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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 30 de julio de 2025, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2025-2026.[1]

 

 

 

El artículo 5.1.m. del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades encomienda a la Viceconsejería de Política y Organización Educativa el ejercicio de las competencias que corresponden en general a la Consejería de Educación para el desempeño de la función inspectora en materia de educación, en orden a garantizar el cumplimiento de las leyes y la mejora de la calidad del sistema educativo y, en particular, la dirección de la Inspección Educativa, así como el establecimiento de los planes de actuación de la misma para el cumplimiento de sus funciones.

Igualmente, el artículo 7 del Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección Educativa en la Comunidad de Madrid indica que la Inspección Educativa debe actuar conforme a los planes generales plurianuales que se concretarán antes del inicio de cada curso escolar en planes anuales de actuación.

Por Resolución de 23 de julio de 2025, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, se ha aprobado el Plan General Plurianual de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid para los cursos 2025-2026, 2026-2027, 2027-2028 y 2028-2029. Este Plan se ha diseñado a partir de la evaluación del anterior Plan General Plurianual, de la evaluación cuatrienal de la Inspección Educativa, prevista en el artículo 57 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se desarrolla el Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid, de las aportaciones efectuadas por los diferentes jefes de servicio en el Consejo de coordinación de la Inspección Educativa y de la documentación generada por los equipos de ámbito específico.

El vigente Plan General Plurianual se centra en los cuatro aspectos básicos que han demostrado su eficiencia en la mejora del funcionamiento del sistema educativo: la convivencia escolar, la atención a las diferencias individuales de los alumnos, la organización y los resultados de los centros y, por último, la evaluación de la función directiva. Para cada uno de estos aspectos, se ha previsto una actuación habitual de mayor relevancia, cuya base son los protocolos diseñados en los cursos anteriores.

Mediante la presente Resolución, se concreta el desarrollo de estas actuaciones durante el curso 2025-2026 y se establece el correspondiente Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa, a partir del cual los servicios territoriales de Inspección Educativa diseñarán sus planes territoriales, que serán aprobados por los respectivos titulares de las Direcciones de Área Territorial, con la estructura establecida en el artículo 26.3 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo.

El Plan Anual de Actuación del curso 2025-2026 se ha elaborado por la Subdirección General de Inspección Educativa a partir de las conclusiones y propuestas recogidas en la evaluación de las actuaciones efectuadas en el Plan Anual de Actuación del curso 2024-2025, de la consulta a los jefes de los servicios territoriales de Inspección Educativa, a los Directores de Área Territorial y a los demás órganos directivos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

Como Anexo II de esta Resolución, se adjunta también el procedimiento de evaluación de la función directiva, que se va a aplicar a partir del curso 2025-2026.

En consecuencia, la Subdirección General de Inspección Educativa propone para su aprobación el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa, que constituirá el marco de referencia para el curso escolar 2025-2026 y cuyas actuaciones habrán de desarrollarse bajo la coordinación de dicha Subdirección General.

En el Decreto 61/2019, de 9 de julio, se establece que los planes generales plurianuales y los planes anuales de actuación serán aprobados por el órgano administrativo que en cada momento ostente la competencia en materia de Inspección Educativa.

Así, a propuesta de la Subdirección General de Inspección Educativa, he resuelto aprobar el Plan Anual de Actuación de la Inspección para el curso escolar 2025-2026 que se acompaña como Anexo I a esta Resolución.

 

ANEXO I

 y

ANEXO II

(Veánse en BOCM de 13 de agosto de 2025)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].             BOCM de 13 de agosto de 2025.