Encomienda de gestión de 3 de septiembre
de 2025, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales al Instituto
Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario, en
relación a la planificación, organización e impartición de actividades
formativas de carácter práctico dirigidas a los menores extranjeros no
acompañados del centro de primera acogida y media estancia Cantueña.
De una
parte, la Excma. Sra. D.a
, Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, en virtud de su nombramiento por Decreto 46/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 1 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
De otra
parte, el Excmo. Sr. D.
, Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 43/2023, de 23 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid, comparece y firma en calidad de
Presidente del Consejo de Administración del Instituto Madrileño de
Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario, en virtud del artículo
8.1 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de creación del Instituto Madrileño
de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) de la
Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de las atribuciones conferidas en
el artículo 8.2.b) y c) de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre.
EXPONEN
Primero
El
artículo 104 de la Ley
4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la
Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, recoge entre los
principios de actuación de los centros de protección de menores de la Comunidad
de Madrid, el de favorecer la adquisición de la formación personal necesaria
para lograr su autonomía y su plena incorporación a la sociedad al alcanzar la
edad adulta.
Dentro de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, de conformidad con el
artículo 7 del citado Decreto
241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, corresponden a la
Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad las
competencias relativas a la protección de la infancia y la adolescencia y
fomento de la natalidad y el apoyo a la familia, la maternidad y de la
paternidad y, en particular, las siguientes:
1. El
impulso de políticas sociales en relación con la infancia y la familia,
especialmente las referidas a su protección cuando se encuentren en situación o
riesgo de exclusión social, necesidad o de vulnerabilidad social, desde
criterios de igualdad, solidaridad y defensa del interés superior del menor, en
colaboración, en su caso, con las administraciones locales y con entidades
privadas, así como la coordinación territorial de la ejecución de los servicios
y programas que se desarrollen en esta materia, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otras administraciones públicas.
2. La
coordinación de su actividad con la de otros órganos implicados en la atención
de la infancia, la adolescencia, la familia y el fomento de la natalidad, así
como la promoción de actuaciones sectoriales de coordinación con otras
administraciones públicas y entidades colaboradoras.
Segundo
Por su
parte, el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y
Alimentario (IMIDRA), es un organismo público de investigación de la Comunidad
de Madrid realiza I+D y otras actividades tecnológicas y de promoción para
apoyar el desarrollo agrario, de la industria asociada y de los sectores del
mundo rural vinculados con el medio natural.
Según lo
establecido en el artículo 2 de la Ley
26/1997, de 26 de diciembre, IMIDRA tiene entre sus fines:
1.
Realizar, impulsar y fomentar la investigación e innovación tecnológica y la
formación en el ámbito del sector primario y de su industria asociada,
facilitando la transferencia rápida y eficaz de los adelantos científicos y
tecnológicos, tanto en los aspectos de la producción y la transformación como
en lo referente al desarrollo rural, a la conservación del medio ambiente y al
uso racional y sostenible de los recursos naturales.
2.
Promover el desarrollo integral del medio rural facilitando la realización,
ejecución y gestión de cuantos estudios, proyectos, servicios y colaboraciones
sean necesarios para la mejora del nivel socioeconómico y la incorporación del
medio rural a las nuevas tecnologías, así como todos aquellos aspectos
relativos a la formación, divulgación y asistencia técnico-económica al medio
rural y al sector agrario y agroalimentario.
3.
Colaborar con otras entidades de carácter público o privado, para la
realización de actividades de interés común mediante convenios, contratos o
proyectos, priorizando todos aquellos que promuevan el equilibrio y la cohesión
social y territorial en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Además,
el artículo 3 cita entre sus funciones la de organizar, en el ámbito de su
actuación, programas y actividades de promoción, formación y divulgación
científica y técnica por sí mismo o en colaboración con otras entidades y
organismos.
Tercero
Desde la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior se ha desarrollado, a
través del IMIDRA, una experiencia piloto de colaboración con la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales para apoyar la integración de los menores
extranjeros no acompañados.
El
programa de Formación IMIDRA-INTEGRA está dirigido a la integración de menores
no acompañados, que se encuentran en el centro de primera acogida y media
estancia Cantueña (en adelante CPA Cantueña) ubicado en Fuenlabrada,
dependiente de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Cuarto
Al amparo
de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, careciendo la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales de los medios necesarios, en aplicación de los
principios de simplificación, economía de costes y eficacia en la gestión, y
teniendo en cuenta las funciones que viene realizando IMIDRA, resulta ser un
órgano idóneo para encomendarle el desarrollo de las actuaciones proyectadas
por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
Por ello,
las partes, en nombre de los órganos intervinientes, en el ejercicio de las
atribuciones que tienen conferidas,
ACUERDAN:
Primero. Objeto
La
presente encomienda de gestión tiene por objeto encargar la planificación,
organización e impartición de actividades formativas de carácter práctico
dirigidas a menores extranjeros no acompañados atendidos por la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en el CPA Cantueña,
orientadas a la adquisición de conocimientos y habilidades básicas vinculadas
al sector primario y a la industria agroalimentaria asociada, con especial
atención al tratamiento, manipulación y transformación de productos de origen
agrario.
Estas
actividades tienen como finalidad contribuir a la integración social y
autonomía a través del aprendizaje, mediante el desarrollo de competencias
vinculadas a procesos propios del medio rural, en coherencia con las funciones
y experiencia del organismo en materia de investigación, transferencia de
conocimiento y apoyo al desarrollo agrario y en la Comunidad de Madrid.
Los
cursos y sesiones se impartirán presencialmente en instalaciones adecuadas al
objeto de la formación, contando, por tanto, con la infraestructura y
equipamiento necesarios para su desarrollo, y que deberán ser aportadas por
IMIDRA.
El
programa constará de distintos cursos de formación impartidos durante el
período de duración de la presente encomienda.
Segundo. Régimen económico
IMIDRA
aportará los fondos necesarios para la ejecución de esta encomienda y llevará a
cabo la gestión administrativa y presupuestaria, así como el seguimiento y
coordinación de las actuaciones necesarias.
Tercero. Naturaleza
La
presente encomienda de gestión tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta
a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Queda,
por tanto, excluida de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, según lo establecido en su artículo 6.3;
aplicándose únicamente los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas
que pudieran presentarse, según dispone su artículo 4.
Cuarto. Competencia
La
encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias
que tiene atribuidas la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano
encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den
soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de
encomienda.
En todo
caso, IMIDRA tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de
carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda
de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección
de datos de carácter personal de acuerdo con la normativa vigente, en los
términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Quinto. Vigencia
Esta
encomienda de gestión producirá efectos durante un período de tres años,
comenzando su ejecución desde el día de su firma y sin perjuicio de la
posibilidad de que, si resultase necesario, ambas partes puedan acordar su
prórroga.
Sexto. Publicación
La
presente encomienda de gestión se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación
oficial.