Resolución de 19 de octubre de 2023, de
la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias. ()
Mediante Decreto
38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
dictado en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid.
En el
artículo 8 del mencionado decreto se incluye la creación de la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a la que se le atribuyen las
competencias hasta entonces correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura, con excepción de las competencias en materia de
vivienda, e igualmente, le corresponden las competencias en materia de Interior
y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Posteriormente,
mediante Decreto
76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En el artículo 7
de dicho decreto se establece la estructura básica de la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior, de la que forma parte la Secretaría General
Técnica.
En
consonancia con ello se ha aprobado el Decreto
235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, en cuyo artículo 17 se atribuye al titular de la
Secretaría General Técnica diversas competencias en materia de ordenación y
gestión del juego.
La Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su
artículo 9, apartado 1, dispone que ʺLos órganos de las diferentes
Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que
tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no
sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de
Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas (...)ʺ.
En virtud
de todo lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Primero.
Delegar en la persona
titular de la Dirección General de Suelo la resolución de los recursos
potestativos de reposición que se interpongan contra los actos y resoluciones
dictados en materia de ordenación y gestión del juego.
Segundo.
La presente resolución
surtirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.