descarga en formato PDF   ver PDF   descarga en formato WORD   ver WORD  

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Anuncio de 29 de agosto de 2025, por el que se hace público el Acuerdo de 17 de junio de 2025, del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico ʺLeganés Norteʺ, de Leganés (Madrid), por el que se delegan competencias, se dejan sin efecto delegaciones adoptadas y se reactivan poderes conferidos. [1]

 

 

 

El Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico ʺLeganés Norteʺ adoptó, en sesión celebrada con fecha 17 de junio de 2025, el siguiente

 

ACUERDO

 

Primero

Dejar sin efecto expresamente las competencias delegadas por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el 2 de julio de 2020 y 26 de octubre de 2022, revocando los poderes conferidos en su día por el Consejo de Administración.

 

Segundo

Entender reactivados los poderes conferidos en su día por el Consejo de Administración en su sesión de fecha de 27 de febrero de 2025, con motivo de la reactivación del Consorcio.

 

Tercero

Delegar las siguientes competencias en la persona titular de la Dirección-Gerencia del Consorcio:

- Aprobar y adjudicar todo tipo de contratos administrativos y privados, cuando el presupuesto base de licitación, el tipo de licitación o el precio del contrato, según proceda, no supere el límite establecido para los contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que actualmente son 15.000 euros para contratos de servicios y suministros y 40.000 euros para contratos de obras.

- Autorizar y disponer gastos, reconocer obligaciones y ordenar pagos hasta 40.000 euros.

- Devolución y constitución de todo tipo de garantías.

- Interposición de reclamaciones y recursos en vía administrativa.

 

Cuarto

Delegar las siguientes competencias, de forma mancomunada, con al menos dos firmas, en el Presidente, Vicepresidente y en el vocal en representación de la Comunidad de Madrid competente en materia de consorcios urbanísticos, Director General de Suelo:

- Apertura, cancelación y cambio de sucursal de cuentas bancarias.

- Constitución y retirada de depósitos.

- Reconocer obligaciones, disponer gastos y ordenar pagos por importe superior a 40.000 euros.

- Resolución de solicitudes de autorización de transmisión de parcelas y posposición y cancelación de condiciones resolutorias.

 

Quinto

El Consejo de Administración podrá revocar en cualquier momento esta delegación o avocar para sí cualquiera de las competencias delegadas.

Las resoluciones que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia. Asimismo, se deberá dar cuenta de las mismas al Consejo de Administración.

 

Sexto

Teniendo en cuenta que, con motivo de la reactivación del Consorcio, se han renovado los cargos de Presidente, Vicepresidente y Vocales que fueron cesados en el momento de la aprobación de la propuesta de liquidación se otorga la autorización de firma en las cuentas bancarias del Consorcio a las siguientes personas:

- Al titular de la Presidencia del Consorcio, que resulta ser el titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, competente en materia de ordenación territorial y urbanismo, en la actualidad, don …, en virtud del Decreto del Consejo de Gobierno 138/2023 de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio de 2023).

- Al vocal titular de la Dirección General de Suelo, con competencias en materia suelo y consorcios urbanísticos, en la actualidad, don …, en virtud del Decreto del Consejo de Gobierno 151/2023, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio de 2023).

- A la persona titular de la Dirección-Gerencia del Consorcio.

 

Séptimo

Designar como suplente de la persona titular de la Dirección-Gerencia del Consorcio en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad, abstención o recusación, al vocal del Consejo de Administración Director General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid.

 

Octavo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.