untitled
Orden de 21 de noviembre de 2025, de la Consejera de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de
Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2026. [1]
En virtud del artículo
149.1.7 de la Constitución Española y el artículo 28.1.12 del Estatuto
de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley
Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, corresponde a la Comunidad la competencia de
la gestión de las políticas activas de empleo, dentro de los objetivos marcados
por la política de empleo en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo
2025-2028, aprobada por el Real Decreto 633/2025, de 15 de julio.
La Ley 3/2023, de 28 de
febrero, de Empleo, establece en su artículo segundo que la política de empleo
se integra por las políticas activas de empleo y las políticas de protección
frente al desempleo, cuyo diseño y ejecución deberán coordinarse mediante la
colaboración de las Administraciones públicas con competencias en la materia y
con la participación de los interlocutores sociales.
A su vez, establece que las
políticas activas de empleo son el conjunto de decisiones, medidas, servicios y
programas orientados a la contribución a la mejora de la empleabilidad y
reducción del desempleo, al pleno desarrollo del derecho al empleo digno,
estable y de calidad, a la generación de trabajo decente y a la consecución del
objetivo de pleno empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y
40 de la Constitución y en el marco de la estrategia coordinada para el empleo
de la Unión Europea.
El 17 de enero de 2025, en
el marco del diálogo social, se acordó la puesta en marcha de la ʺEstrategia
Madrid por el Empleo 2025-2027ʺ que supone la hoja de ruta de la Comunidad
de Madrid en materia de empleo, junto con el ʺPlan de Empleo Joven
2024-2025ʺ y el ʺPlan de Empleo Senior 2026-2027ʺ.
En cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como de lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley
2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid en relación con el
apartado 2 del artículo 11 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y dada la
importancia que reviste el conjunto de programas que la Dirección General del
Servicio Público de Empleo gestiona, y el volumen de ayudas que contiene,
procede aprobar, un nuevo Plan Estratégico Especial de Subvenciones para el año
2026, que dé continuidad a los anteriores, corrigiendo aquellos aspectos que se
han revelado susceptibles de mejora.
Debido a que la
planificación de las políticas activas de empleo, puede sufrir variaciones en
función del Plan Anual de Fomento del Empleo Digno que se aprueba anualmente en
el ámbito del Sistema Nacional de Empleo por el Consejo de Ministros, la
vigencia de este Plan Estratégico de Subvenciones se limita a un año.
En su virtud, a propuesta de
la Dirección General de Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid,
de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995 de 8
de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 50.3 de la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Único
Aprobar el Plan Estratégico
de Subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de
Empleo de la Comunidad de Madrid para 2026, cuyo contenido se recoge en el
Anexo a la presente Orden.
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE
LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO PARA EL AÑO
2026
El presente
Plan estratégico abarca
las subvenciones de la Dirección General del Servicio
Público de Empleo de la Comunidad
de Madrid previstas para el ejercicio 2026, la mayor parte de estas medidas se enmarcan en la
ʺEstrategia Madrid por el Empleo 2025-2027ʺ cuya puesta en marcha, en el marco del diálogo
social, se acordó
el 17 de enero de 2025, en el ʺPlan de Empleo Joven
2024-2025ʺ y en el ʺPlan de Empleo Senior 2026-2027ʺ, que
suponen la hoja de ruta de la
Comunidad de Madrid en materia de empleo.
Los objetivos estratégicos de este plan,
que se alinean con los recogidos en la Estrategia Madrid por el Empleo y son, a su vez, acordes con los de la
Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, son los siguientes:
-
Reducir el desempleo y fomentar la estabilidad en el empleo.
-
Incentivar la contratación.
-
Disminuir la brecha de género.
-
Mejorar la empleabilidad de las personas
trabajadoras.
-
Facilitar el acceso al empleo a las personas con mayores
dificultades (personas desempleadas de larga duración, jóvenes, mayores de 45
años, mujeres víctimas de violencia de género, y personas con discapacidad y/o
riesgo de exclusión social).
-
Facilitar la inclusión
laboral y la conciliación entre la vida personal y profesional.
Con el fin de conocer
los resultados y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos
fijados, de forma periódica se analizarán los datos de seguimiento y ejecución
atendiendo a indicadores de realización y resultado que medirán
el nivel de desarrollo y avance
de la medida concreta.
A efectos
de seguimiento del plan se establecen los siguientes indicadores comunes que podrán recabarse en función del tipo de
acción subvencionable:
-
Número de solicitudes
-
Numero de subvenciones o ayudas concedidas
-
Numero de denegaciones
-
Porcentaje de crédito
concedido
-
Porcentaje de crédito
liquidado/pagado a la finalización del programa
-
Número total de beneficiarios distintos
-
Número de destinatarios/participantes
-
Destinatarios/participantes por grupo de edad
-
Sexo de los destinatarios/participantes
-
Nº total de contratos creados
o mantenidos
-
Nº de contratos
por tipología
-
Nº de contratos
por tipo de destinatario
-
Número de participantes en relación con el colectivo
desempleado
Para alcanzar
los objetivos citados
se llevarán a cabo los siguientes programas y medidas:
1.
PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONTRATACIÓN
La Estrategia Madrid por el Empleo, establece una serie de medidas encaminadas a incentivar la contratación, especialmente de los
grupos de población que presentan mayores dificultades a la hora de acceder al empleo. Este programa integra diferentes
líneas de subvención para el fomento de la contratación e integración laboral
de aquellos colectivos que requieren una especial atención o protección.
INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN
INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS DE ESPECIAL ATENCIÓN
1.
Objetivos que se pretenden alcanzar
La finalidad es
facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas
desempleadas pertenecientes a colectivos que requieren una especial atención o
alta protección, que incluye a los desempleados de larga o muy larga duración,
y personas mayores de 45 años, en especial los mayores de 55 años, así como
personas desempleadas que desempeñen su labor en municipios rurales de la
Comunidad de Madrid.
Asimismo, se
contribuye a la lucha contra el despoblamiento en zonas rurales de la Comunidad
de Madrid, a través del establecimiento, con carácter general, de incentivos a
la contratación indefinida en municipios de menos de 5.000 habitantes.
