículo 4 de la Ley 7/1990, de 28 de junio, mediante
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de marzo de 2004, publicado en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid de 30 de marzo de 2004, y en el "Boletín
Oficial del Estado" de 26 de abril de 2004. Algunas de las alegaciones
presentadas en el plazo establecido han sido tomadas en consideración, tal y
como se refleja en el informe técnico que consta en el expediente.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 13 de
la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la
Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión de 2
de septiembre de 2004,
ACUERDA
Primero
Aprobar la revisión del Catálogo de Embalses y
Humedales de la Comunidad de Madrid (Sección Humedales), de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 7/1990, de 28 de junio, sobre Protección de Embalses y Zonas Húmedas
de la Comunidad de Madrid, que figura como Anexo 1. El Anexo 2 recoge la
cartografía correspondiente a su delimitación, y, para su mejor localización e
identificación, la cartografía correspondiente a los humedales que ya figuraban
en el Catálogo aprobado por Acuerdo
del Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 1991, debidamente actualizada.
Segundo
En los humedales incluidos en el Catálogo se podrán
llevar a cabo las actuaciones y medidas adecuadas para restaurar las zonas que
se encuentren deterioradas, así como aquellas otras actividades preexistentes
consolidadas en el ámbito delimitado, siempre que las mismas no afecten,
directa o indirectamente, al estado natural de las aguas o a sus valores
ecológicos o paisajísticos, no contravengan las determinaciones de las normas
reguladoras en la materia y cuenten con autorización de la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio.
Tercero
Por razones de coherencia, operatividad y eficacia, en
el caso de los humedales catalogados que cuenten ya con un régimen de
protección especial, plasmado en los planes de gestión correspondientes, no
será necesaria la elaboración del Plan de Actuación previsto en el artículo 8
de la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de
la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Cualquier persona podrá consultar el contenido del
documento de revisión del Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de
Madrid (Sección Humedales) y obtener copias o certificaciones del mismo, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, accediendo a su contenido en los términos
previstos en la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre el derecho de acceso a
la información en materia de medio ambiente.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio adoptará las medidas necesarias para la puesta a disposición del
público del contenido íntegro del documento de revisión del Catálogo de
Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid (Sección Humedales).
Quinto
Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO
1 ()
CATÁLOGO
DE EMBALSES Y HUMEDALES (SECCIÓN HUMEDALES)
DENOMINACIÓN
|
MUNICIPIO
|
UTMX
|
UTMV
|
ALTITUD
|
SUBCUENCA
|
SUPERFICIE
DEL HUMEDAL/ES (1) (Ha)
|
SUPERFICIE
DEL COMPLEJO (2) (Ha)
|
RELEVANCIA
|
INFORMACIÓN
COMPLEMENTARIA
|
Lagunas
de
Soto Mozanaque
|
Algete
|
454408
|
4494836
|
620
|
Jarama
|
8,11
|
22,1
|
Faunística y
botánica
|
-
|
Mar de Ontígola
|
Aranjuez
|
449058
|
4430075
|
546
|
Tajo
|
8,61
|
-
|
Faunística e
Historica
|
*Reserva
Natural. Incluido en:
* ZEPA: Carrizales y Sotos de Aranjuez
* LIC: Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Humedal
del Carrizal de Villamejor
|
Aranjuez
|
430681
|
4420725
|
473
|
Tajo
|
36,98
|
-
|
Faunística y
Botánica
|
Incluido
en:
* ZEPA Carrizales y Sotos de
Aranjuez.
* LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Soto del Lugar
|
Aranjuez
|
435100
|
4422500
|
480
|
Tajo
|
22,29
|
-
|
Faunística
|
Incluido
en:
* ZEPA Carrizales y Sotos de
Aranjuez.
* LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Laguna de Soto
de las Cuevas
|
Aranjuez
|
447940
|
4438699
|
490
|
Jarama
|
11,4
|
-
|
Científica,
Faunística y
botánica
.
|
Incluido
en:
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares.
* LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Lagunas de las
Madres
|
Arganda
|
456362
|
4461107
|
525
|
Jarama
|
12,18
|
23,42
|
Paisajística y
Recreativa
|
Incluido
en:
* Parque Regional en tomo a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares.
