Orden 1944/2023, de 1 de junio, del Vicepresidente,
Consejero de Educación y Universidades, por la que se da la conformidad al
inicio de actividades de la Universidad Internacional de la Empresa en las
instalaciones ubicadas en la calle de Arapiles, número 14, de Madrid. () ()
La
Universidad Internacional de la Empresa, reconocida mediante Ley
2/2020, de 25 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27
de noviembre), ha iniciado su actividad docente en el curso 2022/2023, en
virtud del Decreto
6/2022, de 23 de febrero, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de febrero).
A su vez,
mediante Orden
2824/2022, de 27 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación
y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de octubre), se
autorizaron nuevas instalaciones para la Facultad de Ciencias Sociales
Aplicadas y de la Comunicación, de dicha universidad, en diversos
emplazamientos, con el fin de ampliar las dotaciones de la misma acordes con la
oferta de titulaciones con las comenzó su actividad.
Por lo
que respecta a las instalaciones de la calle Arapiles, número 14, de Madrid, en
el dispongo primero de dicha orden se estableció que el comienzo de la
actividad docente en el curso 2023/2024, podría tener lugar siempre que se
acreditase la finalización de las obras del inmueble, que estaba prevista para
31 diciembre de 2022.
La
Universidad ha comunicado y justificado la finalización de las obras en las
citadas instalaciones, por lo que puede iniciar su actividad docente en las
mismas, a partir del próximo curso 2023/2024.
Por otro
lado, la universidad ha puesto en conocimiento de esta Administración los
órganos rectores y académicos de la misma y de la Facultad de Ciencias Sociales
Aplicadas y de la Comunicación se trasladarán a estas instalaciones y que serán
éstas las que consten como dirección a efectos de notificaciones.
La
Dirección General de Infraestructuras y Servicios, a instancias de la Dirección
General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, ha emitido informe
sobre el cumplimiento de los requisitos contenidos en el Real Decreto 640/2021,
de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y
centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios,
señalando que se remite a su informe de fecha 13 de julio de 2022, en el que se
valoró que dichas instalaciones cumplían con la normativa, siendo competencia
del Ayuntamiento de Madrid la comprobación de la finalización de las obras y la
emisión de las consiguientes licencias urbanística y de actividad. En este
sentido, constan en la solicitud las licencias correspondientes.
Por su
parte, el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su
Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 18 de mayo
de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley
4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de
Madrid, informó favorablemente esta propuesta.
En virtud
de lo dispuesto en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades, a propuesta de la Dirección General de Universidades
y Enseñanzas Artísticas Superiores,
DISPONGO
Primero. Comienzo de la actividad docente en las
instalaciones de la calle Arapiles, número 14, de Madrid
1. Se da
la conformidad al comienzo de la actividad docente en las instalaciones de la
calle de Arapiles, número 14, de Madrid, en el curso 2023/2024, una vez que se
ha justificado la finalización de las obras en dicho inmueble.
2. En
estas instalaciones se establecerán los órganos rectores y académicos de la
Universidad y de la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación, así
como la dirección postal de dicha Universidad a efectos de notificaciones.
Segundo. Recursos
Contra la
presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los
interesados recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero
de Educación y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente a
su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin
perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que
estimen pertinente.
Tercero. Efectos de la orden
La
presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.