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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 5 de septiembre de 2022, por el que se aprueba el sistema de evaluación del desempeño y progresión en el sistema de carrera para el personal de la Asamblea de Madrid. ([1])

 

 

 

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 5 de septiembre de 2022, a la vista del Acuerdo de la Comisión de Seguimiento sobre propuesta de evaluación del desempeño y progresión en el sistema de carrera para el personal de la Asamblea de Madrid,

 

ACUERDA

 

Primero.

 

Aprobar el sistema de evaluación del desempeño y progresión en el sistema de carrera para el personal de la Asamblea de Madrid acordado por la Comisión de Seguimiento en las reuniones celebradas el 17 de mayo y 15 y 21 de junio de 2022.

 

Segundo.

 

Aprobar la propuesta de evaluación del desempeño y progresión en el sistema de carrera para el personal incluido en la Disposición Transitoria Primera del acuerdo regulador aprobado por Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de 27 de marzo de 2019, acordado por la Comisión de Seguimiento en las reuniones celebradas el 17 de mayo y 15 y 21 de junio de 2022.

 

Tercero.

 

El sistema de evaluación del desempeño y progresión en el sistema de carrera será de aplicación al personal de la Cámara con vinculación laboral.

 

Cuarto.

 

Los efectos de la consolidación del Complemento de Carrera para el personal afectado por la Disposición Transitoria Primera del mencionado Acuerdo regulador, se producirán desde el vencimiento de la categoría ya consolidada, siempre que se cumplan los parámetros, criterios y requisitos de la evaluación del desempeño establecido en el presente Acuerdo de Mesa. 

 

Quinto.

 

El procedimiento de evaluación del desempeño para la progresión en el sistema de carrera profesional se realizará con efectos del primer día hábil del mes siguiente a la publicación del presente Acuerdo de Mesa.

 

ACUERDO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE PROPUESTA DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y PROGRESIÓN EN EL SISTEMA DE CARRERA PARA EL PERSONAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID

 

El reconocimiento del desarrollo profesional mediante la progresión de categoría profesional a través de distintos niveles que conforman la carrera horizontal de los funcionarios de carrera de la Asamblea de Madrid se encuentra contemplado en el artículo 39 ter del Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid.

Dicha progresión se adquirirá a través de la superación de los bloques de valoración contemplados en el Acuerdo de Mesa, de 27 de marzo de 2019, sobre Reglamento Regulador del Sistema de Carrera Profesional Horizontal del Personal Funcionario de la Asamblea de Madrid. Estos bloques de valoración son los siguientes:

- Competencia y profesionalidad técnica.

- Iniciativa y contribución para la mejora de la prestación del servicio público.

- Formación y transparencia de conocimientos.

El Reglamento regulador, en sus artículos 8, 9 y 10, define de manera amplia la finalidad, objetivos y factores o dimensiones evaluables que, como mínimo, deben satisfacerse: el grado de cumplimiento de los estándares de rendimiento del puesto de trabajo, el cumplimiento de los objetivos y metas de carácter colectivo, la responsabilidad y autonomía con la que se desempeña el puesto y el compromiso con el mantenimiento y la mejora de la competencia profesional.

Asimismo, se establece como condición necesaria para obtener una valoración positiva, el superar los estándares de asistencia y uso eficiente del tiempo de trabajo.

La evaluación inicial se debe realizar por los titulares de las unidades correspondientes, que a su vez serán evaluadas por el superior jerárquico, siendo finalmente la Comisión de Seguimiento y Evaluación de la Carrera Profesional la que analizará los resultados evaluados y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos para la promoción profesional.

La Comisión de Seguimiento analizado lo anterior, en las reuniones celebradas el 17 de mayo, 15 de junio y 21 de junio, en el ejercicio de las atribuciones asignadas mediante el artículo 11, párrafo segundo, del mencionado Acuerdo de Mesa, aprobó la siguiente propuesta del Procedimiento Regulador de Evaluación de Desempeño, que está integrada en un cuestionario normalizado de evaluación y que recoge todos los aspectos de los que hay que dejar constancia escrita en el proceso de evaluación del desempeño. Igualmente, la Comisión aprobó la propuesta para la progresión en el sistema de carrera para el personal afectado por la Disposición Transitoria Primera.

