RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2021, de la Dirección
General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por
la que se procede a la integración de los equipos psicosociales en el Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid. ()
Los Institutos de
Medicina Legal y Ciencias Forenses son órganos técnicos que tienen como misión
auxiliar a los juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del Registro Civil,
centralizando las funciones que han venido desarrollando los institutos
anatómico-forenses y las clínicas médico-forenses, mediante el ejercicio de
prácticas periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de
laboratorio.
Por Decreto
37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, modificado por Decreto
50/2015, de 21 de mayo, se creó el Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses de la Comunidad de Madrid y se aprobó su Reglamento. El 1 de febrero
de 2020 entró en funcionamiento con carácter definitivo.
Los Equipos Psicosociales
realizan labores de asesoramiento pericial en distintos procesos judiciales. El
artículo 479.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
señala que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses contarán con
unidades de valoración forense integral, de las que podrán formar parte los
psicólogos y trabajadores sociales que se determinen para garantizar, entre
otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de
género y el diseño de protocolos de actuación global e integral en casos de violencia
de género. Asimismo, dentro de los Institutos podrán integrarse el resto de
Equipos Psicosociales que prestan servicios a la Administración de Justicia,
incluyendo los equipos técnicos de menores, cuyo personal tendrá formación
especializada en familia, menores, personas con discapacidad y violencia de
género y doméstica.
En función de lo
anteriormente expuesto, resulta procedente por razones legales y de eficiencia
en el servicio público de Justicia la integración de los Equipos Psicosociales
en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid.
Así pues, en función de
lo previsto en el Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior, se atribuyen a la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia las competencias de gestión sobre
el personal funcionario y laboral al servicio de la Administración de Justicia
resuelvo aprobar las siguientes
INSTRUCCIONES
Primera. Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente Resolución
tiene por objeto la integración de los Equipos Psicosociales en el Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid.
2. Su ámbito de
aplicación serán los contratados laborales de la categoría de los Psicólogos y
Trabajadores Sociales que en la actualidad prestan servicios en la
Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid.
3. En caso que algunos de
los empleados públicos de esas categorías profesionales sean objeto de
funcionarización, estarán también integrados en el Instituto en los mismos
términos.
Segunda. Dependencia funcional
1. Los integrantes de los
Equipos Psicosociales anteriormente señalados estarán bajo la dirección
funcional del Director y Subdirector del Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses de Madrid.
2. La Dirección del
Instituto de Medicina Legal, según las propuestas del Consejo de Dirección del
mismo, establecerá los criterios organizativos de la prestación del servicio de
dicho colectivo.
3. En lo relativo a la
gestión de sus vacaciones y permisos, el Director y Subdirector actuarán como
responsables para informar las mismas, y serán validadas por el Secretario
General del Instituto.
4. Lo dispuesto en los
apartados anteriores se aplicará sin perjuicio de que tanto el Director como el
Subdirector, conforme a las previsiones del Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Instituto de Medicina Legal y se
aprueba su Reglamento, puedan delegar sus funciones en los Jefes de Servicio
que estimen procedentes.
Tercera. Condiciones de trabajo
La adscripción de los
Equipos Psicosociales al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de
Madrid no afectará a las condiciones retributivas, ni de jornada laboral actualmente
vigentes para Psicólogos y Trabajadores Sociales.
Cuarta. Entrada en vigor de las instrucciones
Las presentes
instrucciones entrarán en vigor a partir del día 15 de septiembre de 2021.
Este
documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor
jurídico son los de la publicación oficial.