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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 1260/2021, de 20 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se autoriza a la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid a conceder subvenciones. ([1])

 

 

 

La disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su apartado primero que las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder subvenciones cuando así se las autorice de forma expresa mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de la Administración a la que la fundación esté adscrita.

Conforme establece la misma disposición adicional decimosexta, la aprobación de las bases reguladoras, la autorización previa de la concesión, las funciones derivadas de la exigencia del reintegro y de la imposición de sanciones, así como las funciones de control y demás que comporten el ejercicio de potestades administrativas serán ejercidas por los órganos de la Administración que financien en mayor proporción la subvención correspondiente.

Según dispone el artículo 4 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, corresponden a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura las competencias en materia de energía.

El artículo 5.2.m) de los Estatutos de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid establece que la Fundación podrá, para el cumplimiento de sus fines, gestionar las líneas de ayuda que la Consejería competente en materia de energía le autorice, mediante el otorgamiento de las correspondientes subvenciones.

Por ello, previa solicitud formulada por su Patronato con fecha 28 de septiembre de 2021 y con la finalidad de que la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid pueda desarrollar su actividad y conceder ayudas económicas sin contraprestación en forma de subvenciones, para financiar las actuaciones que tiene encomendadas como fines propios,

 

RESUELVO

 

Autorizar a la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para conceder subvenciones de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.2.m) de sus Estatutos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.