 

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

 

CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO ([2])

 

DATOS DE LA PERSONA EVALUADA

NOMBRE Y APELLIDOS

 

DIRECCIÓN ORGÁNICA

 

UNIDAD ADMINISTRATIVA

 

PUESTO DE TRABAJO

 

PERIODO A EVALUAR

 

 

BLOQUE DE VALORACIÓN

 

A) Competencia y profesionalidad técnica en el ejercicio de las tareas Asignadas.

 

La evaluación se realizará sobre las capacidades, conocimientos y habilidades en el desempeño de las tareas del puesto de trabajo que se concretarán en todas o algunas de las dimensiones evaluables que se recogen en el cuestionario.

El periodo a evaluar será en cómputo anual tomando como fecha de inicio la fecha inicial de cómputo de la nueva categoría profesional.

La puntuación mínima a alcanzar en este bloque será de 27 sin que pueda obtenerse menos de 2 puntos en alguno de los factores.

 

DIMENSIÓN EVALUABLE

1

2

3

4

5

1. CAPACIDAD DE TOMA DE DECISIONES.

Capacidad de elegir entre varias alternativas posibles de acción de modo rápido y preciso. Esto implica conocer todas las posibles consecuencias y utilizar siempre como criterio de selección el cumplimiento de los objetivos del puesto.

 

 

 

 

 

2. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN Y PLAIFICACIÓN.

Capacidad de establecer estrategias correctas para el desempeño eficaz del puesto, mediante el agrupamiento de actividades, establecimiento de prioridades en la realización de las tareas, utilización óptima del tiempo y de todos los medios y recursos.

 

 

 

 

 

3. CAPACIDAD DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS.

Capacidad de solventar las incidencias o imprevistos que se presenten durante el desempeño del puesto de modo satisfactorio, incorporando soluciones creativas, rápidas y con satisfacción de las partes implicadas.

 

 

 

 

 

4. CONOCIMIENTOS TÉCNICOS.

Comprensión y aplicación de los conocimientos del puesto y técnicos necesarios para realizar correctamente el trabajo. Esto incluiría el conocimiento de procedimientos, técnicas, métodos, requisitos, instrumentos, materiales, características del lugar de trabajo, relaciones con otros puestos, y cualquier otro conocimiento necesario para desempeñar los cometidos del puesto con eficacia y eficiencia.

 

 

 

 

 

5. INICIATIVA.

Adoptar una actitud activa, proactiva, emprendedora y orientada hacia las actividades del trabajo, asumir nuevas responsabilidades y mostrar ingenio ante las situaciones inesperadas.

 

 

 

 

 

6. COMPROMISO CON LA ORGANIZACIÓN.

Identificación del empleado con los objetivos y valores de la Asamblea de Madrid como Institución de Servicio Público.

 

 

 

 

 

7. MANTENIMIENTO DEL RENDIMIENTO LABORAL.

Cumplimiento de las actividades, tareas y funciones propias del puesto en términos de la ejecución de lo que le ha sido encomendado, sin necesidad de supervisión continua. Capacidad de incorporación de adaptaciones y ajustes necesarios para evitar una disminución del rendimiento.

 

 

 

 

 

8. MANTENIMIENTO DE LA CALIDAD DE TRABAJO.

Interés, constancia y continuidad voluntarios en las acciones y actividades laborales desarrolladas, para lograr que el trabajo encomendado resulte de calidad. Valoración de la voluntad e iniciativa propia en el mantenimiento de la calidad con independencia del volumen de trabajo realizado.

 

 

 

 

 

9. USO ADECUADO DE LOS RECURSOS LABORALES.

Mantener en buen estado todo el material, instrumental y recursos (máquinas, herramientas, mobiliario, ordenadores, etc.) puestos a su disposición para la realización de las tareas del puesto de trabajo.

 

 

 

 

 

 

B) Iniciativa y Contribución para la Mejora de la Prestación del Servicio Público.

