Acuerdo de 23 de noviembre de 2022, del Consejo de
Gobierno, por el que se declara Fiesta de Interés Turístico la celebración del ʺBelén
Monumentalʺ en el municipio de San Lorenzo de El Escorial. ()
La Ley
1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 44, establece la competencia del Gobierno de la
Comunidad de Madrid para declarar Fiestas de Interés Turístico.
La
celebración del ʺBelén Monumentalʺ en San Lorenzo de El Escorial es
una fiesta de carácter innovador al trasladar el típico Belén tradicional
compuesto por figuras pequeñas a una escala tamaño natural, que se ubican en
espacios urbanos significativos de una de las localidades de mayor patrimonio
arquitectónico de la región.
Con este
formato se permite que los visitantes puedan moverse por los decorados y entre
las figuras que componen las diversas escenas y se facilita una curiosa
interacción entre el visitante y el propio Belén, convirtiéndolo en una
instalación única en su género.
Su
primera edición tuvo lugar en 1997, por lo que este año se cumple su 25
aniversario, a través de una iniciativa popular apoyada por el Ayuntamiento.
En el
momento actual el ʺBelén Monumentalʺ se ha convertido, tras el
Monasterio, en el principal atractivo turístico de la localidad durante las
vacaciones de invierno. Además, tiene una clara vocación turística por su
contribución a la desestacionalización de los flujos de visitantes.
En
cumplimiento de dicho precepto, vistos los informes favorables emitidos por la
Federación de Municipios de Madrid, por la Dirección General de Promoción
Cultural, y por la Dirección General de Turismo, el Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte
del Gobierno y previa deliberación en su reunión de 23 de noviembre de 2022,
ACUERDA
Declarar
Fiesta de Interés Turístico la celebración del ʺBelén Monumentalʺ, en
el municipio de San Lorenzo de El Escorial, que tiene lugar desde el fin de
semana que antecede en dos fines de semana al día de Navidad hasta el domingo
posterior a la festividad de Reyes de cada año.
El
presente Acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
producirá efectos el día siguiente al de su publicación.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.