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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se acuerda publicar la delegación por Consejo de Gobierno y Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid, en los Directores de Escuela y Decano de Facultad de dicha Universidad, del ejercicio de la cesión de uso de espacios de las respectivas Escuelas y Facultades. ([1])

 

 

 

El Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid, en sus respectivas sesiones de 24 de noviembre de 2022 y de 21 de diciembre de 2022, en virtud de lo dispuesto en el artículo 190.2 de los Estatutos de la UPM, aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de noviembre) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han acordado delegar en los Directores de Escuela y Decano de Facultad de la Universidad Politécnica de Madrid, el ejercicio de la cesión de uso a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de espacios de las respectivas Escuelas y Facultades por plazo inferior a quince días naturales, para la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos, siempre que dicho uso no interfiera la actividad y funcionamiento normal propio de los Centros, y no resulte contrario a la legalidad ni a los fines, funciones, intereses, imagen o directrices de la Universidad.

La contraprestación a satisfacer por el uso de espacios y la prestación, en su caso, de servicios asociados será fijada anualmente en el Presupuesto de la Universidad a propuesta de cada Centro.

Trimestralmente las Escuelas y Facultades, a través de sus respectivas Secciones Económicas, remitirán al Vicerrectorado de Asuntos Económicos la información de las cesiones de uso efectuadas y los ingresos por ellas obtenidos.

Una vez aprobado dicho acuerdo, este Rectorado ha resuelto publicarlo, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].-          BOCM de 1 de marzo de 2023.