Para lograr este
objetivo se concederán incentivos por cada contratación indefinida realizada,
graduando la intensidad de la ayuda en función del colectivo al que pertenezca
la persona contratada y la duración de la jornada establecida en el contrato, o
de si el desempeño del trabajo se realiza en un municipio rural.
2.
Beneficiarios
Podrán ser
beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los
trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan
ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en
las normas reguladoras del Programa Fomento de la Contratación.
Igualmente, podrán
acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas
de personas físicas o
jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan
llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en
la situación que motiva la concesión de la subvención.
3.
Personas destinatarias
Podrán ser destinatarias finales de las ayudas las siguientes:
a) Personas
mayores de 30 años, desempleadas demandantes de empleo inscritas en las
Oficinas de Empleo del Sistema Nacional de Empleo, que pertenezcan a alguno de
los siguientes colectivos:
-
Personas desempleadas de larga duración
o de muy larga duración
-
Personas mayores de 45 años
o mayores de 55 años
b) Personas desempleadas demandantes de empleo
inscritas en las Oficinas de Empleo del Sistema Nacional de Empleo, que sean
contratadas y desempeñen su actividad laboral en un centro de trabajo ubicado
en un municipio rural de la Comunidad de Madrid de menos de 5.000 habitantes.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado
a esta medida es de 31.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se
pretende fomentar la contratación estable y reforzar la estabilidad del mercado
laboral madrileño, facilitando la contratación indefinida inicial de personas
desempleadas pertenecientes a colectivos que requieren una especial atención o
alta protección. Así como contribuir a la lucha contra el despoblamiento en
zonas rurales a través del establecimiento
de incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 5.000
habitantes.
Con el presupuesto asignado está previsto
incentivar un total
de 4.708 contrataciones.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos
indefinidos, desagregado por sexo y grupos de edad
-
Número de contratos indefinidos a tiempo
completo, desagregado por sexo y grupos de edad
-
Número de contratos indefinidos a tiempo parcial, desagregado
por sexo y grupos de edad
-
Número de contratos
indefinidos por colectivo destinatario
CONTRATACIÓN ESTABLE DE
PERSONAS JÓVENES
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Mejorar la empleabilidad y favorecer la contratación de los
jóvenes de la Comunidad de Madrid mediante
incentivos a la contratación indefinida de jóvenes con el fin de facilitar su
inserción laboral de forma estable.
Para lograr este
objetivo se concederán incentivos por cada contratación indefinida realizada a
personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
2.
Beneficiarios
Podrán ser
beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los
trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan
ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en
las normas reguladoras del Programa de Fomento de la Contratación.
Igualmente, podrán
acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas
de personas físicas o
jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan
llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en
la situación que motiva la concesión de la subvención.
3.
Personas destinatarias
Podrán ser
destinatarias finales de las ayudas las personas jóvenes menores de 30 años que
figuren como inscritas, el día inmediatamente anterior a su contratación, en
situación de beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil y que se encuentren, asimismo, inscritas, al menos un mes inmediatamente anterior a su contratación, como persona
desempleada demandante de empleo en alguna de las oficinas de empleo del Sistema Nacional de Empleo.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se imputará al Subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras,
del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026. Se enmarcan en la actuación Estímulo a la Contratación de Jóvenes del Programa
FSE + 2021-2027, con una tasa máxima de cofinanciación del
40%:
-
Objetivo político 4: ʺUna
Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de
derechos socialesʺ
-
Prioridad: Empleo Juvenil
(04)
-
Objetivo específico: Mejorar
el acceso al empleo (5 A)
El presupuesto estimado
que será destinado
a esta medida es de 10.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se pretende favorecer la contratación estable
de jóvenes.
Con el presupuesto asignado está previsto
incentivar un número de 1.798 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos
indefinidos, desagregado por sexo y grupo de
edad
-
Número de contratos indefinidos a tiempo completo, desagregado por sexo y grupo de edad
-
Número de contratos indefinidos a tiempo parcial, desagregado
por sexo y grupo de edad
IMPULSO AL CONTRATO
FORMATIVO PARA LA OBTENCIÓN DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL ADECUADA DE PERSONAS
JÓVENES
1.
Objetivos que se pretenden alcanzar
Mejorar la empleabilidad y favorecer la contratación de los
jóvenes de la Comunidad de Madrid mediante
incentivos para el impulso a la contratación a través de contrato
para la obtención de la práctica profesional, con el fin de favorecer
la inserción laboral
de los jóvenes cualificados que precisen de experiencia profesional
en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel
de estudios o formación.
2.
Beneficiarios
Podrán ser
beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los
trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan
ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en
las normas reguladoras del Programa de Fomento de la Contratación.
Igualmente, podrán
acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas
de personas físicas o
jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan
llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en
la situación que motiva la concesión de la subvención.
3.
Personas destinatarias
Podrán ser destinatarias
finales de las ayudas las personas jóvenes menores de 30 años que figuren como
inscritas, el día inmediatamente anterior a su contratación, en situación de
beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que se
encuentren, asimismo, inscritas, el día inmediatamente anterior a su
contratación, como persona desempleada demandante de empleo en alguna
de las oficinas de empleo del Sistema
Nacional de Empleo.
Además, deberán estar
en posesión, en el momento de la formalización del contrato, de un título
universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster
profesional o certificado del sistema de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley
Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la
Formación Profesional, o poseer un título equivalente de enseñanzas artísticas
o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral, en los términos establecidos en el artículo
11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
4.
Fuentes de financiación y coste previsible
La financiación de
las subvenciones se imputará al Subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras,
del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026. Se enmarcan en la actuación Estímulo a la Contratación de Jóvenes del Programa
FSE + 2021-2027, con una tasa máxima de cofinanciación del
40%:
-
Objetivo político 4: ʺUna
Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de
derechos socialesʺ
-
Prioridad: Empleo Juvenil
(04)
-
Objetivo específico: Mejorar
el acceso al empleo (5 A)
El presupuesto estimado
que será destinado a esta medida
es de 2.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se
pretende facilitar el acceso a una experiencia profesional en la ocupación
relacionada con su titulación a jóvenes mediante una contratación con contrato
para la obtención de la práctica profesional, favoreciendo su inserción
profesional.
