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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Anuncio de prórroga de 13 de junio de 2023, de la encomienda de gestión de 13 de enero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de Riesgos Laborales. ([1])

 

 

 

 

De una parte, el Ilmo. Sr. D.___, Director General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,

De otra parte, la Ilma. Sra. D.a ___, Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

 

EXPONEN

 

Por una parte, el artículo 19.q) del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, la competencia de planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales del personal docente y no docente que preste servicio en los centros docentes no universitarios dependientes de esta Consejería, incluyendo al personal del Cuerpo de Inspectores Docentes.

Por una parte, el artículo tercero del Decreto 121/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente los Decretos de estructura orgánica de varias Consejerías y el Decreto de estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos de la entonces Consejería de Educación y Juventud, la competencia de planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención de riesgos laborales del personal docente y no docente que preste servicio en los centros docentes no universitarios dependientes de esta Consejería, incluyendo al personal del cuerpo de inspectores docentes.

Por otra parte, la Dirección General de Función Pública dispone de una División de Prevención de Riesgos Laborales, con personal técnico para realizar determinadas actividades en materia de prevención de riesgos laborales, así como con un contrato de servicios, como unidad promotora del mismo, en materia de reconocimientos médicos.

De conformidad con lo que antecede, y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en la gestión, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el 13 de enero de 2021 se acordó una encomienda de gestión de la Dirección General de Recursos Humanos de la entonces Consejería de Educación y Juventud a la Dirección General de Función Pública de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, en materia de prevención de riesgos laborales.

De acuerdo a su apartado cuarto, la encomienda fue prorrogada:

- El 9 de junio de 2021 por un plazo de seis meses, desde el día 24 de julio de 2021, los apartados del acuerdo primero de la a) a la m), lo que consta en documento firmado por los firmantes de la encomienda y publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 28 de junio de 2021.

- El 23 de noviembre de 2021, por un plazo de seis meses los apartados del acuerdo primero de la a) a la m) y los apartados del acuerdo primero n) y o) por un plazo de 12 meses, desde el día 24 de enero de 2022, lo que consta en documento firmado por los firmantes de la encomienda y publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 17 de diciembre de 2021.

- El 20 de julio de 2022, los apartados del acuerdo primero de la a) a la e) por un plazo de seis meses, desde el día 24 de julio de 2022, comprendiendo exclusivamente los expedientes cuya tramitación se hubieran iniciado con anterioridad al 1 de febrero de 2022, los expedientes cuyo inicio fueran de fecha posterior quedaron excluidos expresamente de la prórroga, y asumidos por la División de Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades. Los apartados del acuerdo primero f) a m) por un plazo de seis meses. Lo que consta en documento firmado por los firmantes de la encomienda y publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 22 de julio de 2022.

- El 12 de diciembre de 2022, por un plazo de seis meses para los apartados del acuerdo primero, de la f) a la m), y por un año, para los apartados n) y o), desde el día 24 de enero de 2023, lo que consta en documento firmado por los firmantes de la encomienda y publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 10 enero de 2023.

Dado que se mantiene la concurrencia de las circunstancias previstas, en atención a la finalización del plazo de encomienda acordado y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en la gestión, las partes, en nombre de los órganos que representan, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de conformidad con el apartado cuarto de la encomienda de 13 de enero de 2021,

 

ACUERDAN

 

Primero. Objeto

Prorrogar la encomienda de gestión de 13 de enero de 2021 de la Dirección General de Recursos Humanos de la entonces Consejería de Educación y Juventud a la Dirección General de Función Pública de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública, en las materias recogidas en los apartados de la f) a la m) del apartado primero.

 

Segundo. Plazo

Esta prórroga producirá efectos, desde el día 24 de julio de 2023, por un plazo de seis meses.

 

Tercero. Publicación

Publicar la presente encomienda en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].-          BOCM de 23 de junio de 2023