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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 2824/2022, de 27 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se autorizan nuevas instalaciones en la Facultad de Ciencias Sociales Aplicadas y de la Comunicación, de la Universidad Internacional de la Empresa. ([1])

 

 

 

La Universidad Internacional de la Empresa, reconocida mediante Ley 2/2020, de 25 de noviembre (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 27 de noviembre), inicia su actividad docente en el curso 2022/2023, en virtud del Decreto 6/2022, de 23 de febrero (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 28 de febrero).

Teniendo en cuenta que la universidad ha ampliado su oferta de titulaciones, respecto de la inicialmente autorizada en el referido Decreto 6/2022, se requiere la incorporación de nuevos espacios para adecuarlos al número de alumnos que se prevé matricular en el curso de inicio de actividades, así como en los cursos siguientes.

En este sentido, y de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, la Universidad Internacional de la Empresa ha solicitado la ampliación de las instalaciones actualmente autorizadas para el inicio de su actividad, en la Facultad de Ciencias Sociales Aplicadas y de la Comunicación.

Por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se ha comprobado la adecuación de la ampliación de las instalaciones de dicha universidad a lo establecido en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, anteriormente citado.

Por otro lado, el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 13 de septiembre de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 a), de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente, la propuesta de autorización de ampliación de instalaciones.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores,

 

DISPONGO

 

Primero.- Autorización de nuevas instalaciones. Facultad de Ciencias Sociales Aplicadas y de la Comunicación, de la Universidad Internacional de la Empresa

1. Autorizar la ampliación de las instalaciones de la Facultad de Ciencias Sociales Aplicadas y de la Comunicación, de la Universidad Internacional de la Empresa en los siguientes emplazamientos, con inicio de la actividad docente en los cursos que a continuación se indican:

 

Curso 2022-2023:

- Avenida de España, número 4, 28760 Tres Cantos (Madrid).

- Calle de Príncipe de Vergara, número 197, 28002 (Madrid).

Curso 2023-2024:

- Calle de Arapiles, número 14, 28015 (Madrid).

Respecto de estas últimas instalaciones, el comienzo de la actividad docente en el referido curso, podrá tener lugar siempre que se acredite la finalización de las obras del inmueble, que está prevista para 31 diciembre de 2022. En este sentido, la universidad deberá presentar las certificaciones de finalización de obras y licencias urbanísticas correspondientes, y se solicitará nuevo informe a la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, para su comprobación.

[Por Orden 1944/2023, de 1 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se da la conformidad al inicio de actividades de la Universidad Internacional en las instalaciones ubicadas en la calle de Arapiles, número 14, de Madrid]

En todo caso, la Universidad deberá garantizar que las instalaciones y dotaciones destinadas a la impartición de docencia y al desarrollo de actividades de investigación sean adecuadas para el uso universitario y suficientes para el número de estudiantes matriculados o que previsiblemente se matricularán.

2. La Universidad deberá respetar en todo momento la capacidad máxima de ocupación prevista, en uso simultáneo, para estas nuevas instalaciones, de conformidad con el informe de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de fecha 13 de julio de 2022, y contar con las licencias de actividad que procedan en cada uno de los citados inmuebles.

 

Segundo.- Modificación de las memorias de los planes de estudios

La Universidad Internacional de la Empresa deberá instar la modificación de las memorias de los planes de estudios que resulten afectadas por la incorporación de estas nuevas instalaciones, remitiendo a tal efecto a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores las resoluciones de modificación del Consejo de Universidades, una vez que sean emitidas.

 

Tercero.- Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.