Orden de 17 de abril de 2024, de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se
actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los
servicios de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad de Madrid.
La Ley
1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, regula, en su Capítulo
V, la subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita. En concreto,
el artículo 37 de la citada ley establece que las Administraciones Públicas
competentes subvencionarán, con cargo a sus dotaciones presupuestarias, la
implantación y prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita por
los Colegios de Abogados y Procuradores. Asimismo, el artículo 38 de esta norma
señala que reglamentariamente se establecerá el sistema a través del cual se
subvencionará el coste de los servicios de asistencia jurídica gratuita.
En
cumplimiento de lo dispuesto en la citada ley, el Decreto
86/2003, de 19 de junio, por el que se regula la asistencia jurídica
gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid, regula en su Capítulo V la
subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita, señalando en su
artículo 32 que la retribución de los abogados y procuradores designados de
oficio se realizará conforme a las bases económicas y módulos de compensación
fijados en el Anexo II del citado Decreto. Por su parte, el artículo 32.2
habilita al titular de la Consejería competente en materia de Justicia para
actualizar mediante orden los módulos y bases recogidos en dicho Anexo.
Con el fin
de mantener la actualización de cuantías que se había realizado en la Ley
9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2019 (que fue prorrogada en los años 2020 y 2021), y también
con el fin de actualizar otras cuantías que habían quedado obsoletas ante los
cambios introducidos en nuestro ordenamiento jurídico, en fecha 4 de marzo de
2022, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden de 2
de marzo de 2022 del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que
se actualizan los módulos y las cuantías relativas a la subvención de los
servicios de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad de Madrid. En el
apartado 1 de la citada orden se detallaban los procedimientos y las cuantías
asignadas a cada uno de ellos. En este sentido, por un lado se consolidaban las
cuantías que ya fueron objeto de actualización en la Disposición Adicional
Decimoséptima de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para el año 2019. Por otro lado, ante la demanda de
los colegios profesionales de abogados y de procuradores, se actualizaban otras
cuantías que habían quedado obsoletas ante los cambios introducidos en nuestro
ordenamiento jurídico. Y, por último, se incluyeron dos baremos nuevos no
previstos en el Decreto 86/2003, de 19 de junio, esto último como consecuencia
de las numerosas modificaciones introducidas en nuestro ordenamiento jurídico a
lo largo de todos estos años.
Como
consecuencia del Plan de Recuperación de la Justicia provocado por la huelga
que tuvo lugar durante el año 2023 en la Administración de Justicia, y ante la
demanda de los colegios profesionales de abogados y de procuradores, se hace
necesaria una nueva orden de actualización de cuantías que incremente de forma
lineal todos los baremos existentes con el fin de adaptarlos a los tiempos
actuales, así como que introduzca una serie de procedimientos inexistentes en
el momento de aprobación del anterior decreto y actualice, en el apartado de
Normas Generales, una serie de módulos, ejecución de títulos judiciales,
salidas a centros de prisión y procedimientos de especial complejidad, que
anteriormente solo estaban contemplados para el ámbito penal y cuya aplicación
es general a todas las jurisdicciones.
En virtud
de lo anterior, la presente orden actualiza los módulos del Anexo II del
Decreto 86/2003. Esta orden compete al titular de la Consejería de Presidencia,
Justicia y Administración Local del Gobierno en virtud de lo dispuesto en el
Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local.
En su
virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41.l) y 50.3, párrafo
segundo, de la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y el artículo 1 del Decreto
229/2023, de 6 de septiembre,
DISPONGO
Primero.
