Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 5 de septiembre de 2022,
por el que se aprueba el sistema de evaluación del desempeño y progresión en el
sistema de carrera para el personal de la Asamblea de Madrid. ()
La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 5
de septiembre de 2022, a la vista del Acuerdo de la Comisión de Seguimiento
sobre propuesta de evaluación del desempeño y progresión en el sistema de
carrera para el personal de la Asamblea de Madrid,
ACUERDA
Primero.
Aprobar el sistema de evaluación del desempeño y
progresión en el sistema de carrera para el personal de la Asamblea de Madrid
acordado por la Comisión de Seguimiento en las reuniones celebradas el 17 de mayo
y 15 y 21 de junio de 2022.
Segundo.
Aprobar la propuesta de evaluación del desempeño y
progresión en el sistema de carrera para el personal incluido en la Disposición
Transitoria Primera del acuerdo regulador aprobado por Acuerdo
de la Mesa de la Asamblea, de 27 de marzo de 2019, acordado por la Comisión
de Seguimiento en las reuniones celebradas el 17 de mayo y 15 y 21 de junio de
2022.
Tercero.
El sistema de evaluación del desempeño y progresión en
el sistema de carrera será de aplicación al personal de la Cámara con
vinculación laboral.
Cuarto.
Los efectos de la consolidación del Complemento de
Carrera para el personal afectado por la Disposición Transitoria Primera del
mencionado Acuerdo regulador, se producirán desde el vencimiento de la
categoría ya consolidada, siempre que se cumplan los parámetros, criterios y
requisitos de la evaluación del desempeño establecido en el presente Acuerdo de
Mesa.
Quinto.
El procedimiento de evaluación del desempeño para la
progresión en el sistema de carrera profesional se realizará con efectos del
primer día hábil del mes siguiente a la publicación del presente Acuerdo de
Mesa.
ACUERDO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE PROPUESTA
DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y PROGRESIÓN EN EL SISTEMA DE CARRERA PARA EL
PERSONAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID
El reconocimiento del desarrollo profesional mediante
la progresión de categoría profesional a través de distintos niveles que
conforman la carrera horizontal de los funcionarios de carrera de la Asamblea
de Madrid se encuentra contemplado en el artículo 39 ter del Estatuto
de Personal de la Asamblea de Madrid.
Dicha progresión se adquirirá a través de la
superación de los bloques de valoración contemplados en el Acuerdo de Mesa, de
27 de marzo de 2019, sobre Reglamento Regulador del Sistema de Carrera Profesional
Horizontal del Personal Funcionario de la Asamblea de Madrid. Estos bloques de valoración
son los siguientes:
- Competencia y profesionalidad técnica.
- Iniciativa y contribución para la mejora de la prestación
del servicio público.
- Formación y transparencia de conocimientos.
El Reglamento regulador, en sus artículos 8, 9 y 10,
define de manera amplia la finalidad, objetivos y factores o dimensiones
evaluables que, como mínimo, deben satisfacerse: el grado de cumplimiento de
los estándares de rendimiento del puesto de trabajo, el cumplimiento de los
objetivos y metas de carácter colectivo, la responsabilidad y autonomía con la
que se desempeña el puesto y el compromiso con el mantenimiento y la mejora de
la competencia profesional.
Asimismo, se establece como condición necesaria para
obtener una valoración positiva, el superar los estándares de asistencia y uso
eficiente del tiempo de trabajo.
La evaluación inicial se debe realizar por los
titulares de las unidades correspondientes, que a su vez serán evaluadas por el
superior jerárquico, siendo finalmente la Comisión de Seguimiento y Evaluación
de la Carrera Profesional la que analizará los resultados evaluados y
verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos para la promoción
profesional.
La Comisión de Seguimiento analizado lo anterior, en
las reuniones celebradas el 17 de mayo, 15 de junio y 21 de junio, en el
ejercicio de las atribuciones asignadas mediante el artículo 11, párrafo
segundo, del mencionado Acuerdo de Mesa, aprobó la siguiente propuesta del
Procedimiento Regulador de Evaluación de Desempeño, que está integrada en un
cuestionario normalizado de evaluación y que recoge todos los aspectos de los
que hay que dejar constancia escrita en el proceso de evaluación del desempeño.
