Resolución de 23 de enero de 2023, de la
Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe, por la que se hace
pública la constitución de la mesa de contratación del Hospital Universitario
de Getafe, con carácter permanente, y se designa a los miembros que han de
componer la misma.
()
De
conformidad con lo establecido en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público y con lo dispuesto en el artículo 18
del Decreto
49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 86, de 11 de abril), esta Dirección-Gerencia del Hospital
Universitario de Getafe, en virtud de las competencias atribuidas por Resolución
342/2021, de 13 de septiembre de 2021, de la Viceconsejería de Asistencia
Sanitaria y Salud Pública y Dirección General del Servicio Madrileño de Salud,
de delegación del ejercicio de determinadas competencias en materia de
contratación y gestión económico-presupuestaria en los Gerentes de los Centros
de Atención Hospitalaria (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número
222, de 17 de septiembre de 2021),
RESUELVE
Primero
Constituir
la Mesa de Contratación del Hospital Universitario de Getafe, con las funciones
que tiene conferidas por la Ley.
Segundo
Designar
con carácter permanente a los miembros integrantes de la Mesa de Contratación
del Hospital Universitario de Getafe:
Presidente:
- La Jefa
de Sección de Contratación. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, ejercerá
la presidencia cualquiera de las Jefas de Grupo de Servicio de Suministros y
Contratación.
Vocales:
- Un letrado asesor, que podrá ser letrado
habilitado por la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del
Gobierno.
- Un representante de la Intervención de
la Comunidad de Madrid.
- Dos representantes del Servicio de Suministros
y Contratación.
Secretario:
-
Cualquiera de las Jefas de Grupo del Servicio de Suministros y Contratación. En
caso de ausencia, vacante o enfermedad será sustituido por un representante del
Servicio de Suministros y Contratación.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.