ORDEN 1420/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se autoriza a la Fundación
Canal de Isabel II para conceder subvenciones. ()
La disposición adicional
decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece en su apartado primero que las fundaciones del sector público
únicamente podrán conceder subvenciones cuando así se las autorice de forma
expresa mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de
la Administración a la que la fundación esté adscrita.
En el presente caso, el
otorgamiento de subvenciones por la Fundación Canal requiere autorización
expresa de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a la que
está adscrita, en virtud de lo dispuesto por la disposición adicional primera
del Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación
del Territorio y Sostenibilidad, el Decreto 44/2021, de 19 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y por Resolución de 10
de febrero de 2020, del Director General de Recursos Humanos y Relaciones con
la Administración de Justicia, por la que se dispone la adscripción de la
Fundación Canal de Isabel II al Protectorado de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.
El artículo 5.e) de los
Estatutos de la Fundación Canal de Isabel II establece que la misma puede, en
ejercicio de su objeto social, y en persecución de sus fines, realizar las
siguientes actividades: crear concursos, premios, becas, ayudas y subvenciones
para contribuir a la sensibilización de la sociedad, a la formación de
estudiantes y docentes, a la mejora de la calidad de vida, así como al
desarrollo de nuevas tecnologías aplicadas a los procesos productivos y al uso
eficiente del agua.
En mérito de lo
anteriormente expuesto, previa solicitud de 27 de octubre de 2021 formulada por
la Directora Gerente de la Fundación Canal de Isabel II con la finalidad de que
la misma pueda desarrollar su actividad y conceder ayudas económicas sin contraprestación
en forma de subvenciones, para financiar las actuaciones que tiene encomendadas
como fines propios,
RESUELVO
Autorizar a la Fundación
Canal de Isabel II para conceder subvenciones de acuerdo con lo previsto en el
artículo 5.e) de sus Estatutos.
Este
documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor
jurídico son los de la publicación oficial.