Igualmente, la Comisión aprobó la propuesta para la progresión en el sistema de
carrera para el personal afectado por la Disposición Transitoria Primera.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO ()
DATOS DE LA PERSONA
EVALUADA
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NOMBRE Y APELLIDOS
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DIRECCIÓN ORGÁNICA
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UNIDAD ADMINISTRATIVA
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PUESTO DE TRABAJO
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PERIODO A EVALUAR
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BLOQUE DE VALORACIÓN
A)
Competencia y profesionalidad técnica en el ejercicio de las tareas Asignadas.
La evaluación se realizará sobre las capacidades,
conocimientos y habilidades en el desempeño de las tareas del puesto de trabajo
que se concretarán en todas o algunas de las dimensiones evaluables que se
recogen en el cuestionario.
El periodo a evaluar será en cómputo anual tomando
como fecha de inicio la fecha inicial de cómputo de la nueva categoría
profesional.
La puntuación mínima a alcanzar en este bloque será de
27 sin que pueda obtenerse menos de 2 puntos en alguno de los factores.
DIMENSIÓN EVALUABLE
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1
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2
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3
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4
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5
|
1. CAPACIDAD DE TOMA DE DECISIONES.
Capacidad de elegir entre varias alternativas posibles de
acción de modo rápido y preciso. Esto implica conocer todas las posibles
consecuencias y utilizar siempre como criterio de selección el cumplimiento
de los objetivos del puesto.
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|
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2. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN Y PLAIFICACIÓN.
Capacidad de establecer estrategias correctas para el
desempeño eficaz del puesto, mediante el agrupamiento de actividades, establecimiento
de prioridades en la realización de las tareas, utilización óptima del tiempo
y de todos los medios y recursos.
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|
|
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|
3. CAPACIDAD DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS.
Capacidad de solventar las incidencias o imprevistos que
se presenten durante el desempeño del puesto de modo satisfactorio, incorporando
soluciones creativas, rápidas y con satisfacción de las partes implicadas.
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|
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4. CONOCIMIENTOS TÉCNICOS.
Comprensión y aplicación de los conocimientos del puesto y
técnicos necesarios para realizar correctamente el trabajo. Esto incluiría el
conocimiento de procedimientos, técnicas, métodos, requisitos, instrumentos,
materiales, características del lugar de trabajo, relaciones con otros
puestos, y cualquier otro conocimiento necesario para desempeñar los cometidos
del puesto con eficacia y eficiencia.
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|
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5. INICIATIVA.
Adoptar una actitud activa, proactiva, emprendedora y
orientada hacia las actividades del trabajo, asumir nuevas responsabilidades
y mostrar ingenio ante las situaciones inesperadas.
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6. COMPROMISO CON LA ORGANIZACIÓN.
Identificación del empleado con los objetivos y valores de
la Asamblea de Madrid como Institución de Servicio Público.
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7. MANTENIMIENTO DEL RENDIMIENTO LABORAL.
Cumplimiento de las actividades, tareas y funciones
propias del puesto en términos de la ejecución de lo que le ha sido
encomendado, sin necesidad de supervisión continua. Capacidad de incorporación
de adaptaciones y ajustes necesarios para evitar una disminución del
rendimiento.
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8. MANTENIMIENTO DE LA CALIDAD DE TRABAJO.
Interés, constancia y continuidad voluntarios en las
acciones y actividades laborales desarrolladas, para lograr que el trabajo
encomendado resulte de calidad. Valoración de la voluntad e iniciativa propia
en el mantenimiento de la calidad con independencia del volumen de trabajo
realizado.
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|
|
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9. USO ADECUADO DE LOS RECURSOS LABORALES.
Mantener en buen estado todo el material, instrumental y recursos
(máquinas, herramientas, mobiliario, ordenadores, etc.) puestos a su
disposición para la realización de las tareas del puesto de trabajo.
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B)
Iniciativa y Contribución para la Mejora de la Prestación del Servicio Público.
