Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Universidad
Politécnica de Madrid, por la que se acuerda publicar la delegación por Consejo
de Gobierno y Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid, en los
Directores de Escuela y Decano de Facultad de dicha Universidad, del ejercicio
de la cesión de uso de espacios de las respectivas Escuelas y Facultades. ()
El
Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad Politécnica de
Madrid, en sus respectivas sesiones de 24 de noviembre de 2022 y de 21 de
diciembre de 2022, en virtud de lo dispuesto en el artículo 190.2 de los
Estatutos de la UPM, aprobados por Decreto
74/2010, de 21 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15
de noviembre) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han acordado
delegar en los Directores de Escuela y Decano de Facultad de la Universidad
Politécnica de Madrid, el ejercicio de la cesión de uso a personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, de espacios de las respectivas Escuelas y
Facultades por plazo inferior a quince días naturales, para la organización de
conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos, siempre que dicho uso
no interfiera la actividad y funcionamiento normal propio de los Centros, y no
resulte contrario a la legalidad ni a los fines, funciones, intereses, imagen o
directrices de la Universidad.
La
contraprestación a satisfacer por el uso de espacios y la prestación, en su
caso, de servicios asociados será fijada anualmente en el Presupuesto de la
Universidad a propuesta de cada Centro.
Trimestralmente
las Escuelas y Facultades, a través de sus respectivas Secciones Económicas,
remitirán al Vicerrectorado de Asuntos Económicos la información de las
cesiones de uso efectuadas y los ingresos por ellas obtenidos.
Una vez
aprobado dicho acuerdo, este Rectorado ha resuelto publicarlo, dando así
cumplimiento a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.