RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2022, de la Dirección General
de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que
se establece el número de efectivos que integran la guardia del Servicio de
Patología Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de
Madrid. ()
El Instituto de Medicina
Legal de Madrid y Ciencias Forenses es un órgano técnico al servicio de la
Administración de justicia, con ámbito territorial en toda la Comunidad
Autónoma, que tiene como función auxiliar a los juzgados, tribunales, fiscalías
y oficinas de registro civil en materia de medicina forense.
El Decreto
37/2006, de 4 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 9 de
mayo), del Consejo de Gobierno, modificado por Decreto 50/2015, de 21 de mayo
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de mayo), creó el Instituto de
Medicina Legal de la Comunidad de Madrid.
La Orden
12/2020, de 21 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 28
de enero), de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, establece la
fecha de entrada en funcionamiento el 1 de febrero de 2020.
El Servicio de Patología
Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de
Madrid tiene encomendadas entre sus funciones la investigación médico-legal en
todos los casos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad que hayan
sucedido en la Comunidad de Madrid y sea ordenada por la autoridad judicial,
así como la identificación de cadáveres o restos humanos. El Consejo de
Dirección del Instituto de Medicina Legal, en su reunión del 7 de septiembre de
2020, aprobó la propuesta de guardias para los Cuerpos Generales en el Servicio
de Patología Forense.
Mediante Resolución de 3
de diciembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
con la Administración de Justicia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de
10 de diciembre), se establecieron el número de efectivos que integran la
guardia de permanencia y disponibilidad para los cuerpos generales del Servicio
de Patología.
Después de más de un año
de funcionamiento, la Dirección del Instituto de Medicina Legal comunicó, en
función de la experiencia del citado espacio de tiempo y las nuevas
circunstancias de la situación sanitaria, la necesidad de un régimen
transitorio en cuanto al horario a cumplir hasta que se regulase un nuevo
sistema de guardias que se ajustase más a las necesidades del Instituto. Ello
derivó en la aprobación de la Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de
Justicia, que establecía el régimen transitorio del horario a cumplir, que fue
prorrogado por Resolución de 28 de enero de 2022.
En función de estos
antecedentes, previa propuesta del Instituto de Medicina Legal y negociación en
la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid,
dadas las competencias asumidas por el Decreto 191/2021, de 3 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior
RESUELVO
Primero. Número de funcionarios y horario a
cumplir
1. La guardia en el
Servicio de Patología del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de
Madrid será prestada con carácter semanal por un máximo de dos funcionarios,
uno de ellos perteneciente a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa o
Tramitación Procesal y Administrativa y otro al Cuerpo de Auxilio Judicial.
2. El horario a cumplir
con presencia física obligatoria será de lunes viernes de 8:30 a 15:30 de la
tarde. Durante esos días, desde las 15:30 a las 17:00 horas se estará en
régimen de disponibilidad.
Sábados, domingos y
festivos el horario será de 8:30 a 15:30 en régimen de presencia física.
3. En ningún caso, el
cumplimiento del horario justificará la interrupción de las actuaciones urgentes
o inaplazables.
4. Será obligatorio el
registrar el horario realizado en la aplicación informática FIVA.
5. Los funcionarios que
presten el correspondiente servicio de guardia semanal tendrán un permiso
retribuido que, preferentemente, se disfrutará el lunes siguiente al de la
finalización de la misma, sin perjuicio que pueda extenderse a los dos días
hábiles posteriores, por causas justificadas. En caso que el primer día hábil
tras la guardia sea festivo, se trasladará al siguiente día hábil.
Segundo. Funciones a realizar
La Dirección del
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses determinará el procedente
protocolo de actuación del personal adscrito a la guardia.
Este incluirá, en todo
caso, la tramitación de la documentación que la realización diaria de autopsias
ocasiona para los Juzgados y Servicios Funerarios así como la registros
internos en la base de datos del Servicio de Patología Forense, la remisión de
muestras al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y la gestión
de documentación de estas muestras.
Tercero. Integrantes de la Guardia
1. El Director o
Subdirector del Instituto de Medicina Legal, a propuesta del Consejo de
Dirección, determinara mediante resolución motivada los funcionarios adscritos
al citado dentro de destino que deban de participar en la guardia en los
términos previstos en el apartado primero de esta Resolución.
2. Se dará preferencia a
la participación voluntaria que tendrá un número mínimo de seis Gestores
Procesales y Administrativos o Tramitadores Procesales y Administrativos y seis
Auxilios Judiciales.
3. En caso de no llegar
la participación voluntaria a esos efectivos mínimos, la realización del
servicio de guardia tendrá carácter obligatorio para las personas designadas.
Cuarto. Retribuciones
El servicio de guardia se
retribuirá de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1417/2003, de 3 de
junio, por la que se regulan las retribuciones complementarias por servicios de
guardia del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Quinto. Entrada en vigor
La presente Resolución
entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Derogación
Queda derogada la
Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones con la Administración de Justicia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 10 de diciembre), que establecía el número de efectivos que
integran la guardia de permanencia y disponibilidad para los cuerpos generales
del Servicio de Patología.
Este
documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor
jurídico son los de la publicación oficial.