 

Se evaluará la participación voluntaria en programas de calidad, así como en grupos de expertos, equipos de trabajo para la modernización y, en general, la iniciativa y la presentación de propuestas de mejora organizacional -que deberán ser reconocidas como tal por el titular de la dirección del área correspondiente. En todo caso para obtener una valoración positiva en este bloque necesariamente deberá superar el apartado relativo a la ocupación efectiva del puesto de trabajo, asistencia al trabajo, tasas de absentismo y uso eficiente del tiempo.

El periodo a evaluar será en cómputo anual tomando como fecha de inicio la fecha inicial de cómputo de la nueva categoría profesional.

La puntuación mínima a alcanzar en este bloque será de 24 sin que pueda obtenerse menos de 2 puntos en alguno de los factores.

 

DIMENSIÓN EVALUABLE

1

2

3

4

5

1. PRODUCTIVIDAD.

Resultados del trabajo en términos del volumen de actividad y cantidad de lo realizado, así como de la calidad del mismo, lo que indica unos productos excelentes y/o unos servicios eficaces y eficientes.

 

 

 

 

 

2. CAPACIDAD DE APRENDIZAJE.

Capacidad para desarrollar estrategias de aprendizaje, adquirir nuevos conocimientos de modo rápido y eficiente y aprender de la experiencia para dar respuestas correctas y ajustadas a los problemas que se presentan en el trabajo y que puedan solucionarse mediante conocimientos.

 

 

 

 

 

3. CAPACIDAD DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS.

Capacidad de solventar las incidencias o imprevistos que se presenten durante el desempeño del puesto de modo satisfactorio, incorporando soluciones creativas, rápidas y con satisfacción de las partes implicadas.

 

 

 

 

 

4. MINUCIOSIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Precisión en la realización de las funciones del puesto, utilizando todos los medios y procedimientos tanto materiales como personales, para optimizar los resultados del trabajo propio. Esto incluye realizar el trabajo cuidadosamente, revisar las tareas y productos efectuados, prestar atención a los detalles y tener en cuenta las posibles consecuencias (calidad).

 

 

 

 

 

5. ESFUERZO Y PERSEVERANCIA.

Insistencia y constancia en la consecución de las tareas u objetivos asignados, poniendo empeño y energía en la realización de los mismos, independientemente de la dificultad de las tareas y objetivos.

 

 

 

 

 

6. COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN CON COMPAÑEROS.

Consideración hacia las personas, apoyo y respeto a los otros (colaboradores, compañeros, usuarios). Capacidad para escuchar activamente a las personas y manifestarles su estima y colaboración a pesar de puntos de vista contrarios.

 

 

 

 

 

7. COMPARTIR Y TRANSMITIR CONOCIMIENTOS.

Poner por propia iniciativa a disposición de los demás compañeros el conocimiento personalmente adquirido, formándolos, enseñándolos o asesorándolos en el mejor modo de realización de las tareas y responsabilidades que tienen encomendadas.

 

 

 

 

 

8. RITMO VOLUNTARIO EFICIENTE DEL TRABAJO.

Ritmo de trabajo adecuado, mostrando consistencia en dicho ritmo a lo largo de los periodos evaluados, sin oscilaciones importantes.

 

 

 

 

 

 

 

ASISTENCIA AL TRABAJO Y USO EFICIENTE DEL TIEMPO

 

Asistencia y utilización del tiempo de la jornada laboral de acuerdo a las normas y de modo eficiente. Puntualidad no mostrando un abandono voluntario de las responsabilidades, tareas y deberes del puesto y siendo puntual a la llegada y salida. Complimiento de los índices de absentismos fijados por la Mesa de la Cámara. El periodo a evaluar será por el año natural cuando éste sea completo o por la fracción de año, en el caso de que el inicio y final de la valoración de la categoría no corresponda con el primer día natural del mes de enero o el último día de diciembre, según corresponda.