Con el presupuesto asignado está previsto
incentivar un número de 358 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos
para la obtención de la práctica profesional, desagregado por sexo y grupo de edad
-
Número de contratos para la obtención de la práctica profesional
a tiempo completo, desagregado por sexo y grupo de edad
-
Número de contratos
para la obtención de la práctica profesional a tiempo parcial, desagregado por sexo y grupo de
edad
IMPULSO AL CONTRATO DE
FORMACIÓN EN ALTERNANCIA PARA PERSONAS JÓVENES
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Mejorar la empleabilidad y favorecer la contratación de los jóvenes de la Comunidad de Madrid
mediante el impulso del contrato de formación en alternancia, con el fin de
fomentar la inserción laboral y la cualificación profesional, en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa,
con actividad formativa
recibida en el marco del sistema de
formación profesional para el empleo o del sistema
educativo, mediante el establecimiento de incentivos a la formalización del contrato
de formación en alternancia a jornada completa.
2.
Beneficiarios
Podrán ser
beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los
trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan
ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en
las normas reguladoras del Programa de Fomento de la Contratación.
Igualmente, podrán
acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas
de personas físicas o
jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan
llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en
la situación que motiva la concesión de la subvención.
3.
Personas destinatarias
Podrán ser
destinatarias finales de las ayudas las personas jóvenes menores de 30 años que
figuren como inscritas, el día inmediatamente anterior a su contratación, en
situación de beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil y que se encuentren, asimismo, inscritas, el día inmediatamente
anterior a su contratación, como persona desempleada demandante de empleo en alguna de las oficinas de empleo del Sistema
Nacional de Empleo.
Las personas
jóvenes contratadas deberán
carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo
para la obtención de práctica profesional regulada
en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se imputará al Subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras,
del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026. Se enmarcan en la actuación Estímulo a la Contratación de Jóvenes del Programa
FSE + 2021-2027, con una tasa máxima de cofinanciación del
40%:
-
Objetivo político 4: ʺUna Europa más social e integradora
mediante la aplicación del pilar europeo de derechos socialesʺ
-
Prioridad: Empleo Juvenil
(04)
-
Objetivo específico: Mejorar
el acceso al empleo (5 A)
El presupuesto estimado que será
destinado a esta medida es de 2.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se pretende fomentar
la cualificación mediante
la formalización de contratos
de formación en alternancia de aquellos jóvenes que carezcan de titulación
profesional para el desempeño de una ocupación.
Con el presupuesto asignado está previsto
incentivar un número de 346 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos de formación en alternancia, desagregado por sexo
y grupo de edad
INCENTIVOS PARA EL FOMENTO
DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y OTROS COLECTIVOS
ESPECIALMENTE VULNERABLES
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
La finalidad es
facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas con
discapacidad y aquellas otras que se encuentran en una especial situación de
vulnerabilidad.
Para lograr este objetivo
se concederán incentivos por cada contratación indefinida inicial realizada,
graduando la intensidad de la ayuda en función del colectivo al que pertenezca
la persona contratada y por las transformaciones de contratos temporales a
indefinidos de personas con discapacidad y de personas con capacidad
intelectual límite.
2.
Beneficiarios
Podrán ser
beneficiarios de las ayudas reguladas en esta línea de subvención los
trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan
ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en
las normas reguladoras del Programa de Fomento de la Contratación.
Igualmente, podrán
acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas
de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o
patrimonio separado
que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los
proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que
motiva la concesión de la subvención.
3.
Personas destinatarias
Podrán ser
destinatarias finales de las ayudas las personas desempleadas demandantes de
empleo, que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
-
Personas con discapacidad
-
Personas con capacidad intelectual límite
-
Mujeres víctimas de violencia de
género
-
Víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual
-
Víctimas de terrorismo
-
Personas en situación o riesgo de exclusión
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado a esta medida
es de 4.400.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se
pretende fomentar la contratación estable y reforzar la estabilidad del mercado
laboral de personas desempleadas con discapacidad o pertenecientes a colectivos
de especial vulnerabilidad.
Con el presupuesto asignado está previsto
incentivar la contratación de 872 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos indefinidos, desagregado por sexo y grupos de edad
-
Número de contratos temporales transformados en indefinidos desagregado por sexo y grupos de edad
-
Número de contratos indefinidos desagregado por colectivo destinatario
INCENTIVOS A LA INSERCIÓN
LABORAL
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
La finalidad es
facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas
desempleadas que hayan participado en itinerarios de inserción, integrado en un
programa de empleo gestionado por la Dirección General del Servicio público de
Empleo, o que se trate de personas con discapacidad que procedan de Centros
Especiales de Empleo o personas en situación de exclusión social que provengan
de Empresas de Inserción.
Para lograr este
objetivo se concederán incentivos a entidades sin ánimo de lucro y empresas del mercado
protegido que logren la inserción
en el mercado ordinario de las personas
indicadas en el párrafo anterior.
2.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta
línea de subvención:
a) Las
empresas de inserción, calificadas e inscritas en la Comunidad de Madrid de
acuerdo a la Ley 44/2007, de 13 de
diciembre, para la Regulación del Régimen
de las Empresas de Inserción.
b) Las
entidades sin ánimo de lucro beneficiarias de subvenciones destinadas al
desarrollo de itinerarios de inserción integrados en programas de empleo
gestionados por la Dirección General del Servicio Público de Empleo.
c) Los
centros especiales de empleo, calificados e inscritos en el registro de centros
especiales de empleo la Comunidad de Madrid.
3.
Personas destinatarias
Podrán ser
destinatarias finales de las ayudas las personas desempleadas demandantes de
empleo inscritas en las Oficinas de Empleo del Sistema Nacional de Empleo, que
pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
-
Personas que hayan participado en un itinerario desarrollado en
el marco de una convocatoria de subvenciones gestionada por la Dirección
General del Servicio Público de Empleo, publicada en el año de la solicitud del
incentivo, o año inmediatamente anterior de inserción.
