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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 12 de abril de 2024, del Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, por la que se designa, con carácter permanente, los miembros de la mesa de contratación de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. [1]

 

 

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, y disposición adicional segunda, apartado primero del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el órgano de dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 es su Director, que, a su vez, será el titular de la Dirección General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

Por su parte, el artículo 40 de la citada Ley dispone que la contratación de la Agencia se regirá por la normativa vigente en materia de contratación pública aplicable a los entes de derecho público del artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, siendo el órgano de contratación, el titular de la dirección de la Agencia. Igualmente, establece que la Agencia dispondrá de una mesa de contratación permanente, constituida conforme a la normativa vigente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, los órganos de contratación, estarán asistidos por una mesa de contratación, por ellos designados.

Con fecha 14 de diciembre de 2023 se dictó Resolución del Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 por la que se designaba, con carácter permanente, los miembros de la mesa de contratación de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

Con objeto de agilizar la constitución y el funcionamiento de la citada mesa de contratación resulta necesario modificar la composición de ésta, garantizando al mismo tiempo el principio de eficacia en su funcionamiento.

En consecuencia, de conformidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los artículos 28, 35 y 40 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 18 del Decreto 49/2003, de 3 de abril, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

RESUELVO

Primero

Designar, con carácter permanente, como miembros de la mesa de contratación de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a los siguientes:

— Presidencia: Un funcionario con rango de subdirector general, jefe de división, jefe de área o jefe de unidad técnica del centro directivo promotor respecto de los contratos que se financien con cargo a su programa presupuestario o de la Dirección General de Gestión Económica y Personal. Además, para los contratos promovidos por la Dirección General de Protección Civil, también podrá ostentar la presidencia de la mesa de contratación el Director de Administración y Finanzas 112 y el Director de Servicios Generales y Seguridad.

— Vocalías:

•    Una persona titular de un puesto de Interventor de la Comunidad de Madrid.

•    Una persona perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.

•    Dos personas representantes del centro directivo promotor respecto de los contratos que se financien con cargo a su programa presupuestario, sin perjuicio de que, cuando la especificidad del contrato así lo aconseje, puedan ser sustituidos por uno o dos representantes pertenecientes a la Dirección General de Gestión Económica y Personal.

— Secretaría: Un funcionario titular de un puesto de trabajo con nivel de complemento de destino igual al 26 o superior, perteneciente a la Dirección General de Gestión Económica y Personal.

Segundo

Dejar sin efectos la Resolución del Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 por la que se designaba, con carácter permanente, los miembros de la mesa de contratación de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de 14 de diciembre de 2023.

Tercero

La presente resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].-        BOCM de 26 de abril de 2024.