FACTOR

% DE FACTOR OBTENIDO

% MÁMIMO AUTORIZADO MESA

CUMPLIMIENTO OBJETIVO SI/NO

RETRASO

 

2 %

 

ABSENTISMO

 

3 %

 

OLVIDO MARCAJE/FICHAJE

 

2 %

 

OLVIDO TARJETA

 

2 %

 

 

 

RETRASO.- El % del factor se obtendrá atendiendo al tiempo de retraso sobre el periodo de presencia obligatoria en el periodo a evaluar. Para el cumplimiento de este objetivo, el retraso no podrá ser superior al 2 % del número de horas de la jornada laboral. 

 

ABSENTISMO.- El % del factor se obtendrá atendiendo al número de jornadas no realizadas sobre los días laborales establecidos en el calendario laboral de cada año, aun cuando la ausencia se trate por permisos justificados. A este respecto no computará en dicha tasa:

- Las vacaciones anuales y permisos por asuntos propios

- Los permisos por exceso horario realizado por necesidades del servicio.

- Los permisos por formación.

- El permiso por matrimonio.

- Las ausencias médicas derivadas de una incapacidad laboral o las asistencias a especialistas de la Seguridad Social o privado en relación con consultas o pruebas médicas sobre una enfermedad crónica de larga duración acreditadas por un médico de la sanidad pública.

- Los permisos relacionados con situaciones especialmente protegidas como maternidad/ paternidad.

- Los derivados de un deber inexcusable y los relacionados con la conciliación de la vida personal y laboral.

- Por fallecimiento de cónyuge o familiar (padres, padres políticos, hijos, o hermanos).

- Por operación quirúrgica o enfermedad grave o muy grave, de cónyuge o familiar (padres, padres políticos, hijos o hermanos).

- Los recogidos en los apartados 14 y 15 del artículo 4.

El resto de los permisos o ausencias médicas sin parte de baja, computarán a estos efectos como tasa de absentismo. Para el cumplimiento de este objetivo, el absentismo no podrá ser superior al 3% del número de días que componga la jornada anual.

 

OLVIDO DE MARCAJE/FICHAJE.- El % del factor se obtendrá atendiendo al número de días en los que se produzca el olvido de marcaje, (a la salida o a la entrada), en relación con los días laborales establecidos en el calendario laboral de cada año. Para el cumplimiento de este objetivo la incidencia no podrá ser superior al 2 % del número de días que componga la jornada anual.

 

OLVIDO DE TARJETA.- El % del factor se obtendrá atendiendo al número de días en los que se produzca el olvido de tarjeta y no se produzca fichaje mediante tarjeta provisional. Para el cumplimiento de este objetivo, la incidencia no podrá ser superior al 2 % del número de días que componga la jornada anual.

 

El no cumplimiento de los objetivos de ASISTENCIA AL TRABAJO Y USO EFICIENTE DEL TIEMPO en el año objeto de evaluación, conllevará una carencia de tres meses en la consolidación de la nueva categoría de carrera profesional, siempre que en dicho periodo se cumplan con los objetivos marcados. Si en este tiempo de carencia no se alcanzaran los objetivos marcados se dará un nuevo plazo de 3 meses y en el caso de que tampoco se alcanzaran la evaluación, ésta ya no tendrá lugar hasta que transcurra un año desde el vencimiento del último plazo. Excepcionalmente y por una única vez en el periodo de 5 años de prestación del servicio, siempre que se hayan cumplido los objetivos fijados dentro de los t res meses iniciales de carencia, este tiempo computará igualmente para el siguiente año objeto de valoración.

 

C) Formación y Transferencia de Conocimientos.

 

VALORACIONES DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN Y ACTIVIDADES DE TRANSFERENCIAS Y DOCENCIA.

 

Se deberá obtener una puntuación mínima de 75 puntos para el periodo objeto de valoración de carrera administrativa.

 

Formación objeto de evaluación.

 

Se entiende por formación el conjunto de actividades que, a través del aprendizaje planificado, tienen como objetivo el mantenimiento y la mejora de la competencia profesional, con el fin de contribuir a mejorar el servicio público, el desarrollo profesional de los funcionarios de la Asamblea y la consecución de los objetivos estratégicos de la organización.