-
Personas con discapacidad y
en riesgo o situación de exclusión
social que procedan de centros especiales de empleo o empresas de inserción,
respectivamente, siempre y cuando no hayan transcurrido más de seis meses desde
el cese del contrato de trabajo en el centro especial de empleo o empresa de
inserción de procedencia.
No es exigible la
inscripción en Oficina de Empleo para las personas trabajadoras con
discapacidad que pasen a prestar sus servicios desde el mercado de trabajo
protegido de los centros especiales de empleo al mercado de trabajo ordinario,
ni a las personas en riesgo o situación de exclusión social que pasen a prestar
sus servicios desde empresas de inserción a empresas del mercado ordinario.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado a esta medida
es de 200.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se
pretende fomentar la inserción en el mercado de trabajo ordinario de personas
en situación o riesgo de exclusión que han participado en itinerarios de
inserción integrado en un programa de empleo o realizado durante su
contratación en una empresa de inserción.
Con el presupuesto asignado está previsto
alcanzar a un número de 66 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos
realizados, desagregado por sexo y grupos de edad
-
Número de contratos
realizados, desagregado por tipo de beneficiario
2.
PROGRAMA
DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EMPLEADAS DEL HOGAR PARA FACILITAR
LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
La finalidad es facilitar la
conciliación de la vida laboral y familiar, minimizando el impacto negativo que el desempeño
de esta labor por miembros de la unidad familiar
ocasiona en su
desarrollo
profesional, especialmente mujeres, y, por otro lado, incentivar la
contratación a través de la formalización de una relación laboral de carácter
especial del servicio del hogar familiar, contribuyendo, en última instancia, a
la lucha contra economía sumergida y empleo irregular.
2.
Beneficiarios
Podrá acogerse a
estas ayudas la persona titular del hogar familiar, ya lo sea efectivamente o
como simple titular del domicilio o lugar de residencia en el que se presten
los servicios domésticos, que contrate a una persona empleada de hogar para el
cuidado de hijos menores de 12 años o menores de 18 años con discapacidad, así
como de otros familiares con discapacidad o en situación de dependencia a cargo
del interesado, que convivan en el mismo domicilio.
3.
Personas destinatarias
Serán destinatarias finales de las ayudas las personas trabajadoras que sean contratadas para el desempeño de
una relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar cuya
finalidad principal sea el cuidado o atención, en el ámbito doméstico, de los
hijos menores de 12 años o de 18 si tienen discapacidad u otros familiares con
discapacidad o dependencia, que convivan con el titular del hogar familiar y
que estén a su cargo o cuidado directo.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 2.300.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este incentivo se pretende facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar e incentivar la contratación de personas trabajadoras
a través de la formalización de una relación laboral de carácter especial del
servicio del hogar familiar.
Con el presupuesto asignado está previsto
alcanzar a un número de 1.201 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de beneficiarios
3.
PROGRAMA
DE AYUDAS PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DEMANDANTES DE
EMPLEO EN EL SECTOR DE LA INVESTIGACIÓN
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Su finalidad
es la contratación de personas
jóvenes, menores de 30 años, capacitadas para llevar
a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas,
personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, facilitando su
inserción laboral en el sector privado para contribuir a incrementar la
competitividad de la investigación y la innovación.
Para ello, el programa
subvenciona los costes laborales de la persona
trabajadora contratada.
2.
Beneficiarios
de las subvenciones
Podrán tener la
condición de beneficiarios los siguientes organismos, centros y entidades de
investigación y de difusión de conocimientos, con sede en la Comunidad de
Madrid:
a) Organismos
públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Universidades
públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con
capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto
en la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12
de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y
Títulos.
c) Centros
e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o
concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de
I+D+i.
d) Institutos de investigación biomédica
o sanitaria acreditados por orden ministerial.
e) Centros
Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica
de ámbito estatal que estén
inscritos en el registro de centros creado
por el Real Decreto
2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y
los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el
Registro de tales Centros.
f) Otros
centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus
estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la
I+D+i como actividad principal.
g) Centros
privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que
tengan definida en sus estatutos o en su objeto
social o en la normativa que los regule,
la I+D+i como actividad principal.
h) Empresas
pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la
realización de iniciativas de investigación e innovación.
i) También
podrán ser entidades y centros beneficiarios, los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional
decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, así como el organismo autónomo
IMIDRA, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.ʺ
3.
Destinatarios
finales
Las personas
destinatarias finales de este programa
serán personas jóvenes
menores de 30 años
que estén inscritas como desempleadas demandantes de empleo no ocupadas.
Deberán estar
en posesión de alguno de los títulos
siguientes: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Graduado, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico, título de Doctor, o de formación profesional de grado medio o
superior.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se imputará al Subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras,
del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026. Se enmarcan en el Programa FSE + 2021-2027, con una
tasa máxima de cofinanciación del 100%:
-
Prioridad 9: Desarrollo de capacidades y cualificaciones
relacionadas con la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP)
(04)
-
Objetivo específico: Mejorar
el acceso al empleo y a medidas
de activación de todos los demandantes de empleo y en particular
de las personas jóvenes. (ESO 4.1)
El presupuesto estimado
que será destinado a esta medida
es de 6.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual.
6.
Efectos y resultados perseguidos
Facilitar la
inserción laboral de los jóvenes participantes en el privado, para contribuir a
incrementar la competitividad de la investigación y la innovación.
Con el presupuesto asignado está previsto
alcanzar a un número de 190 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos subvencionados desagregados por sexo.
4.
PROGRAMAS
PÚBLICOS DE EMPLEO Y FORMACIÓN
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
La finalidad es la
mejora de la ocupabilidad de las personas destinarias de los programas. Para
ello, se ofrece a las personas participantes la realización de un período de
práctica profesional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la
entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo
en competencias transversales con incidencia en el
empleo o de certificados profesionales, según sus niveles de cualificación.
Además, se promoverá
la inserción del participante en el mercado de trabajo, por medio de la orientación
para la búsqueda activa de empleo, la prospección de ofertas de trabajo y, en
su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora.
Por otro lado, con el
fin de revertir el despoblamiento en los municipios rurales, la orden de
convocatoria de subvenciones podrá limitar la participación de los
beneficiarios a las entidades que tengan la condición de entidad rural.