Se evaluará la participación voluntaria en programas
de calidad, así como en grupos de expertos, equipos de trabajo para la
modernización y, en general, la iniciativa y la presentación de propuestas de
mejora organizacional -que deberán ser reconocidas como tal por el titular de
la dirección del área correspondiente. En todo caso para obtener una valoración
positiva en este bloque necesariamente deberá superar el apartado relativo a la
ocupación efectiva del puesto de trabajo, asistencia al trabajo, tasas de
absentismo y uso eficiente del tiempo.
El periodo a evaluar será en cómputo anual tomando
como fecha de inicio la fecha inicial de cómputo de la nueva categoría
profesional.
La puntuación mínima a alcanzar en este bloque será de
24 sin que pueda obtenerse menos de 2 puntos en alguno de los factores.
DIMENSIÓN EVALUABLE
|
1
|
2
|
3
|
4
|
5
|
1. PRODUCTIVIDAD.
Resultados del trabajo en términos del volumen de
actividad y cantidad de lo realizado, así como de la calidad del mismo, lo
que indica unos productos excelentes y/o unos servicios eficaces y
eficientes.
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2. CAPACIDAD DE APRENDIZAJE.
Capacidad para desarrollar estrategias de aprendizaje,
adquirir nuevos conocimientos de modo rápido y eficiente y aprender de la
experiencia para dar respuestas correctas y ajustadas a los problemas que se
presentan en el trabajo y que puedan solucionarse mediante conocimientos.
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3. CAPACIDAD DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS.
Capacidad de solventar las incidencias o imprevistos que
se presenten durante el desempeño del puesto de modo satisfactorio, incorporando
soluciones creativas, rápidas y con satisfacción de las partes implicadas.
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4. MINUCIOSIDAD Y RESPONSABILIDAD.
Precisión en la realización de las funciones del puesto,
utilizando todos los medios y procedimientos tanto materiales como personales,
para optimizar los resultados del trabajo propio. Esto incluye realizar el
trabajo cuidadosamente, revisar las tareas y productos efectuados, prestar
atención a los detalles y tener en cuenta las posibles consecuencias
(calidad).
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5. ESFUERZO Y PERSEVERANCIA.
Insistencia y constancia en la consecución de las tareas u
objetivos asignados, poniendo empeño y energía en la realización de los
mismos, independientemente de la dificultad de las tareas y objetivos.
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|
6. COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN CON COMPAÑEROS.
Consideración hacia las personas, apoyo y respeto a los
otros (colaboradores, compañeros, usuarios). Capacidad para escuchar
activamente a las personas y manifestarles su estima y colaboración a pesar
de puntos de vista contrarios.
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7. COMPARTIR Y TRANSMITIR CONOCIMIENTOS.
Poner por propia iniciativa a disposición de los demás
compañeros el conocimiento personalmente adquirido, formándolos, enseñándolos
o asesorándolos en el mejor modo de realización de las tareas y
responsabilidades que tienen encomendadas.
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8. RITMO VOLUNTARIO EFICIENTE DEL TRABAJO.
Ritmo de trabajo adecuado, mostrando consistencia en dicho
ritmo a lo largo de los periodos evaluados, sin oscilaciones importantes.
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ASISTENCIA AL TRABAJO Y USO
EFICIENTE DEL TIEMPO
Asistencia y utilización del
tiempo de la jornada laboral de acuerdo a las normas y de modo eficiente. Puntualidad
no mostrando un abandono voluntario de las responsabilidades, tareas y deberes
del puesto y siendo puntual a la llegada y salida. Complimiento de los índices
de absentismos fijados por la Mesa de la Cámara. El periodo a evaluar será
por el año natural cuando éste sea completo o por la fracción de año, en el
caso de que el inicio y final de la valoración de la categoría no corresponda
con el primer día natural del mes de enero o el último día de diciembre, según
corresponda.
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FACTOR
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% DE FACTOR
OBTENIDO
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% MÁMIMO AUTORIZADO
MESA
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CUMPLIMIENTO
OBJETIVO SI/NO
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RETRASO
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2 %
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ABSENTISMO
|
|
3 %
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OLVIDO MARCAJE/FICHAJE
|
|
2 %
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OLVIDO TARJETA
|
|
2 %
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RETRASO.- El % del factor se obtendrá atendiendo al
tiempo de retraso sobre el periodo de presencia obligatoria en el periodo a
evaluar. Para el cumplimiento de este objetivo, el retraso no podrá ser
superior al 2 % del número de horas de la jornada laboral.
