RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2022, del
Rector de la Universidad de Alcalá, sobre delegación de competencias en la
persona titular del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y
Coordinación. ()
El
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece en su apartado 1 que Los órganos de las diferentes
Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que
tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean
jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de
Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.
El
artículo 23 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá dispone en su apartado
1 que Las competencias de los Vicerrectores serán las delegadas de forma
expresa por el Rector y las establecidas específicamente en los presentes
Estatutos. Podrán también tener competencias delegadas por parte del Consejo de
Gobierno.
Considerando
que por razones de eficacia y operatividad han de delegarse en la persona
titular del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Coordinación
determinadas competencias atribuidas estatutariamente al Rector, este
Rectorado, en aplicación de los preceptos anteriormente citados,
RESUELVE
Delegar
en la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y
Coordinación:
1. Todas
las competencias derivadas del establecimiento, dirección y coordinación de las
políticas universitarias en materia de sostenibilidad.
2. La
suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones
de intereses o pactos en materia de sostenibilidad.
La
entrada en vigor de la presente Resolución tendrá lugar el día 24 de junio de
2022, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en el Boletín Oficial de la Universidad de Alcalá.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.