Hay dos programas públicos
de empleo y formación:
a)
Programa público de empleo-formación para la activación
profesional; dirigido a la mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las
competencias profesionales de los participantes cualificados en la ocupación.
b)
Programa público de empleo-formación para la cualificación
profesional; dirigido a la mejora de la ocupabilidad y la cualificación
profesional de los participantes en una ocupación.
2.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las
ayudas de los programas públicos de empleo-formación las entidades locales de
la Comunidad de Madrid, así como sus organismos autónomos y entidades con
competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de
promoción de la ocupación, dependientes o asimiladas a aquéllas, cuya
titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
En función
de las especificidades en la atención de los colectivos de demandantes de empleo de atención prioritaria, la orden de
convocatoria de subvenciones podrá establecer como beneficiarios de estas
ayudas a las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica
propia, que tengan sede en la Comunidad
de Madrid y acrediten los
requisitos de experiencia de trabajo con el
colectivo de atención prioritaria y la capacidad técnica y de gestión que se
establezcan en la convocatoria.
3.
Personas destinatarias
Serán destinatarias
del Programa público de empleo-formación para la activación profesional, las
personas demandantes de empleo, en
situación laboral de no ocupadas, que estén inscritas como demandantes de
empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid y que
dispongan de cualificación profesional para el desempeño de la ocupación.
Serán destinatarias del Programa público
de empleo-formación para la cualificación profesional, las personas demandantes de empleo, en situación laboral de no ocupadas, que estén
inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de la
Comunidad de Madrid y que carezcan de título o certificado profesional para el
desempeño de la ocupación.
Los destinatarios
deben pertenecer al colectivo de atención prioritaria que se determine en la
convocatoria, pudiéndose también establecer como destinatarias a las personas
jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se imputará al Subconcepto 46200 Actuaciones Cofinanciadas
F.S.E. y otras, del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento del
Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026, con una tasa máxima de cofinanciación del 40%, en la convocatoria enmarcada en los programas de empleo-
formación de subvenciones para la realización del programa de fomento de empleo
juvenil con corporaciones locales en el marco del Programa FSE+ 2021/2027.
El presupuesto
estimado que será destinado a las convocatorias de programas de activación y
cualificación enmarcados en el programa de fomento de empleo juvenil con corporaciones locales
en el marco del Programa FSE+ 2021/2027, es de 14.000.000 euros.
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo
y Asuntos Laborales, en el resto de convocatorias de los programas
públicos de empleo-formación.
El presupuesto
estimado que será destinado a ellas es de 84.657.068 euros con el siguiente desglose:
- 34.000.000
Є, para los programas de activación y cualificación cuyos beneficiarios
se restrinjan a municipios rurales.
- 50.657.068 Є, para los programas
de activación y cualificación distintos de aquellos enmarcados en el programa de fomento
de empleo juvenil
con corporaciones locales
en el marco del Programa FSE+ 2021/2027.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Con este programa
se pretende mejorar
la ocupabilidad de las personas
destinarias de los programas.
Con el presupuesto asignado está previsto alcanzar a un número
de 4.084 destinatarios, con el siguiente desglose:
-
550 destinatarios en convocatorias de los programas de
activación y cualificación enmarcados en el programa de fomento de empleo juvenil
con corporaciones locales
en el marco del Programa FSE+ 2021/2027.
-
1.075 destinatarios en convocatorias de los programas de
activación y cualificación cuyos beneficiarios se restrinjan a municipios
rurales.
-
2.459 destinatarios en convocatorias de los programas de
activación y cualificación distintos de aquello enmarcados en el programa
de fomento de empleo juvenil con corporaciones locales en el marco del Programa
FSE+ 2021/2027.
7.
Procedimiento de concesión:
Concurrencia competitiva o concesión directa
en caso de formalización de convenio subvención con una entidad local.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de contratos según tipología desagregado por colectivo, sexo y grupos
de edad
5.
PROGRAMA
DE PROSPECCIÓN, INTERMEDIACIÓN Y APOYO EN EL PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD QUE PRESENTAN MAYORES DIFICULTADES DE INSERCIÓN LABORAL
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Promover la incorporación de las personas
con discapacidad en el mercado
ordinario de trabajo, mediante el apoyo al desarrollo de medidas dirigidas
a favorecer el acceso y el mantenimiento
del empleo, así como la adaptación de los puestos
de trabajo de las mismas.
Para ello, el programa incluye las siguientes ayudas:
a) Ayuda
1. Subvención para la financiación de las actuaciones de prospección e intermediación
necesarias para lograr la inserción, en el mercado ordinario de trabajo, de las
personas con discapacidad con mayores dificultades para el acceso al mercado
ordinario de trabajo.
b) Ayuda 2. Subvención para la financiación de actuaciones de empleo con apoyo.
c) Ayuda
3. Subvención para la adaptación de
los puestos de trabajo, dotación de equipos
de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales de las
personas con discapacidad contratadas o para eliminar
barreras u obstáculos que impidan o dificulten
su trabajo.
2.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios:
a) Ayuda
1; Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que
cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras del programa.
b) Ayuda 2;
-
Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en las bases
reguladoras del programa.
-
Los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos en el
Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid, que cumplan
los requisitos establecidos en las bases reguladoras del programa.
-
Las empresas del mercado ordinario de trabajo, los autónomos y
entidades sin ánimo de lucro que contraten a las personas con discapacidad
destinatarias de las acciones de apoyo,
siempre que cuenten
en su plantilla con preparadores laborales especializados, que
cumplan los requisitos establecidos
en las bases reguladoras, y que
dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo
idóneo de los programas de empleo con apoyo.
c) Ayuda 3; Las personas físicas o jurídicas,
entendiendo por tales las sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades
laborales, entidades sin ánimo de lucro y, aun careciendo de personalidad
jurídica, las comunidades de bienes, y comunidades de propietarios, que tengan
contratados o contraten trabajadores con discapacidad para prestar servicios en
centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid.
3.