*
LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Laguna de San Juan
|
Chinchón
|
455815
|
4443823
|
520
|
Tajuña
|
10,58
|
.
|
Faunistica y
Divulgativa
|
*Refugio
de fauna. Incluido en:
* LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Laguna de Casasola
|
Chinchón
|
458902
|
4446026
|
520
|
Tajuña
|
2,05
|
-
|
Faunística
|
-
|
Laguna de San Galindo
|
Chinchón
|
459692
|
4447435
|
520
|
Tajuña
|
2,47
|
-
|
Faunistica y
Paisajistica
|
Incluido
parcialmente en:
*LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Lagunas de
Ciempozuelos
|
Ciempozue-
los
|
451335
|
4444450
|
500
|
Jarama
|
15,94
|
-
|
Faunística y
Paisajística
|
Incluido
en:
* Parque Regional en tomo a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares.
* LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Lagunas.de
Castrejón
|
El Escorial
|
403150
|
4488340
|
960
|
Alberche
|
2,78
|
18,2
|
Faunística y
Botánica
|
-
|
Lagunas
de Horna
|
Getafe
|
444020
|
4462390
|
578
|
Manzanares
|
1,24
|
2,9
|
Científica y
educativa
|
-
|
Charcas
de los Camorchos
|
Hoyo de
Manzanares
|
.422202
|
4494626
|
945
|
Manzanares
|
0,2
|
1
|
Faunística y
botánica
|
Incluido
en:
*Parque Regional de la Cuenca
Alta del Manzanares.
*LIC: Cuenca del río Manzanares.
*Reserva
de la Biosfera.
|
Lagunas
de la Presa del Rio
Henares
|
Mejorada del Campo
|
458203
|
4473509
|
552
|
Henares
|
7,22
|
28,19
|
Faunística y
Recreativa
|
Incluido
en:
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares.
*LIC Vegas, cuestas y páramos
del Sureste.
|
Lagunas de Belvis
|
Paracuellos
del Jarama
|
452642
|
4489532
|
584
|
Jarama
|
3,89
|
33,6
|
Faunística
|
Incluido
parcialmente en:
*LIC Cuenca de los ríos Jarama y Henares
|
Humedales del
Macizo de
Peñalara
|
Rascafria
|
420060
|
4522620
|
2430-1672
|
Lozoya
|
2,67
|
487
|
Científica,
Faunística,
Botánica y
Geomorfológica
|
Incluido
en:
*
Parque Natural Cumbre, Circo y Lagunas de Peñalara.
*
ZEPA Alto Lozoya
* LIC: Cuenca del río Lozoya y Sierra Norte.
|
Laguna del Campillo
|
Rivas-
Vaciama-drid
|
457505
|
4463690
|
527
|
Jarama
|
48,55
|
-
|
Faunística y
Geológica
|
Incluido
en.
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
*
ZEPA Cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares.
* LIC Vegas, cuestas y páramos del Sureste.
|
Laguna de Soto de las
Juntas
|
Rivas-Vaciama-drid
|
455200
|
4462856
|
525
|
Jarama
|
9,91
|
-
|
Científica,
educativa y
faunística
|
Incluido
en:
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos .Jarama y Manzanares
*LIC
Vegas, cuestas y páramos
del Sureste.
|
Lagunas de Cerro Gordo
|
San Fernando
de Henares
|
459455
|
4474853
|
555
|
Henares
|
3,71
|
8,5
|
Faunistica y botánica
|
Incluido
en:
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos .Jarama y Manzanares
*LIC
Vegas, cuestas y páramos
del Sureste.
|
Laguna de Valdemanco
|
Valdemanco
|
445739
|
4522882
|
1055
|
Guadalix
|
1,28
|
-
|
Faunística y
botánica
|
-
|
Lagunas de Velilla
|
Velilla de San
Antonio
|
459258
|
4467358
|
534
|
Jarama
|
18,49
|
50,08
|
Faunística y
Geológica
|
Incluido
en:
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos .Jarama y Manzanares
*LIC
Vegas, cuestas y páramos
del Sureste.
|
Lagunas de Sotillo y
Picón de los Conejos
|
Velilla de San
Antonio
|
457336
|
4468694
|
542
|
Jarama
|
46,99
|
81,6
|
Faunística y
botánica
|
Incluido
en:
* Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos
Manzanares y Jarama.
* ZEPA Cortados y cantiles de los ríos .Jarama y Manzanares
*LIC
Vegas, cuestas y páramos
del Sureste.
|
Laguna de las Esteras
|
Colmenar de Oreja
|
454487
|
4437658
|
570
|
Tajo
|
5,71
|
-
|
Faunística
|
-
|
(1) Superficie de la/s
lámina/s de agua en su máximo nivel normal
(2) Superficie del complejo de humedales,
constituido por tres o más láminas de agua.
El
símbolo (-) indica la no existencia de complejo.
ANEXO 2 ()
CARTOGRAFÍA