Orden 5005/2024, de 30 de octubre, del
Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda el
cambio de denominación de los centros de la Universidad de Diseño, Innovación y
Tecnología, así como la redistribución de titulaciones entre los mismos.
El
artículo 97.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, dispone que la creación, modificación y supresión de las
estructuras en las que se organizan las universidades privadas, se efectuarán a
propuesta de la universidad, en los términos previstos en su artículo 41.1, en
el cual se establece que la creación, modificación y supresión de facultades y
escuelas serán acordadas por la comunidad autónoma, a iniciativa de la
universidad mediante propuesta y aprobación de su consejo de gobierno. Esta
última referencia hay que entenderla referida al órgano al que las normas de
organización y funcionamiento de las universidades privadas declaren competente
a estos efectos.
Mediante
la Ley
2/2022, de 1 de marzo, se dio reconocimiento a la Universidad Privada ʺUniversidad
de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT)ʺ.
Esta Ley
recoge en su anexo los centros por los que estará constituida la universidad e
indica en su artículo 3 que el Gobierno de la Comunidad de Madrid, a solicitud
de UDIT, mediante decreto, y a propuesta de la consejería competente en materia
de universidades, otorgará la autorización para el inicio de actividades de la
universidad.
Por ello,
por Decreto
133/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, se autoriza el
inicio de actividades de la universidad privada Universidad de Diseño,
Innovación y Tecnología (UDIT) y se aprueban sus normas de organización y
funcionamiento, conforme al cual, se implanta a partir del curso académico
2023-2024 una serie de titulaciones en los centros Facultad de Diseño y
Tecnología y Escuela de Posgrado en Diseño e Innovación.
Posteriormente,
mediante Orden 1950/2023, de 1 de junio, del Vicepresidente, Consejero de
Educación y Universidades, por la que se autoriza la implantación de planes de
estudios de enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster, así como de
programas oficiales de doctorado en las universidades y centros de la Comunidad
de Madrid, y mediante Orden 3503/2023, de 14 de septiembre, del Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación de
Planes de Estudios de Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado y Máster en
las Universidades y Centros de la Comunidad de Madrid, así como el cambio de
denominación del Máster Universitario en Fisioterapia Oncológica de la
Universidad Europea de Madrid, se implantaron nuevas titulaciones en ambos
centros de la UDIT.
La UDIT ha
solicitado, por un lado, el cambio de denominación de sus dos centros, de modo
que la Facultad de Diseño y Tecnología pasará a denominarse Escuela
Internacional de Diseño e Industrias Creativas y la Escuela de Postgrado en
Diseño e Innovación, será la Escuela Internacional de Tecnología, y por otro,
la redistribución de titulaciones entre dichos centros.
La
Universidad aporta al expediente la certificación del acuerdo adoptado por el
Órgano de Gobierno de la Universidad, órgano competente a estos efectos, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.h) de sus Normas de Organización y
Funcionamiento aprobadas por Decreto 133/2022, de 28 de diciembre, del Consejo
de Gobierno.
El motivo
del cambio propuesto es fundamentar la organización de las titulaciones
adscritas a ambos centros en la afinidad entre los ámbitos de conocimiento a
los que pertenecen, todo ello frente a la distribución anterior asentada en la
tipología de las titulaciones, de modo que existía un centro donde
exclusivamente se impartían grados y en el otro postgrados. No obstante, la
puesta en funcionamiento de la universidad ha evidenciado que una organización
sustentada en los ámbitos de conocimiento de las titulaciones dota de una mayor
eficacia a la organización docente e investigadora y por ende incrementa la
calidad de la enseñanza impartida.
Esta
propuesta ha sido informada por el Consejo Universitario de la Comunidad de
Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación
Universitaria, celebrada el 14 de diciembre de 2023, de conformidad con lo
establecido en el artículo 5.a) de la Ley
4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de
Madrid.
Por cuanto
antecede y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de
octubre, del Consejo de Gobierno, en relación con el artículo 8.3 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a propuesta
de la Dirección General de Universidades,
DISPONGO
Primero
Acordar, a
solicitud de la Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología, el cambio de
denominación de sus dos centros, de modo que la Facultad de Diseño y
Tecnología, pasará a denominarse Escuela Internacional de Diseño e Industrias
Creativas y la Escuela de Postgrado en Diseño e Innovación, será la Escuela
Internacional de Tecnología, a partir del curso académico 2024-2025.
Segundo
Acordar la
redistribución de las titulaciones de ambos centros del modo que a continuación
se relaciona:
Escuela
Internacional de Diseño e Industrias Creativas:
Grado
en Diseño Audiovisual e Ilustración.
Grado
en Diseño Multimedia y Gráfico.
Grado
en Publicidad y Creación de Marca.
Grado
en Grado en Diseño de Moda.
Grado
en Gestión y Comunicación de la Moda/Bachelor in Fashion Management and
Communication.
Grado
en Diseño de Producto/Bachelor in Product Design.
Grado
en Diseño de Interiores/Bachelor in Interior Design.
Máster
Universitario en Diseño Gráfico.
Máster
Universitario en Ilustración.
Máster
Universitario en Diseño de Moda.
Máster
Universitario en Experiencia de Usuario para el Diseño de Productos y Servicios
Digitales.
Máster
Universitario en Diseño de Producto.
Máster en Diseño de Interiores.
Escuela
internacional de Tecnología:
Grado
en Diseño y Desarrollo de Videojuegos y Entornos Virtuales.
Grado
en Animación.
Máster Universitario en
Inteligencia Artificial.
Tercero
La
Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo, la solicitud
de modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas,
por el cambio de denominación de los centros. Para ello deberá seguir el
procedimiento previsto en artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de
septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Cuarto
Contra la
presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los
interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su
publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar
cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Quinto
La
presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.