Personas destinatarias
Los destinatarios finales de las ayudas 1 y 2
son:
a) Las
personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al
mercado de trabajo según lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 3/2023, de
28 de febrero, de Empleo:
las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud
mental, con discapacidad intelectual o con trastorno del espectro del
autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por
ciento; así como las personas con discapacidad
física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior
al 65 por ciento.
b) Las
personas que acrediten oficialmente, según los baremos vigentes de valoración
de la situación de discapacidad, al menos un 20 por 100 de discapacidad
intelectual y que no alcancen el 33 por 100 según lo establecido en el Real
Decreto 368/2021, de 25 de mayo.
Los destinatarios
finales de la ayuda 3 son las personas que tengan reconocido un grado de
discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión Social, que se hallen contratadas mediante
un contrato indefinido o de duración determinada durante un periodo mínimo de
12 meses, en empresas del mercado ordinario de trabajo.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado a esta medida
es de 950.000 euros.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Facilitar la
inserción laboral y la permanencia en el empleo en las empresas del mercado
ordinario de trabajo de las personas con discapacidad con especiales
dificultades de inserción.
Con el presupuesto asignado está previsto
alcanzar a un número de 275 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de personas
con discapacidad destinatarias de la Ayuda 1 insertadas en el mercado de
trabajo ordinario, desglosado por sexo y edad
-
Número de personas trabajadoras con discapacidad que reciben apoyo
en su puesto de trabajo,
desglosado por sexo, edad, tipo y grado de discapacidad
-
Número de personas trabajadoras con discapacidad para las que se
ha realizado una adaptación de puesto de trabajo
6.
SUBVENCIONES
DESTINADAS A FINANCIAR EL COSTE SALARIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CONTRATADAS EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE
MADRID
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Promover la inclusión
laboral de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo mediante
la concesión de subvenciones dirigidas
a financiar parcialmente su coste salarial, en una
cuantía calculada en función de los porcentajes del salario mínimo
interprofesional vigente durante el período subvencionable o la parte
proporcional del tiempo efectivamente trabajado, establecidos en función del
tipo y grado de discapacidad, sexo, edad, así como la estabilidad de los
puestos de trabajo.
2.
Beneficiarios
Pueden ser
beneficiarios de las subvenciones los centros especiales de empleo calificados
e inscritos en el Registro de centros especiales de empleo la Comunidad de
Madrid.
3.
Personas destinatarias
Las personas con
discapacidad, que sean contratadas por los Centros Especiales de Empleo
inscritos y calificados en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad
de Madrid y que presten sus servicios en el ámbito territorial de esta Comunidad
Autónoma. Se considerará personas con discapacidad
aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por ciento.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado a esta medida
es de 87.000.000 euros.
5.
Plazo de ejecución.
Anual.
6.
Efectos y resultados perseguidos
Facilitar la
integración laboral de trabajadores/as con discapacidad
en el mercado protegido de los Centros Especiales de Empleo, creando
oportunidades de empleo para un colectivo vulnerable que, sobre todo en el caso
de las personas con discapacidades severas, verían muy limitadas sus oportunidades
de acceso al empleo.
Con el presupuesto asignado
está previsto alcanzar
a un número de 16.058 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de personas con discapacidad destinatarias de las subvenciones
desagregadas por sexo
-
Número de personas
con discapacidades severas
destinatarias respecto al total de destinatarias con discapacidad
7.
SUBVENCIONES
A LAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL, EN EL MARCO DE LOS
SERVICIOS DE AJUSTE PERSONAL Y SOCIAL DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
El objetivo de esta
ayuda es facilitar la prestación de servicios de ajuste personal y social de
calidad a las personas, con discapacidades con mayores dificultades de
inserción, que trabajan en los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de
Madrid.
Se entiende por
Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional los equipos multiprofesionales,
enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros
Especiales de Empleo que, mediante el desarrollo de distintas funciones y
cometidos, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades
que los trabajadores con discapacidad de dichos centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto
de trabajo, así como la permanencia en el mismo.
La subvención se
destina a financiar costes salariales y de Seguridad Social derivados de la
contratación de los trabajadores de estas unidades
de apoyo, y consiste en una cuantía
fija anual por cada persona
trabajadora con discapacidad con mayores dificultades de inserción, contratada con carácter indefinido a jornada completa, o con un contrato temporal
de duración igual o superior
a seis meses.
2.
Beneficiarios
de las subvenciones
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades titulares de los Centros
Especiales de Empleo y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica
propia y se encuentren debidamente inscritos y calificados en el registro de
Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
3.
Destinatarios
finales
Las personas
destinatarias finales de este programa serán las personas con discapacidad con
mayores dificultades de inserción, residentes en la Comunidad de Madrid, contratadas
en los Centros Especiales de Empleo inscritos en el Registro de Centros
Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid, que se encuentren en alguno de
los supuestos que se describen a continuación:
a) Personas
con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, o con
discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del
autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
b) Personas
con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido
igual o superior al 65 %.
Las Unidades de Apoyo
a la Actividad Profesional podrán prestar servicio también a los trabajadores
con discapacidad del Centro Especial de Empleo no incluidos anteriormente,
siempre y cuando la dedicación a estos trabajadores no menoscabe la atención de
las personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado
a esta medida es de 4.500.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual.
6.
Efectos y resultados perseguidos
Facilitar la integración laboral de trabajadores con discapacidad en el mercado
protegido de los Centros Especiales de Empleo, ayudando a superar las barreras
a las que se enfrenta este colectivo en su incorporación al mercado de trabajo.
Con el presupuesto asignado
está previsto alcanzar
un número de 4.090 personas
destinatarias.
7.
Procedimiento de concesión:
Concurrencia competitiva.
8.
Indicadores específicos:
-
Número de personas
que han recibido apoyo, desagregada por sexo y colectivo
destinatario.
-
Número de unidades
de apoyo subvencionadas
8.
PROGRAMAS
DE SUBVENCIONES PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS EN RIESGO O SITUACIÓN
DE EXCLUSIÓN SOCIAL
SUBVENCIONES PARA LA INTEGRACIÓN
LABORAL PARA PERSONAS EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL MEDIANTE
ITINERARIOS DE INSERCIÓN EN COLABORACIÓN CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Favorecer la
integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social
mediante itinerarios personalizados de inserción.
2.