La Mesa de la Asamblea garantizará una oferta formativa que permita conseguir el cumplimiento de los requisitos para acceder a cada una de las categorías, determinando de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, aquellas actividades formativas evaluables para la carrera profesional sin perjuicio de que en cualquier momento se puedan organizar por el Parlamento los cursos que considere necesarios para su adecuado funcionamiento.

Estos planes de formación serán aprobados por la Mesa de la Cámara, y las acciones aquí recogidas serán cursos de formación gestionados u organizados directamente por la Asamblea de Madrid, así como los convocados, impartidos u homologados por escuelas de formación de personal de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra Administración pública, todos ellos relacionados con los cometidos propios del puesto desempeñado, con las tareas encomendadas al servicio o unidad administrativa de destino o con las funciones asignadas al cuerpo o escala de pertenencia.

En este sentido se valorarán, en su caso, los cursos organizados por las organizaciones sindicales y otras entidades promotoras al amparo de los acuerdos de formación para el empleo de las Administraciones públicas, así como los efectuados por entidades públicas relacionad as directamente con la actividad de la Asamblea de Madrid, debiéndose aprobar por la Mesa de la Asamblea si resultan o no evaluables a efectos de la carrera horizontal, en los mismos términos que los descritos en el párrafo anterior.

Los cursos o másteres universitarios se evaluarán siempre que guarden relación con la actividad de la Asamblea de Madrid en el ejercicio de sus competencias.

 

VALORACIÓN DE CURSOS DE FORMACIÓN

 

En el caso de que la valoración se realice exclusivamente mediante cursos de formación, deberá cumplirse el siguiente número mínimo de horas para el periodo de carrera administrativa objeto de valoración, asignando 75 puntos al llegar a ese mínimo, pudiendo obtener hasta 150 puntos atendiendo a la proporcionalidad establecida por este concepto:

-  Grupo A1 mínimo 100 horas por categoría profesional de acceso.

-  Grupo A2 mínimo 75 horas por categoría profesional de acceso.

-  Grupo B mínimo 60 horas por categoría profesional de acceso.

-  Grupo C1 mínimo 50 horas por categoría profesional de acceso.

-  Grupo C2 mínimo 40 horas por categoría profesional de acceso.

 

VALORACIÓN

 

GRUPO FUNCIONARIAL

NÚMERO DE HORAS

PUNTUACIÓN

 

FORMACIÓN

 

 

 

 

 

Transferencia de conocimientos.

 

Se entenderá por transferencia del conocimiento el conjunto de actividades realizadas por el personal, dirigidas tanto a la difusión del conocimiento técnico y organizativo como a la investigación, divulgación y desarrollo en materias propias de los distintos ámbitos profesionales de la Administración pública así como la participación en tribunales o comisiones de provisión de puestos de funcionarios públicos.

Serán objeto de evaluación en concepto de transferencias de conocimientos, entre otras, las siguientes actividades desarrolladas por los funcionarios:

A) Docencia, definida como la acción de impartir formación a personal de la Asamblea de Madrid y a otras empleadas y empleados públicos dentro de las acciones formativas organizadas por escuelas o institutos de formación de personal empleado público. Se incluyen cursos impartidos tanto bajo la modalidad presencial como en formación en línea. Asimismo se entenderá como docencia las actividades recogidas en el artículo 12. 2 a) y b) del Estatuto de Personal de la Asamblea.

B) Coordinación o participación en grupos de trabajo para la elaboración y puesta en práctica de un proyecto profesional sobre una temática de interés para la Asamblea de Madrid.

C) Difusión del conocimiento. Será objeto de evaluación la participación en congresos, jornadas y conferencias relacionadas con la actividad profesional e institucional, así como las publicaciones relacionadas con el ámbito de la Administración pública tanto en formato digital como en papel.

D) Participación en tribunales o comisiones de provisión de puestos de funcionarios públicos.

 

VALORACIÓN DE TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS.

 

En el caso de que la valoración se realice exclusivamente mediante transferencias de conocimientos, deberá obtenerse por este concepto la puntuación mínima de 75 puntos para el periodo de carrera administrativa objeto de valoración, pudiendo obtener una puntuación máxima de 150 puntos por este concepto.