ABSENTISMO.- El % del factor se obtendrá atendiendo al
número de jornadas no realizadas sobre los días laborales establecidos en el
calendario laboral de cada año, aun cuando la ausencia se trate por permisos
justificados. A este respecto no computará en dicha tasa:
- Las vacaciones anuales y permisos por asuntos
propios
- Los permisos por exceso horario realizado por
necesidades del servicio.
- Los permisos por formación.
- El permiso por matrimonio.
- Las ausencias médicas derivadas de una incapacidad
laboral o las asistencias a especialistas de la Seguridad Social o privado en
relación con consultas o pruebas médicas sobre una enfermedad crónica de larga
duración acreditadas por un médico de la sanidad pública.
- Los permisos relacionados con situaciones
especialmente protegidas como maternidad/ paternidad.
- Los derivados de un deber inexcusable y los
relacionados con la conciliación de la vida personal y laboral.
- Por fallecimiento de cónyuge o familiar
(padres, padres políticos, hijos, o hermanos).
- Por operación quirúrgica o enfermedad
grave o muy grave, de cónyuge o familiar (padres, padres políticos, hijos o
hermanos).
- Los recogidos en los apartados 14 y 15
del artículo 4.
El resto de los permisos o ausencias médicas sin parte
de baja, computarán a estos efectos como tasa de absentismo. Para el cumplimiento
de este objetivo, el absentismo no podrá ser superior al 3% del número de días
que componga la jornada anual.
OLVIDO DE MARCAJE/FICHAJE.- El % del factor se
obtendrá atendiendo al número de días en los que se produzca el olvido de
marcaje, (a la salida o a la entrada), en relación con los días laborales
establecidos en el calendario laboral de cada año. Para el cumplimiento de este
objetivo la incidencia no podrá ser superior al 2 % del número de días que
componga la jornada anual.
OLVIDO DE TARJETA.- El % del factor se obtendrá
atendiendo al número de días en los que se produzca el olvido de tarjeta y no
se produzca fichaje mediante tarjeta provisional. Para el cumplimiento de este
objetivo, la incidencia no podrá ser superior al 2 % del número de días que
componga la jornada anual.
El no cumplimiento de los objetivos de ASISTENCIA AL
TRABAJO Y USO EFICIENTE DEL TIEMPO en el año objeto de evaluación, conllevará
una carencia de tres meses en la consolidación de la nueva categoría de carrera
profesional, siempre que en dicho periodo se cumplan con los objetivos
marcados. Si en este tiempo de carencia no se alcanzaran los objetivos marcados
se dará un nuevo plazo de 3 meses y en el caso de que tampoco se alcanzaran la
evaluación, ésta ya no tendrá lugar hasta que transcurra un año desde el
vencimiento del último plazo. Excepcionalmente y por una única vez en el
periodo de 5 años de prestación del servicio, siempre que se hayan cumplido los
objetivos fijados dentro de los t res meses iniciales de carencia, este tiempo
computará igualmente para el siguiente año objeto de valoración.
C)
Formación y Transferencia de Conocimientos.
VALORACIONES
DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN Y ACTIVIDADES DE TRANSFERENCIAS Y DOCENCIA.
Se deberá obtener una puntuación mínima de 75 puntos
para el periodo objeto de valoración de carrera administrativa.
Formación
objeto de evaluación.
Se entiende por formación el conjunto de actividades
que, a través del aprendizaje planificado, tienen como objetivo el
mantenimiento y la mejora de la competencia profesional, con el fin de
contribuir a mejorar el servicio público, el desarrollo profesional de los
funcionarios de la Asamblea y la consecución de los objetivos estratégicos de
la organización.
La Mesa de la Asamblea garantizará una oferta formativa
que permita conseguir el cumplimiento de los requisitos para acceder a cada una
de las categorías, determinando de conformidad con lo dispuesto en el párrafo
anterior, aquellas actividades formativas evaluables para la carrera
profesional sin perjuicio de que en cualquier momento se puedan organizar por
el Parlamento los cursos que considere necesarios para su adecuado
funcionamiento.