Beneficiarios
Podrán acogerse a
estas subvenciones las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con
ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo
programas de integración laboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con
una experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años.
3.
Personas destinatarias
Las personas
destinatarias de las actuaciones deberán
ser personas desempleadas e inscritas en los
servicios públicos de empleo y encontrarse en situación o riesgo de exclusión social
conforme a lo establecido en el artículo 5.d) del Real Decreto 818/2021,
de 28 de septiembre, de programas comunes del Sistema Nacional de Empleo, que
comprende a:
I.
Quienes se hallen incluidas en algunos de los colectivos
señalados en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la
regulación del régimen de las empresas de inserción.
II. Las personas
desempleadas con especiales dificultades para su inclusión en el mercado
de trabajo ordinario que se encuentren incluidas en algunos de los
siguientes colectivos señalados en el artículo 59 del Real Decreto 818/2021:
a) Personas
perceptoras de rentas mínimas de inserción o del ingreso mínimo vital, a excepción
de aquellas que simultáneamente estén participando en itinerarios laborales
promovidos por las Administraciones u organismos públicos competentes en la
concesión de dichas rentas o ingreso.
b) Personas en desempleo de muy larga duración.
c) Jóvenes
que no hayan finalizado el período de escolaridad obligatoria y se encuentren
en situación de desempleo.
d) Personas
drogodependientes que se encuentren en proceso de rehabilitación y reinserción
social.
e) Personas
internas de centros penitenciarios y personas ex reclusas en situación de desempleo.
f) Minorías
étnicas, inmigrantes o personas con responsabilidades familiares no compartidas
y en situación o riesgo de exclusión.
g) Las
personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al
mercado de trabajo, las mujeres víctimas de violencia de género y las víctimas
de trata de seres humanos, según lo previsto en el artículo 5, apartados c), e)
y f) del Real Decreto 818/2021, respectivamente. De igual modo, podrán ser
destinatarias de este programa las personas trans que así lo acrediten con
arreglo a la normativa vigente.
h) Cualquier otro colectivo o personas que, en atención
a sus características y situación socio-económica, el servicio
público de empleo o servicios sociales considere en situación de riesgo o
exclusión social.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con cofinanciación a través del Programa Operativo
FSE+ de la Comunidad de Madrid, para el periodo 2021/2027, con una tasa máxima
de cofinanciación del 40%, dentro de la Línea de Actuación 2.H.01 Programa de
apoyo a la inserción laboral de personas en situación de vulnerabilidad.
El presupuesto estimado
que será destinado
a esta medida es de 4.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Favorecer la
integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social
mediante su participación en itinerarios personalizados de inserción.
Se prevé alcanzar
un número de 2.916 personas
destinatarias.
7.
Procedimiento de concesión:
Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
8.
Indicadores específicos:
-
Número total de participantes destinatarios
-
Número total de participantes que completan el itinerario de inserción
SUBVENCIONES PARA LA
INTEGRACIÓN LABORAL PARA PERSONAS EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
MEDIANTE AYUDAS A LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Apoyar la creación y mantenimiento de empresas de inserción, a efectos de que puedan
cumplir su función social de facilitar la inserción de las personas
en situación de exclusión en el mercado de trabajo ordinario. Para ello,
el programa incluye las siguientes ayudas:
a) Ayuda 1. Subvención a la creación
y/o mantenimiento de puestos de trabajo.
b) Ayuda 2. Subvención a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico.
c) Ayuda 3. Subvención a la gerencia
de empresas de
inserción.
d) Ayuda
4. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo.
2.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas
establecidas en estas bases reguladoras:
a) Las
empresas de inserción con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid que
cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la
regulación del régimen de empresa de inserción, y que se encuentren inscritas y
calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Promoción e Inserción Laboral
subvencionables por la Comunidad de Madrid. También podrán solicitar las
ayudas las empresas de inserción en proceso
de calificación que hubieran solicitado la misma con carácter previo a
la publicación de la convocatoria, aunque no podrá concederse la subvención en tanto
no obtengan la calificación en el citado
Registro. Las empresas
de inserción podrán
optar a cualquiera de las ayudas contenidas en el apartado 1.
b) Las
entidades promotoras de empresas de inserción, de acuerdo con la definición
recogida en el artículo 6 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la
regulación del régimen de empresa de inserción, con ámbito territorial de
actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral
de colectivos en situación
de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Las
entidades promotoras de empresas de inserción podrán optar a las Ayudas 2 y 3
definidas en el apartado 1.
3.
Personas destinatarias
Son destinatarias de
estas ayudas las personas en situación de exclusión social incluidas en alguno
de los colectivos recogidos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de
diciembre, para la regulación del
régimen de las empresas de inserción contratadas por empresas de inserción.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones de las ayudas 1 y 3
se efectuará con cofinanciación a través del Programa Operativo FSE+ de la
Comunidad de Madrid, para el periodo 2021/2027, con una tasa máxima de
cofinanciación del 40%, dentro de la Línea de Actuación 2.H.01 Programa de
apoyo a la inserción laboral de personas en situación de vulnerabilidad.
El presupuesto estimado
que será destinado a las ayudas
1 y 3 es de 5.000.000 Є.
La financiación de
las ayudas 2 y 4 se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado
que será destinado a las ayudas 2 y 4 es de 1.500.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual
6.
Efectos y resultados perseguidos
Facilitar la
inserción de las personas en situación de exclusión en el mercado de trabajo ordinario.
Se prevé alcanzar
un número de 356 personas
destinatarias.
7.
Procedimiento de concesión:
Procedimiento
simplificado de concurrencia competitiva, en el caso de las ayudas 1 a 3.
Concurrencia competitiva, en el caso de la ayuda 4.
8.
Indicadores específicos:
-
Número total de participantes destinatarios
-
Número de contratos creados o mantenidos de inserción de
personas en situación de exclusión social
-
Número de contratos
creados o mantenidos de personal técnico
de producción en empresas de inserción
-
Número de puestos
creados para personas
en riesgo de exclusión social vinculados a las
ayudas a la inversión concedidas
-
Número de contratos
de gerente subvencionados
9.
