ORDEN
POR LA QUE SE ESTABLECE LA DIFUSIÓN DE LOS DERECHOS RECOGIDOS EN LA LEY 1/1998,
DE 26 DE FEBRERO, DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS CONTRIBUYENTES, EN LAS
OFICINAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID CON COMPETENCIAS EN MATERIA TRIBUTARIA Y SE
APRUEBA EL MODELO DE SOLICITUD DE VALORACIÓN PREVIA DE PISOS, PLAZAS DE GARAJE
Y CUARTOS TRASTEROS.
Orden 1895/1998, de 15 de julio, de la Consejería de
Hacienda, por la que se establece la difusión de los derechos recogidos en la
Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, en
las Oficinas de la Comunidad de Madrid con competencias en materia tributaria y
se aprueba el modelo de solicitud de valoración previa de pisos, plazas de
garaje y cuartos trasteros. ()
La Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes ha venido a
reforzar el principio de seguridad; jurídica propio de las sociedades
democráticas avanzadas, al recoger en un solo cuerpo normativo los principales
derechos y garantías que asisten a los contribuyentes en sus relaciones con la
Administración Tributaria, así como los principios básicos que deben presidir
la actuación de ésta en los diferentes procedimientos.
En el marco de la Ley 1/1998, la Consejería
de Hacienda quiere dar la máxima difusión a los principales derechos que
asisten al contribuyente, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las
obligaciones fiscales al ciudadano madrileño, clarificando sus derechos ante la
Administración tributaria regional, todo ello sin perjuicio del resto de los
derechos y garantías que asisten a los contribuyentes, recogidos en los
correspondientes textos legales y reglamentarios.
Por una parte, el artículo 25 de la Ley de
Derechos y Garantías de los Contribuyentes establece la posibilidad de que el
interesado solicite de la Administración Tributaria información sobre el valor
de los bienes inmuebles que estén situados en el territorio de su competencia y
que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión. En consecuencia, resulta
necesario adoptar el modelo preciso para que el interesado pueda hacer efectivo
este derecho, utilizando el correspondiente impreso en función del tipo de
inmueble de que se trate.
Por ello, en uso de las competencias
atribuidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Primero.
Ordenar la máxima difusión de la relación de
los principales derechos que asisten a los contribuyentes ante la
Administración tributaria, en el marco de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de
Derechos y Garantías de los contribuyentes, mediante su exposición a través de
carteles anunciadores en lugares visibles al público en las distintas Oficinas
de la Comunidad de Madrid con competencias en materia tributaria, así como
mediante la edición de folletos informativos que recojan estos derechos y que
serán de distribución gratuita en dichas oficinas.
Derechos en materias generales y procedimiento de gestión.
Derecho a conocer el estado de tramitación
ante la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid de los
procedimientos tributarios que le afecten, así como a ser informado sobre los
derechos que le asisten como contribuyente en los distintos procedimientos.
Derecho a ser asesorado y asistido por los
órganos de la Administración Tributaria respecto al cumplimiento de sus
obligaciones tributarias.
Derecho a ser informado de los valores de los
bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.
Derecho a que la Administración Tributaria
guarde absoluta reserva y confidencialidad respecto a las informaciones
obtenidas para fines tributarios.
Derecho a exigir el pago de intereses en caso
de ingresos indebidos y a la indemnización por el coste de las garantías
aportadas, en los supuestos establecidos por las leyes.
Derechos en el procedimiento de inspección.
Derecho a la identificación del personal que
realice las actuaciones inspectoras.
Derecho a que las actuaciones inspectoras no
tengan un plazo superior al legalmente establecido por la ley.
Derechos en la vía de recurso.
Derecho a presentar quejas por retrasos o
anomalías en el funcionamiento de los servicios tributarios de la Comunidad de
Madrid.
Derecho a recibir información, por parte de
la Administración Tributaria, sobre los plazos y lugar de presentación de los
posibles recursos contra las liquidaciones, sanciones y apremios, en las
distintas vías: administrativa, económico-administrativa y judicial.
Derecho a solicitar la suspensión de los
actos administrativos de la Administración Tributaria, con la aportación de las
garantías establecidas en cada caso concreto.
Segundo.
Aprobar el modelo de Solicitud de Valoración
Previa de pisos, plazas de garaje y cuartos trasteros, que figura como Anexo 1
a esta Orden.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
ANEXO
(Véase en formato
PDF)