Actualización
La
presente orden tiene por objeto la actualización de los módulos y bases de
compensación económica fijados en el Anexo II del Decreto 86/2003, de 19 de
junio, de acuerdo a las siguientes cantidades, todas ellas expresadas en euros:
ABOGADOS
Asistencia al detenido o preso y víctimas
Servicio de guardia................................................................................................................... 228,80
Jurisdicción Penal
Tribunal del jurado.................................................................................................................... 624,00
Penal
General .......................................................................................................................... 520,00
Procedimiento abreviado:
Cuando finalice
por sobreseimiento tras declaración judicial
................................................... 208,00
Cuando
el enjuiciamiento corresponda al Juzgado de lo Penal
............................................... 374,40
Cuando el enjuiciamiento
corresponda a la Audiencia Provincial ............................................ 416,00
Enjuiciamiento rápido:
Con conformidad o sobreseimiento .......................................................................................... 208,00
Sin conformidad ....................................................................................................................... 374,40
Enjuiciamiento de delitos
leves ................................................................................................ 208,00
Intervención letrada
en la Orden de Protección ......................................................................... 83,20
Intervención letrada
en la Orden de Alejamiento........................................................................ 83,20
Menores ................................................................................................................................... 374,40
Expediente
de vigilancia penitenciaria ..................................................................................... 176,80
Doble
condición acusación y defensa ......................50% módulo
que corresponda al procedimiento
Jurisdicción Civil
Juicio
ordinario ......................................................................................................................... 416,00
Completo de familia.................................................................................................................. 416,00
Liquidación de gananciales
Inventario ................................................................................................................................. 312,00
Liquidación ............................................................................................................................... 312,00
Mutuo acuerdo
......................................................................................................................... 208,00
Filiación,
paternidad, capacidad ............................................................................................... 312,53
Menores ................................................................................................................................... 312,53
Verbal ....................................................................................................................................... 286,00
Monitorio .................................................................................................................................. 187,51
División judicial de patrimonios
Inventario ................................................................................................................................. 312,00
Liquidación herencia
................................................................................................................ 312,00
Cambiario ................................................................................................................................. 312,53
Jurisdicción Voluntaria ............................................................................................................. 250,02
Demanda reconvencional.......................50% adicional al módulo que corresponda al procedimiento
Doble condición demandante y demandado .............50% módulo que corresponda al procedimiento
Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Vía previa
contencioso-administrativa ...................................................................................... 125.01
Recuros contencioso-administrativo......................................................................................... 312,53
Jurisdicción Laboral
Procedimiento laboral
.............................................................................................................. 234,00
Recurso de suplicación ........................................................................................................... 176,80
Recurso de casación
Formalización Recurso
de Casación cuando
se inadmite en la instancia anterior ................... 312,53
Anuncio de Recurso de Casación .............................................................................................. 43,75
Recurso de apelación
Recurso de apelación .............................................................................................................. 176,80
Recurso de Apelación contra
Auto de prisión o
medidas de internamiento en Juzgados de Menores ............................................................... 176,80
Normas generales
Transacción Extrajudicial ............................................................................................................. 75%
Informe motivado
de la insostenibilidad de la pretensión ........................................................ 156,00
Salidas a centros de prisión
Si distan
menos de 25 km desde el domicilio del letrado ........................................................... 12,50
Si distan
más de 25 km desde el domicilio del letrado ............................................................... 31,25
Ejecución de Títulos Judiciales ................................................................................................ 312,53
Procedimientos de Especial Complejidad ................................................................................ 624,00
Por cada mil folios
...................................................................................................................... 31,25
A partir
de 5 comparecencias ante el Juzgado,
por cada 5........................................................ 31,25
A partir
de 2 días de vista, por cada día ..................................................................................... 62,50
Gastos de Tramitación
Por expediente tramitado ........................................................................................................... 30,05
PROCURADORES
Jurisdicción Penal
Todos los procedimientos .......................................................................................................... 50,00
Apelaciones................................................................................................................................ 40,00
Doble condición acusación y defensa
........................50%módulo que corresponda al procedimiento
Jurisdicción Civil
Todos los procedimientos ......................................................................................................... 50,00
Apelaciones................................................................................................................................ 40,00
Doble condición demandante y demandado ..............50%módulo que corresponda al procedimiento
Procedimientos de Especial Complejidad .......................................................................... 100,00
Violencia de Género
Fase de Instrucción .................................................................................................................... 75,00
Sustituciones RDL 5/2023
Vistas ......................................................................................................................................... 22,00
Gastos de Tramitación
Por expediente tramitado ............................................................................................................ 4,30
Segundo.
Aplicación presupuestaria
Las
cuantías fijadas en el apartado primero de esta orden se aplicarán de acuerdo
con lo establecido en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para cada ejercicio.
Tercero. Producción
de efectos
La
presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No obstante, las cuantías aprobadas
en la presente orden se aplicarán a todas las actuaciones justificadas desde el
1 de enero de 2024 por los profesionales designados de oficio, salvo los nueve
baremos nuevos (5 para abogados y 4 para procuradores) aprobados en la presente
orden, que se aplicarán a las efectivamente realizadas desde el 1 de enero de
2024.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
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