AYUDAS
ESPECIALES PREVISTAS EN EL REAL DECRETO 196/2010, DE 26 DE FEBRERO, MODIFICADO
POR EL REAL DECRETO 1783/2011, DE 16 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN
MEDIDAS PARA FACILITAR LA REINSERCIÓN LABORAL, ASÍ COMO EL ESTABLECIMIENTO DE
AYUDAS ESPECIALES A LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR LOS EXPEDIENTES DE
REGULACIÓN DE EMPLEO 76/2000, DE 8 DE MARZO DE 2001 Y 25/2001, DE 31 DE JULIO
DE 2001, AUTORIZADOS A LA ENTIDAD SISTEMAS DE INSTALACIONES DE
TELECOMUNICACIONES S.A. (SINTEL).
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
La finalidad es
facilitar la reinserción laboral, así como el establecimiento de ayudas
especiales a trabajadores
desempleados afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de
8 de marzo de 2001 y 25/2001, de 31 de julio de 2001 autorizados a la empresa
SINTEL.
2.
Beneficiarios
de las subvenciones
Trabajadores que tengan 52 o más años, que estén en desempleo, y que hubieran
sido afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo
de 2001 y 25/2001, de 31
de julio de 2001, y cumplan los requisitos establecidos para ser beneficiarios
de las medidas previstas.
3.
Destinatarios
finales
Los beneficiarios de
estas ayudas son los destinatarios finales de las mismas.
4.
Fuentes de financiación y coste previsible
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos procedentes del presupuesto del
Servicio Público de Empleo Estatal.
El presupuesto estimado
que será destinado
a esta medida es de 30.445 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual.
6.
Efectos y resultados perseguidos
Facilitar la
reinserción laboral a trabajadores desempleados afectados por los expedientes
de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001 y 25/2001, de 31 de
julio de 2001 autorizados a la empresa SINTEL.
Con el presupuesto asignado
está previsto alcanzar
a un número de 5 destinatarios.
7.
Procedimiento de concesión:
Concesión directa.
10.
PROGRAMA
PARA LA ORIENTACIÓN, FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL
1.
Objetivos que se pretenden
alcanzar
Son subvenciones
destinadas a sufragar el desarrollo de itinerarios que engloben actuaciones de
formación y práctica laboral en el ámbito empresarial con inclusión de un
compromiso para la posterior contratación de carácter indefinido, así como, en
su caso, actuaciones de orientación y acompañamiento a las personas
participantes a lo largo del proyecto.
Tienen como finalidad
la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas participantes, a través de la realización de un contrato
de formación en alternancia que, además
del trabajo efectivo en la empresa, incluya
formación de certificado profesional y otra formación
complementaria adaptada a las necesidades específicas del sector o empresa
contratante, fomentando, a su vez, la estabilidad en el mercado laboral
mediante un compromiso de contratación indefinida de los participantes una vez finalizada la vigencia del contrato formativo.
Asimismo, se persigue
atender las necesidades de aquellos sectores económicos que encuentren
dificultades en la cobertura de vacantes por falta o escasez de demandantes con
la cualificación o conocimientos necesarios para el desarrollo de la actividad.
El programa de
cualificación en tecnologías estratégicas en el marco del Programa FSE+
2021/2027, apoyará el desarrollo o la fabricación de tecnologías fundamentales
en Europa, o bien fortalecerá sus respectivas cadenas
de suministro, y además,
abordará la escasez de mano de obra y desarrollo de las capacidades
de los jóvenes destinatarios en el sector de tecnologías limpias y eficientes en el
uso de recursos, incluidas las tecnologías de cero emisiones netas, tal como se
definen en el Reglamento sobre la Industria de cero emisiones netas
2.
Beneficiarios
de las subvenciones
Podrán ser
beneficiarios de estas subvenciones las empresas y entidades de carácter
privado que no tengan
ánimo de lucro,
que reúnan los requisitos y condiciones establecidas en las bases reguladoras.
Igualmente, podrán
acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones privadas
de personas físicas o
jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan
llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en
la situación que motiva la concesión de la subvención.
3.
Destinatarios finales
Las personas
destinatarias finales de este programa serán las personas inscritas como
desempleadas demandantes de empleo en una oficina de empleo de la Comunidad de
Madrid, con especial atención a las personas jóvenes menores de 30 años y
aquellas con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral.
4.
Fuentes de financiación y coste
previsible
La financiación de
las subvenciones se imputará al Subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E y otras, del Programa
Presupuestario 241M Promoción y Fomento del Empleo, de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2026, con una tasa máxima de cofinanciación
del 100%, en la convocatoria enmarcada en el programa de cualificación en
tecnologías estratégicas en el marco del Programa FSE+ 2021/2027:
-
Prioridad 9: Desarrollo de capacidades y cualificaciones relacionadas
con la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) (04)
-
Objetivo específico: Mejorar
el acceso al empleo y a medidas
de activación de todos los demandantes de empleo y en particular
de las personas jóvenes. (ESO 4.1)
El presupuesto
estimado que será destinado a la convocatoria del programa de cualificación en tecnologías estratégicas
en el marco del Programa FSE+ 2021/2027, es de 7.000.000 euros.
La financiación de
las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional,
distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en el resto de
convocatorias del programa.
El presupuesto estimado
que será destinado a ellas es de 5.000.000 Є.
5.
Plazo de ejecución.
Anual.
6.
Efectos y resultados
perseguidos
Mejorar la empleabilidad y facilitar la integración laboral de
los trabajadores destinatarios del programa.
Con el presupuesto asignado está previsto alcanzar a un número
de 391 destinatarios, con el siguiente desglose:
-
210 destinatarios en convocatoria enmarcada en el
programa de cualificación en tecnologías estratégicas en el marco del Programa
FSE+ 2021/2027.
-
181 destinatarios en convocatoria del programa de orientación,
formación e inserción laboral distinta de aquella enmarcada
en el programa de cualificación en tecnologías estratégicas en el marco del
Programa FSE+ 2021/2027.
7.
Procedimiento de concesión:
Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.
8.
Indicadores específicos:
-
Número
de contratos desagregado por colectivo, sexo y grupos
de edad
Este
documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor
jurídico son los de la publicación oficial.