 

1. Docencia en el periodo objeto de evaluación:

Asignando la siguiente puntuación a la docencia impartida por año académico.

- De 0 a 10 horas: 10 puntos.

- De 11 a 20 horas: 20 puntos.

- De 21 a 30 horas: 30 puntos.

- De 31 a 40 horas: 40 puntos.

- De 41 horas en adelante: 50 puntos.

 

2. Coordinación o participación en grupos de trabajo en el periodo objeto de evaluación.

- 20 puntos por coordinación de grupos de trabajo, hasta una puntuación máxima de 60 puntos.

- 10 puntos por participación en grupos de trabajo, hasta una puntuación máxima de 30 puntos.

 

3. Difusión del Conocimiento en el periodo objeto de evaluación:

- 50 puntos por cada publicación relacionada con la Administración parlamentaria, Administraciones públicas, la gestión del servicio público o la atención a la ciudadanía, con depósito legal y editadas por un organismo público.

 

4. Participación en tribunales o comisiones de provisión de puestos de funcionarios públicos en el periodo objeto de evaluación.

- 50 puntos por cada participación en Tribunales de selección.

- 30 puntos por cada participación en comisiones de provisión de puestos de trabajo.

 

VALORACIÓN

(Véase modelo en versión pdf)

 

ACUERDO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO SOBRE LA PROGRESIÓN EN EL SISTEMA DE CARRERA DEL PERSONAL AFECTADO POR LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

 

Para la progresión al CCPIII, del personal incluido en el apartado a), será necesario el cumplimiento de los objetivos referidos a formación y transferencia de conocimientos que se contempla en el Acuerdo de Mesa Regulador del Procedimiento de Evaluación del Desempeño. A estos efectos el plazo para el cumplimiento de estos objetivos finalizará el 31 de diciembre de 2022.

Las siguientes categorías profesionales se obtendrán con el cumplimiento de los parámetros de la evaluación del desempeño establecido mediante el Acuerdo de Mesa regulador.

La progresión al CCPII, del personal incluido en el apartado b), se realizará conforme a lo dispuesto en la mencionada Disposición Transitoria.

Las siguientes categorías profesionales se obtendrán con el cumplimiento de los parámetros de la evaluación del desempeño establecido mediante el Acuerdo de Mesa regulador, desde la fecha de efectos del referido Acuerdo hasta el vencimiento del próximo nivel de complemento de carrera.

La progresión al CCPI, del personal incluido en el apartado c), se realizará conforme a lo dispuesto en la mencionada Disposición Transitoria.

Las siguientes categorías profesionales se obtendrán con el cumplimiento de los parámetros de la evaluación del desempeño establecido mediante el Acuerdo de Mesa regulador, desde la fecha de efectos del referido Acuerdo hasta el vencimiento del próximo nivel de complemento de carrera.

 

DESCRIPCIÓN DE DIMENSIONES EVALUABLES RECOGIDAS EN EL ANEXO I DEL ACUERDO REGULADOR DE CARRERA PROFESIONAL

 

CAPACIDAD DE TOMA DE DECISIONES.

 

Capacidad de elegir entre varias alternativas posibles de acción de modo rápido y preciso. Esto implica conocer todas las posibles consecuencias y utilizar siempre como criterio de selección el cumplimiento de los objetivos del puesto.

 

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN.

 

Capacidad de establecer estrategias correctas para el desempeño eficaz del puesto, mediante el agrupamiento de actividades, establecimiento de prioridades en la realización de las tareas, utilización óptima del tiempo y de todos los medios y recursos.

 

CAPACIDAD DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS.

 

Capacidad de solventar las incidencias o imprevistos que se presenten durante el desempeño del puesto de modo satisfactorio, incorporando soluciones creativas, rápidas y con satisfacción de las partes implicadas.

 

CONOCIMIENTOS TÉCNICOS.

 

Comprensión y aplicación de los conocimientos del puesto y técnicos necesarios para realizar correctamente el trabajo. Esto incluiría el conocimiento de procedimientos, técnicas, métodos, requisitos, instrumentos, materiales, características del lugar de trabajo, relaciones con otros puestos, y cualquier otro conocimiento necesario para desempeñar los cometidos del puesto con eficacia y eficiencia.