Estos planes de formación serán aprobados por la Mesa
de la Cámara, y las acciones aquí recogidas serán cursos de formación
gestionados u organizados directamente por la Asamblea de Madrid, así como los
convocados, impartidos u homologados por escuelas de formación de personal de
la Comunidad de Madrid o de cualquier otra Administración pública, todos ellos
relacionados con los cometidos propios del puesto desempeñado, con las tareas
encomendadas al servicio o unidad administrativa de destino o con las funciones
asignadas al cuerpo o escala de pertenencia.
En este sentido se valorarán, en su caso, los cursos
organizados por las organizaciones sindicales y otras entidades promotoras al
amparo de los acuerdos de formación para el empleo de las Administraciones
públicas, así como los efectuados por entidades públicas relacionad as
directamente con la actividad de la Asamblea de Madrid, debiéndose aprobar por
la Mesa de la Asamblea si resultan o no evaluables a efectos de la carrera
horizontal, en los mismos términos que los descritos en el párrafo anterior.
Los cursos o másteres universitarios se evaluarán
siempre que guarden relación con la actividad de la Asamblea de Madrid en el ejercicio
de sus competencias.
VALORACIÓN
DE CURSOS DE FORMACIÓN
En el caso de que la valoración se realice
exclusivamente mediante cursos de formación, deberá cumplirse el siguiente
número mínimo de horas para el periodo de carrera administrativa objeto de
valoración, asignando 75 puntos al llegar a ese mínimo, pudiendo obtener hasta
150 puntos atendiendo a la proporcionalidad establecida por este concepto:
- Grupo A1 mínimo 100 horas por categoría profesional
de acceso.
- Grupo A2 mínimo 75 horas por categoría profesional
de acceso.
- Grupo B mínimo 60 horas por categoría profesional
de acceso.
- Grupo C1 mínimo 50 horas por categoría profesional
de acceso.
- Grupo C2 mínimo 40 horas por categoría profesional
de acceso.
VALORACIÓN
GRUPO FUNCIONARIAL
|
NÚMERO DE HORAS
|
PUNTUACIÓN
|
|
FORMACIÓN
|
|
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|
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Transferencia
de conocimientos.
Se entenderá por transferencia del conocimiento el
conjunto de actividades realizadas por el personal, dirigidas tanto a la
difusión del conocimiento técnico y organizativo como a la investigación,
divulgación y desarrollo en materias propias de los distintos ámbitos
profesionales de la Administración pública así como la participación en
tribunales o comisiones de provisión de puestos de funcionarios públicos.
Serán objeto de evaluación en concepto de
transferencias de conocimientos, entre otras, las siguientes actividades desarrolladas
por los funcionarios:
A) Docencia, definida como la acción de impartir
formación a personal de la Asamblea de Madrid y a otras empleadas y empleados
públicos dentro de las acciones formativas organizadas por escuelas o
institutos de formación de personal empleado público. Se incluyen cursos
impartidos tanto bajo la modalidad presencial como en formación en línea.
Asimismo se entenderá como docencia las actividades recogidas en el artículo
12. 2 a) y b) del Estatuto de Personal de la Asamblea.
B) Coordinación o participación en grupos de trabajo
para la elaboración y puesta en práctica de un proyecto profesional sobre una
temática de interés para la Asamblea de Madrid.
C) Difusión del conocimiento. Será objeto de
evaluación la participación en congresos, jornadas y conferencias relacionadas
con la actividad profesional e institucional, así como las publicaciones
relacionadas con el ámbito de la Administración pública tanto en formato
digital como en papel.
D) Participación en tribunales o comisiones de
provisión de puestos de funcionarios públicos.
VALORACIÓN
DE TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS.
En el caso de que la valoración se realice exclusivamente
mediante transferencias de conocimientos, deberá obtenerse por este concepto la
puntuación mínima de 75 puntos para el periodo de carrera administrativa objeto
de valoración, pudiendo obtener una puntuación máxima de 150 puntos por este
concepto.
