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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 4668/2024, de 18 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen los complementos económicos de los coordinadores del programa Accede de los centros privados concertados para el curso 2024-2025. [1]

 

 

 

La Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid, es el marco legal del sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid. En su desarrollo, se dictó el Decreto 168/2018, de 11 de diciembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el reglamento del Programa Accede, sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid, que tiene por objeto la regulación del Programa Accede y, posteriormente, la Orden 3616/2019, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se desarrolla el Decreto 168/2018, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento del Programa Accede, sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid.

Esta Orden tiene por objeto establecer los complementos económicos de los coordinadores del citado Programa de los centros privados concertados, teniendo en cuenta la reciente aprobación de la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2024, que regula las retribuciones complementarias de los funcionarios de cuerpos docentes no universitarios.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la normativa aludida, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero. Complementos económicos del coordinador del Programa Accede de los centros docentes privados concertados

Se fijan los importes para el curso 2024-2025 de los complementos económicos de los coordinadores del Programa Accede a los que se refiere el artículo 6 de la Orden 3616/2019, de 5 de diciembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se desarrolla el Decreto 168/2018, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento del Programa Accede, sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid.

Para los coordinadores de los centros docentes privados, los complementos económicos en el año 2024 serán de igual cuantía que los establecidos en la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2024.

Dichos importes, para el período devengado durante mayo y junio de 2024 y de septiembre a diciembre de 2024, ambos inclusive, serán los siguientes:

 

 

MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN

IMPORTE

Personal coordinador en centros con más de 500 alumnos y alumnas Educación Primaria

199,00 Є

Personal coordinador en centros con igual o menos de 500 alumnos y alumnas de Educación Primaria

156,80 Є

Personal coordinador en centros con más de 500 alumnos y alumnas de Educación Secundaria

253,28 Є

Personal coordinador en centros con igual o menos de 500 alumnos y alumnas de Educación Secundaria

192,98 Є

 

Sobre estas cuantías previstas para 2025, para los meses de enero a abril, ambos inclusive, se aplicarán las variaciones que se aprueben para los coordinadores de los centros docentes públicos mediante Orden de la Consejería competente en materia de Recursos Humanos.

Segundo. Producción de efectos

Esta Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].          BOCM de 31 de octubre de 2024.