Resolución de 22 de mayo de 2024, de la
Dirección-Gerencia del Centro de Transfusión, por la que se designan con
carácter permanente a los miembros integrantes de la Mesa de Contratación del
Centro de Transfusión.
El
artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014, establece que, salvo en el caso en que la competencia para
contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos
abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de
licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de
contratación de las Administraciones públicas estarán asistidos por una mesa de
contratación.
A su vez,
el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de Madrid, Decreto
49/2003, de 3 de abril, y el artículo 21 Real Decreto 817/2009, de 8 de
mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre,
de Contratos del Sector Público, disponen que los miembros de la Mesa de
Contratación podrán designarse de manera específica o con carácter permanente
si se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, debiendo
publicarse su composición en este último caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y además en el ʺBoletín Oficial del Estadoʺ.
En
consecuencia, esta Dirección-Gerencia, de conformidad con las facultades que me
han sido delegadas por Resolución de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria,
de 11 de junio de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de
junio de 2020).
RESUELVE
Primero
Constituir
la Mesa de Contratación del Centro de Transfusión de la Comunidad de Madrid,
con las funciones que tiene conferidas por la Ley.
Segundo
Designar
con carácter permanente a los miembros integrantes de la Mesa de Contratación
del Centro de Transfusión, que tendrá la siguiente composición:
Presidente: El titular de la
Dirección de Gestión y Servicios Generales y en caso de vacante, ausencia o
enfermedad ejercerá la presidencia un representante de la Subdirección de
Enfermería.
Vocales:
Un
letrado asesor, que podrá ser habilitado por Orden de Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, para el
ejercicio de esas funciones.
Un
representante de la Intervención.
El
titular del Servicio proponente del contrato y, en caso de vacante, ausencia o
enfermedad, personal adscrito al citado Servicio.
El Jefe del Servicio de Compras y
en caso de vacante, ausencia o enfermedad, la Responsable de Gestión Económica.
Secretario: El responsable de la
Unidad de Contratación Administrativa y en caso de vacante, ausencia o
enfermedad, personal adscrito a la Unidad de Contratación Administrativa.
Tercero
Cuando las
circunstancias del expediente así lo aconsejen, podrá constituirse una Mesa de
Contratación específica a tal fin.
Cuarto
Disposición Derogatoria
Quedan sin
efecto las Resoluciones anteriores de fecha anterior a la presente en las que
se establezcan la composición o designación de carácter permanente de los miembros
de la Mesa de Contratación del Centro de Transfusión.
Quinto
Disposición final
La
presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.