1. Docencia en el periodo objeto de evaluación:
Asignando la siguiente puntuación a la docencia
impartida por año académico.
- De 0 a 10 horas: 10 puntos.
- De 11 a 20 horas: 20 puntos.
- De 21 a 30 horas: 30 puntos.
- De 31 a 40 horas: 40 puntos.
- De 41 horas en adelante: 50 puntos.
2. Coordinación o participación en grupos de trabajo
en el periodo objeto de evaluación.
- 20 puntos por coordinación de grupos de trabajo,
hasta una puntuación máxima de 60 puntos.
- 10 puntos por participación en grupos de trabajo,
hasta una puntuación máxima de 30 puntos.
3. Difusión del Conocimiento en el periodo objeto de
evaluación:
- 50 puntos por cada publicación relacionada con la
Administración parlamentaria, Administraciones públicas, la gestión del
servicio público o la atención a la ciudadanía, con depósito legal y editadas
por un organismo público.
4. Participación en tribunales o comisiones de
provisión de puestos de funcionarios públicos en el periodo objeto de
evaluación.
- 50 puntos por cada participación en Tribunales de
selección.
- 30 puntos por cada participación en comisiones de
provisión de puestos de trabajo.
VALORACIÓN
(Véase modelo en versión pdf)
ACUERDO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE LA
PROGRESIÓN EN EL SISTEMA DE CARRERA DEL PERSONAL AFECTADO POR LA DISPOSICIÓN
TRANSITORIA PRIMERA
Para la progresión al CCPIII, del personal incluido
en el apartado a), será necesario el cumplimiento de los objetivos
referidos a formación y transferencia de conocimientos que se contempla en el
Acuerdo de Mesa Regulador del Procedimiento de Evaluación del Desempeño. A
estos efectos el plazo para el cumplimiento de estos objetivos finalizará el 31
de diciembre de 2022.
Las siguientes categorías profesionales se obtendrán
con el cumplimiento de los parámetros de la evaluación del desempeño
establecido mediante el Acuerdo de Mesa regulador.
La progresión al CCPII, del personal incluido en el
apartado b), se realizará conforme a lo dispuesto en la mencionada
Disposición Transitoria.
Las siguientes categorías profesionales se obtendrán
con el cumplimiento de los parámetros de la evaluación del desempeño
establecido mediante el Acuerdo de Mesa regulador, desde la fecha de efectos
del referido Acuerdo hasta el vencimiento del próximo nivel de complemento de
carrera.
La progresión al CCPI, del personal incluido en el
apartado c), se realizará conforme a lo dispuesto en la mencionada
Disposición Transitoria.
Las siguientes categorías profesionales se obtendrán
con el cumplimiento de los parámetros de la evaluación del desempeño
establecido mediante el Acuerdo de Mesa regulador, desde la fecha de efectos
del referido Acuerdo hasta el vencimiento del próximo nivel de complemento de
carrera.
DESCRIPCIÓN DE DIMENSIONES EVALUABLES RECOGIDAS EN EL
ANEXO I DEL ACUERDO REGULADOR DE CARRERA PROFESIONAL
CAPACIDAD
DE TOMA DE DECISIONES.
Capacidad de elegir entre varias alternativas posibles
de acción de modo rápido y preciso. Esto implica conocer todas las posibles
consecuencias y utilizar siempre como criterio de selección el cumplimiento de
los objetivos del puesto.
CAPACIDAD
DE ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN.
Capacidad de establecer estrategias correctas para el
desempeño eficaz del puesto, mediante el agrupamiento de actividades,
establecimiento de prioridades en la realización de las tareas, utilización
óptima del tiempo y de todos los medios y recursos.
CAPACIDAD
DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS.
Capacidad de solventar las incidencias o imprevistos
que se presenten durante el desempeño del puesto de modo satisfactorio,
incorporando soluciones creativas, rápidas y con satisfacción de las partes
implicadas.
CONOCIMIENTOS
TÉCNICOS.
