Encomienda de gestión de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección
General de Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior a la Dirección General de Función Pública de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la prórroga de la misma. ()
De una parte,______________________________, Directora
General de Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior.
Y, de otra parte, ________________________________,
Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo.
EXPONEN
Que, mediante el Decreto 121/2020, de 29 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, artículo primero, se modificaron parcialmente los
Decretos de estructura orgánica de varias Consejerías, atribuyendo en el caso
de la entonces Consejería de Justicia, Interior y Víctimas a la Dirección
General de Infraestructuras Judiciales las competencias de garantizar la
seguridad y salud de los trabajadores en el ámbito de las sedes judiciales en
todos los aspectos relacionados con el trabajo, incluyéndose entre esas
funciones la planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia
de prevención de riesgos laborales del personal al servicio de la Administración
de Justicia, así como la mejora de las instalaciones de seguridad y la
implantación de los planes de emergencia y evacuación de los inmuebles al
servicio de la Administración de Justicia.
Actualmente estas competencias se recogen en el
artículo 18.d) del Decreto 191/2021, de 3 de agosto, por el que se fija la
estructura de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.
Por otra parte, la Dirección General de Función
Pública dispone de una División de Prevención de Riesgos Laborales, con
personal técnico que realiza determinadas actividades en materia de prevención
de riesgos laborales, disponiendo además de un contrato de servicios, como
unidad promotora del mismo, en materia de reconocimientos médicos.
Careciendo la unidad administrativa de la Dirección
General de Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior de personal suficiente para gestionar las funciones que
tiene atribuidas, por razón de la materia, en prevención de riesgos laborales,
procede acordar una nueva prórroga de la misma encomienda, hasta el 30 de junio
de 2023.
Como consecuencia de lo anterior, y al amparo de lo
establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos intervinientes
ACUERDAN
Primero. Objeto
Prorrogar la encomienda
de gestión a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, de 15 de noviembre de 2021, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 30 de noviembre de 2021, para la
realización de las siguientes funciones:
- Emitir los informes médicos de evaluación de la
salud y de adaptación de funciones de los empleados públicos en los términos
establecidos por la legislación vigente en materia de prevención de riesgos
laborales y por la normativa convencional de aplicación.
- Reconocimientos médicos en los supuestos de
solicitud de funcionarios de carrera de prolongación del servicio activo (Orden
de 21 de enero de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda).
- Emisión de informes médicos relativos a la
evaluación de la salud colectiva.
- Análisis de los resultados de la vigilancia de la
salud de los trabajadores y de la evaluación de los riesgos, con criterios
epidemiológicos, y colaboración con el resto de especialidades técnicas, con la
finalidad de investigar y analizar las posibles relaciones entre la exposición
a los riesgos profesionales y los perjuicios para la salud y proponer medidas
encaminadas a mejorar las condiciones y medio ambiente de trabajo.
- Valoraciones médicas en relación con la
determinación de la contingencia profesional en los expedientes de averiguación
de causas de empleados públicos.
- Campañas de vacunación en el ámbito laboral.
- El asesoramiento al departamento de gestión de
personal en materia de permisos y licencias solicitados por los empleados
públicos por causa de enfermedad grave de familiares.
- Todas las actividades sanitarias recogidas en el
artículo 3 del Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen
los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la
actividad sanitaria de los servicios de prevención.
- La gestión de los reconocimientos médicos del
personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid adscrito a
las sedes judiciales en lo que respecta a la coordinación con la empresa
adjudicataria del contrato de servicios correspondiente.
- La coordinación de la campaña anual de vacunación
antigripal, como medida de promoción de la salud.
Segundo. Plazo
La prórroga producirá efectos desde el 1 enero de 2023
hasta el día 30 de junio de 2023, sin perjuicio de la posibilidad de que, si resultase
necesario, ambas Consejerías puedan acordar que se prolongue a un momento
posterior a dicha fecha.
No obstante, el plazo anteriormente señalado, en la
medida en que la unidad administrativa adscrita a la Dirección General de
Infraestructuras Judiciales de la Consejería de Presidencia, Justicia e
Interior esté en disposición de gestionar, por tener el personal suficiente,
las funciones que tiene atribuidas por razón de la materia, la encomienda
dejará de tener eficacia en relación con los determinados ámbitos materiales.
Esta circunstancia se hará constar en un documento firmado por los firmantes de
la presente encomienda.
Tercero. Competencia
La encomienda de gestión no supone cesión de la
titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su
ejercicio. Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren
las actividades materiales, técnicas y de servicios objeto de esta encomienda
se adoptarán por los órganos administrativos competentes de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior.
En todo caso, la Dirección General de Función Pública
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo tendrá la condición de
encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera
tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación
lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, de
acuerdo con la normativa vigente, en los términos establecidos en el artículo
11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto. Publicación
Publicar la presente encomienda en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.