 

PRODUCTIVIDAD.

 

Resultados del trabajo en términos del volumen de actividad y cantidad de lo realizado, así como de la calidad del mismo, lo que indica unos productos excelentes y/o unos servicios eficaces y eficientes.

 

CAPACIDAD DE APRENDIZAJE.

 

Capacidad para desarrollar estrategias de aprendizaje, adquirir nuevos conocimientos de modo rápido y eficiente y aprender de la experiencia para dar respuestas correctas y ajustadas a los problemas que se presentan en el trabajo y que puedan solucionarse mediante conocimientos.

 

MINUCIOSIDAD Y RESPONSABILIDAD.

 

Precisión en la realización de las funciones del puesto, utilizando todos los medios y procedimientos tanto materiales como personales, para optimizar los resultados del trabajo propio. Esto incluye realizar el trabajo cuidadosamente, revisar las tareas y productos efectuados, prestar atención a los detalles y tener en cuenta las posibles consecuencias (calidad). 

 

ESFUERZO Y PERSEVERANCIA.

 

Insistencia y constancia en la consecución de las tareas u objetivos asignados, poniendo empeño y energía en la realización de los mismos, independientemente de la dificultad de las tareas y objetivos.

 

INICIATIVA.

 

Adoptar una actitud activa, proactiva, emprendedora y orientada hacia las actividades del trabajo, asumir nuevas responsabilidades y mostrar ingenio ante las situaciones inesperadas. 

 

COMPROMISO CON LA ORGANIZACIÓN.

 

Identificación del empleado con los objetivos y valores de la Asamblea de Madrid como Institución de Servicio Público.

 

COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN CON COMPAÑEROS.

 

Consideración hacia las personas, apoyo y respeto a los otros (colaboradores, compañeros, usuarios). Capacidad para escuchar activamente a las personas y manifestarles su estima y colaboración a pesar de puntos de vista contrarios.

 

COMPARTIR Y TRANSMITIR CONOCIMIENTOS.

 

Poner por propia iniciativa a disposición de los demás compañeros el conocimiento personalmente adquirido, formándolos, enseñándolos o asesorándolos en el mejor modo de realización de las tareas y responsabilidades que tienen encomendadas.

 

MANTENIMIENTO DEL RENDIMIENTO LABORAL.

 

Cumplimiento de las actividades, tareas y funciones propias del puesto en términos de la ejecución de lo que le ha sido encomendado, sin necesidad de supervisión continúa. Capacidad de incorporación de adaptaciones y ajustes necesarios para evitar una disminución del rendimiento.

 

MANTENIMIENTO DE LA CALIDAD DE TRABAJO.

 

Interés, constancia y continuidad voluntarios en las acciones y actividades laborales desarrolladas, para lograr que el trabajo encomendado resulte de calidad. Valoración de la voluntad e iniciativa propia en el mantenimiento de la calidad con independencia del volumen de trabajo realizado.

 

USO ADECUADO DE LOS RECURSOS LABORALES.

 

Mantener en buen estado todo el material, instrumental y recursos (máquinas, herramientas, mobiliario, ordenadores, etc.) puestos a su disposición para la realización de las tareas del puesto de trabajo.

 

ASISTENCIA AL TRABAJO Y USO EFICIENTE DEL TIEMPO.

 

Asistencia y utilización del tiempo de la jornada laboral de acuerdo con las normas y de modo eficiente. Puntualidad no mostrando un abandono voluntario de las responsabilidades, tareas y deberes del puesto y siendo puntual a la llegada y salida. Cumplimiento de los índices de absentismos fijados por la Mesa de la Cámara.

 

RITMO VOLUNTARIO EFICIENTE DEL TRABAJO.

 

Ritmo de trabajo adecuado, mostrando consistencia en dicho ritmo a lo largo de los periodos evaluados, sin oscilaciones importantes.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[2].-           Señale en el recuadro correspondiente su valoración en las siguientes competencias y profesionalidad técnica, en una escala de 1 a 5, donde 1 indica la puntuación más baja y 5 la más alta.