Comprensión y aplicación de los conocimientos del
puesto y técnicos necesarios para realizar correctamente el trabajo. Esto
incluiría el conocimiento de procedimientos, técnicas, métodos, requisitos,
instrumentos, materiales, características del lugar de trabajo, relaciones con
otros puestos, y cualquier otro conocimiento necesario para desempeñar los
cometidos del puesto con eficacia y eficiencia.
PRODUCTIVIDAD.
Resultados del trabajo en términos del volumen de
actividad y cantidad de lo realizado, así como de la calidad del mismo, lo que
indica unos productos excelentes y/o unos servicios eficaces y eficientes.
CAPACIDAD
DE APRENDIZAJE.
Capacidad para desarrollar estrategias de aprendizaje,
adquirir nuevos conocimientos de modo rápido y eficiente y aprender de la
experiencia para dar respuestas correctas y ajustadas a los problemas que se
presentan en el trabajo y que puedan solucionarse mediante conocimientos.
MINUCIOSIDAD
Y RESPONSABILIDAD.
Precisión en la realización de las funciones del
puesto, utilizando todos los medios y procedimientos tanto materiales como
personales, para optimizar los resultados del trabajo propio. Esto incluye
realizar el trabajo cuidadosamente, revisar las tareas y productos efectuados,
prestar atención a los detalles y tener en cuenta las posibles consecuencias
(calidad).
ESFUERZO
Y PERSEVERANCIA.
Insistencia y constancia en la consecución de las
tareas u objetivos asignados, poniendo empeño y energía en la realización de
los mismos, independientemente de la dificultad de las tareas y objetivos.
INICIATIVA.
Adoptar una actitud activa, proactiva, emprendedora y
orientada hacia las actividades del trabajo, asumir nuevas responsabilidades y
mostrar ingenio ante las situaciones inesperadas.
COMPROMISO
CON LA ORGANIZACIÓN.
Identificación del empleado con los objetivos y
valores de la Asamblea de Madrid como Institución de Servicio Público.
COLABORACIÓN
Y COOPERACIÓN CON COMPAÑEROS.
Consideración hacia las personas, apoyo y respeto a
los otros (colaboradores, compañeros, usuarios). Capacidad para escuchar
activamente a las personas y manifestarles su estima y colaboración a pesar de
puntos de vista contrarios.
COMPARTIR
Y TRANSMITIR CONOCIMIENTOS.
Poner por propia iniciativa a disposición de los demás
compañeros el conocimiento personalmente adquirido, formándolos, enseñándolos o
asesorándolos en el mejor modo de realización de las tareas y responsabilidades
que tienen encomendadas.
MANTENIMIENTO
DEL RENDIMIENTO LABORAL.
Cumplimiento de las actividades, tareas y funciones
propias del puesto en términos de la ejecución de lo que le ha sido
encomendado, sin necesidad de supervisión continúa. Capacidad de incorporación
de adaptaciones y ajustes necesarios para evitar una disminución del
rendimiento.
MANTENIMIENTO
DE LA CALIDAD DE TRABAJO.
Interés, constancia y continuidad voluntarios en las
acciones y actividades laborales desarrolladas, para lograr que el trabajo
encomendado resulte de calidad. Valoración de la voluntad e iniciativa propia
en el mantenimiento de la calidad con independencia del volumen de trabajo
realizado.
USO
ADECUADO DE LOS RECURSOS LABORALES.
Mantener en buen estado todo el material, instrumental
y recursos (máquinas, herramientas, mobiliario, ordenadores, etc.) puestos a su
disposición para la realización de las tareas del puesto de trabajo.
ASISTENCIA
AL TRABAJO Y USO EFICIENTE DEL TIEMPO.
Asistencia y utilización del tiempo de la jornada
laboral de acuerdo con las normas y de modo eficiente. Puntualidad no mostrando
un abandono voluntario de las responsabilidades, tareas y deberes del puesto y
siendo puntual a la llegada y salida. Cumplimiento de los índices de
absentismos fijados por la Mesa de la Cámara.
RITMO
VOLUNTARIO EFICIENTE DEL TRABAJO.
Ritmo de trabajo adecuado, mostrando consistencia en
dicho ritmo a lo largo de los periodos evaluados, sin oscilaciones importantes.
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documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor
jurídico son los de la publicación oficial.