descarga en formato PDF   ver PDF   descarga en formato WORD   ver WORD  

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 30 de junio de 2023, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, por el que se constituyen las Comisiones Permanentes de la Cámara y la distribución de competencias entre las mismas ([1])

 

 

 

            La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2023, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces,

 

ACUERDA

 

Primero. De conformidad con lo previsto en los artículos 61.1.c) y 72, apartados 1, 2 y 3, del Reglamento de la Asamblea, la constitución de las siguientes Comisiones Permanentes distribuyéndose las competencias entre las mismas con arreglo a los criterios que se establecen:

 

 

COMISIONES PERMANENTES LEGISLATIVAS

 

 

a) Comisión de Estatuto de Autonomía, Reglamento y Estatuto del Diputado:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con el desarrollo institucional del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, con la reforma del Reglamento de la Asamblea de Madrid y con el Estatuto Jurídico de los Diputados.

 

b) Comisión de Presidencia, Justicia y Administración Local:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma.

 

c) Comisión de Economía y Empleo:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y de las entidadesintegradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma, con excepción de los asuntos propios de la Comisión de Presupuestos y Hacienda.

 

d) Comisión de Presupuestos y Hacienda:

 

Conocerá del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y del control de la ejecución y cumplimiento de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, así como de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma, con excepción de los asuntos propios de la Comisión de Economía y Empleo, así como de las relaciones de la Asamblea con el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas.

 

e) Comisión de Digitalización:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Digitalización y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma.

 

f) Comisión de Educación, Ciencia y Universidades:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma.

 

g) Comisión de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma.

 

h) Comisión de Sanidad: Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Sanidad y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma.

 

i) Comisión de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma.

 

j) Comisión de Familia y Asuntos Sociales:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma, con excepción de los asuntos propios de la Comisión de Juventud y de la Comisión de Mujer.

 

k) Comisión de Turismo y Deporte:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados con las materias de competencia de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de las entidades integradas en la Administración Institucional que se encuentren adscritas a la misma, con excepción de los asuntos propios de la Comisión de Cultura.

 

l) Comisión de Cultura:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados directamente con la situación de la cultura en la Comunidad de Madrid.

 

m) Comisión de Mujer:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados directamente con la situación de la mujer en la Comunidad de Madrid.

 

n) Comisión de Juventud:

 

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados directamente con la situación de la juventud en la Comunidad de Madrid.

 

ñ) Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad:

Conocerá de los Proyectos y Proposiciones de Ley, iniciativas y asuntos relacionados directamente con la situación de las políticas integrales de la discapacidad en la Comunidad de Madrid.

 

 

COMISIONES PERMANENTES NO LEGISLATIVAS

 

 

a) Comisión de Vigilancia de las Contrataciones: Conocerá de las iniciativas y asuntos no legislativos relacionados directamente con la actividad contractual de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid.

 

 

b) Comisión de Radio Televisión Madrid: Las competencias establecidas en los artículos 14.2, 17.3, 21.2, 24.2, 25.2.l), 26.2, 36.4, 38.6, 41 y, en su caso, concordantes de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid, así como en los artículos 228.4 y 229 a 232 del Reglamento de la Asamblea de Madrid, teniendo en cuenta que se trata de una Comisión no Legislativa, por lo que las iniciativas legislativas relacionadas con Radio Televisión Madrid, S.A. serán de la competencia de la Comisión de Presidencia.

 

c) Comisión de Participación: Conocerá de las iniciativas y asuntos relacionados directamente con la participación ciudadana en la Asamblea de Madrid.

 

 

Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].-          BOAM nº 3 de 4 de julio de 2023.