RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2022, de la
Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Fuenlabrada, por la que se
designan con carácter permanente a los miembros integrantes de la Mesa de
Contratación del Hospital Universitario de Fuenlabrada. ()
El artículo 326 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
establece que, salvo en el caso en que la competencia para contratar
corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos,
abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con
negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de
las Administraciones públicas estarán asistidos por una mesa de contratación.
A su vez, el artículo
18 del Reglamento General de Contratación Pública de Madrid, Decreto
49/2003, de 3 de abril, y el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de
mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre,
de Contratos del Sector Público, disponen que los miembros de la Mesa de Contratación
podrán designarse de manera específica o con carácter permanente si se le
atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, debiendo publicarse su
composición en este último caso, en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid y además en el Boletín Oficial del Estado.
En consecuencia, la
Dirección-Gerencia de la Empresa Pública Hospital Universitario de Fuenlabrada,
en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 15 de los Estatutos
aprobados por Decreto
196/2002, de 26 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 12, de 15 de enero de
2003),
RESUELVE
Primero
Constituir la Mesa de
Contratación del Hospital Universitario de Fuenlabrada, con las funciones que
tiene conferidas por la Ley.
Segundo
Designar con carácter
permanente a los miembros integrantes de la Mesa de Contratación del Hospital
Universitario de Fuenlabrada, que tendrá la siguiente composición:
Presidente: El
Director Económico Financiero y de Servicios Generales y, en caso de vacante,
ausencia o enfermedad, ejercerá la presidencia el Director de Recursos Humanos.
Vocales:
Un letrado asesor, que podrá ser un letrado habilitado
por el Consejero de Presidencia, para el ejercicio de esas funciones.
Un representante de la Intervención.
Director de Recursos Humanos y, en caso de vacante,
ausencia o enfermedad, el Director de Organización y Sistemas.
Un Titulado Superior no Sanitario del Área de
Suministros y, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, un representante del
Área de Suministros.
Secretario: el Jefe
de Área de Suministros y, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, un
representante del Área de Suministros
Tercero
Cuando las
circunstancias del expediente así lo aconsejen, podrá constituirse una Mesa de
Contratación específica a tal fin.
Cuarto.- Disposición
derogatoria
Quedan sin efecto las
Resoluciones anteriores de fecha anterior a la presente en las que se
establezcan la composición o designación de carácter permanente de los miembros
de la Mesa de Contratación del Hospital Universitario de Fuenlabrada.
Quinto. Disposición
final
La presente Resolución
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Este
documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor
jurídico son los de la publicación oficial.