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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de encomienda de gestión de 7 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación a la Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, ambas de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en materia de gestión economico-presupuestaria. [1]

 

 

 

 

De una parte, doña…, Directora General de Vivienda y Rehabilitación, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 4 del Decreto 244/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Y de otra parte, doña…, Directora General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, conforme a las competencias asignadas en el artículo 5 bis del citado Decreto.

 

EXPONEN

 

Que mediante el Decreto 87/2025, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, se ha modificado el Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, creando una nueva Dirección General denominada de Ayudas y Acceso a la Vivienda que ha pasado a asumir parte de las competencias hasta ahora atribuidas a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

En coherencia con este nuevo reparto competencial se ha efectuado también una reestructuración orgánica a nivel de Subdirección General, de forma que la antigua Subdirección General de Coordinación Presupuestaria y Programas de Vivienda adscrita a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación y que tenía a su cargo: la coordinación de la gestión económico-presupuestaria y contable de toda la Dirección General, en particular, la derivada de los planes Estatales de Vivienda, la aplicación de los fondos estatales a los diferentes programas, su seguimiento presupuestario, así como la elaboración de las liquidaciones anuales y finales de cada uno de los planes, ha pasado, tras la modificación, a quedar integrada en la nueva Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda con la denominación de Subdirección General de Organización y Gestión Presupuestaria.

Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la adecuada ejecución de las funciones antes descritas por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación y, en tanto esta Dirección General cuente con la unidad administrativa y el personal necesario para su desempeño, se considera conveniente encomendar dichas funciones temporalmente a la Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de ambos órganos directivos

 

 

ACUERDAN

 

Primero. Objeto

Se encomienda a la Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda la realización de las actuaciones materiales y técnicas necesarias para la coordinación de la gestión económico-presupuestaria y contable de dicha Dirección General, en particular, la derivada de los planes Estatales de Vivienda, la aplicación de los fondos estatales a los diferentes programas, su seguimiento presupuestario y la elaboración de las liquidaciones anuales y finales de cada uno de los planes, ello en el marco de las competencias correspondientes a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

 

Segundo. Plazo

La presente encomienda de gestión tendrá una duración de seis meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga mediante acuerdo expreso entre ambas Direcciones Generales.

No obstante lo anterior, la encomienda perderá su vigencia en el momento en el que la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación este en disposición de desarrollar dichas funciones por contar con la unidad administrativa y el personal necesario para su desempeño.

 

Tercero. Competencia

La encomienda de gestión no implica cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades objeto de esta encomienda serán adoptados por los órganos competentes según la nueva distribución de competencias establecida en el Decreto 244/2023, de 4 de octubre, tras su modificación mediante el Decreto 87/2025, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno.

 

Cuarto. Protección de datos

La Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la presente encomienda, siendo de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

 

Quinto. Publicación

La presente encomienda será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].            BOCM de 11 de noviembre de 2025