Resolución 1714/2024, de 30 de abril,
por la que se establecen los precios de arrendamiento de las plazas de garaje
no vinculadas a las viviendas propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la
Comunidad de Madrid.
I
La Agencia
de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, es un Organismo Autónomo
mercantil, de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consejería de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras con personalidad jurídica propia,
plena capacidad jurídica y de obrar, y patrimonio propio, que se rige por la
Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la
Comunidad de Madrid, así como por el Decreto
244/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece su organización, estructura y régimen de funcionamiento, y demás
disposiciones de carácter general, modificado por el Decreto 234/2023 de 6 de
septiembre.
Entre las
funciones que el artículo 1 del Decreto 244/2015, atribuye a la Agencia de
Vivienda Social, se encuentra la de gestión, administración y disposición de
suelo, vivienda, locales de negocio y edificaciones complementarias cuyos
derechos de propiedad o cualesquiera otros correspondan a la Agencia de
Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Para el cumplimiento de los fines
públicos que tiene encomendados, este Organismo dispone entre otros medios
económicos, de los productos y rentas de su patrimonio según establece en el
artículo 12, letra b) del Decreto citado.
De
conformidad con lo establecido en dicha Disposición Adicional Primera, del
Decreto 244/2015, todas las referencias de la normativa vigente al Instituto de
la Vivienda de Madrid se entenderán hechas a la Agencia de Vivienda Social de
la Comunidad de Madrid, y todas las delegaciones de competencia existentes a
favor del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid se entenderán
efectuadas al Director-Gerente de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad
de Madrid.
El Decreto
74/1985, de 17 de julio, regula el régimen de adjudicación de los
comerciales, plazas de aparcamiento y edificaciones complementarias de los que
es titular el Organismo.
Mediante
Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto de la Vivienda de Madrid,
de 17 de diciembre de 2014, se desarrolla el régimen de adjudicación de plazas
de garaje no vinculadas titularidad del Organismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 45 de 19 de enero de 2015).
II
En
cumplimiento de estas funciones se han dictado Resoluciones con el objeto de
establecer los precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas a
las viviendas.
Así, La
Resolución número 865/DEPR/2016, de 19 de mayo de la Directora-Gerente de la
Agencia de Vivienda Social estableció por primera vez los precios de
arrendamiento de las plazas de garaje no vinculada, determinando su aplicación
y distinguiendo entre titulares de vivienda de la Agencia de Vivienda Social y
otros interesados, que fue modificada por la Resolución número 2231/2017, de 11
de julio de 2017, que eliminó dicha distinción.
Por
último, la Orden
de 15 de febrero de 2024 de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 45, de 22 de
febrero), por la que se establecen los precios de las viviendas con protección
pública de la Comunidad de Madrid, actualiza los precios máximos de venta y
renta las viviendas protegidas y distingue entre dos tipos de precios (básico y
limitado), y establece una nueva zonificación del ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid a efectos de determinación de los precios máximos de las
viviendas protegidas, reajustando los municipios que integran cada zona y
suprimiendo la zona D, que queda integrada en la zona C.
La
aprobación de esta nueva normativa y la extensión de la protección pública a
las plazas de garaje por el Reglamento de viviendas con protección pública de
la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto
74/2009, de 30 de julio, hace necesario establecer nuevos precios de
arrendamiento para las plazas de garaje no vinculadas a vivienda, y de
titularidad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, con el
fin de actualizarlos y adaptarlos a las nuevos zonas del ámbito territorial de
la Comunidad de Madrid.
En virtud
del Acuerdo
de 20 de mayo de 2002, del Consejo de Administración del Instituto de la
Vivienda de Madrid, por el que se delegan en el Director-Gerente determinas
competencias en materia de bienes inmuebles, entre otras, la competencia para
adoptar acuerdos de gestión y administración de bienes inmuebles.
A la vista
de lo expuesto, de conformidad con la Ley
3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid y resto de
normativa aplicable, y a propuesta de la Dirección de Área Social, esta
Dirección-Gerencia,
RESUELVE
Primero. Precios aplicables para calcular la
renta inicial mensual de las plazas de garaje no vinculadas de las promociones
de viviendas titularidad de la Agencia de Vivienda Social
Los
precios aplicables para calcular la renta inicial mensual de las plazas de
garaje no vinculadas de las promociones de vivienda titularidad de la AVS para
cada zona de las previstas en la Orden de 15 de febrero de 2024 de la
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 45, de 22 de febrero), serán los siguientes:
PRECIO MENSUAL
/m2 ÚTIL
|
PRECIO MENSUAL
/m2 ÚTIL
|
Zona A
|
1,36
|
Zona B
|
1,17
|
Zona C
|
1,07
|
Segundo.
Actualización de precios
Los
precios previstos en esta Resolución se actualizarán el primero de enero de
cada año de acuerdo con la variación porcentual experimentada por el índice de
precios al consumo del año anterior.
Tercero.
Régimen excepcional
Con
carácter excepcional, y cuando existan circunstancias debidamente motivadas que
afecten a un determinado inmueble o grupo de inmuebles, podrán acordarse por el
Director-Gerente otros precios diferentes a los previstos en el apartado
primero, a fin de garantizar un mejor aprovechamiento del bien.
Cuarto. Ámbito
de aplicación
La
presente Resolución resultará de aplicación a los contratos suscritos con
posterioridad a la fecha de su entrada en vigor.
Quinto. Efectos
Quedan sin
efecto:
1. La
Resolución número 865/DEPR/2016, de 19 de mayo de la Directora-Gerente de la
Agencia de Vivienda Social por la que se fijan los precios de arrendamiento de
las plazas de garaje no vinculadas a vivienda titularidad del organismo.
2. La
Resolución número 2231/2017, de 11 de julio de 2017 de la Dirección-Gerencia de
la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica
la Resolución número 865/DEPR/2016, de 19 de mayo, por la que se fijan los
precios de arrendamiento de las plazas de garaje no vinculadas titularidad del
organismo.
Sexto. Entrada
en vigor
La
presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.