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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 1679/2022, de 14 de junio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se acuerda la creación de la Facultad de Ciencias de la Educación y la reorganización de titulaciones entre la nueva Facultad y la Facultad de Estudios Sociales y Lenguas Aplicadas, en la Universidad Alfonso X el Sabio. ([1])

 

 

 

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 12.2, en relación con el artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en las universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la Universidad.

De conformidad con las normas de organización y funcionamiento de la Universidad, se aporta Certificación del Secretario del Consejo de Administración, por la que se acredita la adopción de este acuerdo en la sesión celebrada el 21 de febrero de 2022.

En este sentido, la Universidad Alfonso X el Sabio propone la creación de la Facultad de Ciencias de la Educación y la consecuente reestructuración de la adscripción de las titulaciones oficiales de Grado y Posgrado de la actual Facultad de Estudios Sociales y Lenguas Aplicadas, de modo que dichas titulaciones se impartan entre los dos centros.

El nuevo centro, Facultad de Ciencias de la Educación, se ubicará en el campus de Villanueva de la Cañada, avenida Universidad, sin número, 28691 Villanueva de la Cañada (Madrid), donde se localiza la actual Facultad de Estudios Sociales y Lenguas Aplicadas.

La presente propuesta ha sido informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 12 de mayo de 2022, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores,

 

DISPONGO

Primero. Creación de Facultad y reorganización de titulaciones

Acordar, a solicitud de la Universidad Alfonso X el Sabio, la creación de la Facultad de Ciencias de la Educación, así como la reorganización de las titulaciones que actualmente se imparten en la Facultad de Estudios Sociales y Lenguas Aplicadas, de modo que dichas titulaciones se impartan entre los dos centros.

Las titulaciones afectadas por la reorganización, que se adscriben y pasan a impartirse en la nueva Facultad de Ciencias de la Educación, son las siguientes:

 

CÓDIGO

RUCT

DENOMINACIÓN DEL TÍTULO

 

2501564

Graduado o Graduada en Maestro en Educación Infantil

2504198

Graduado o Graduada en Maestro en Educación Primaria

4317762

Máster Universitario en Atención a la Diversidad y Educación Inclusiva

4317547

Máster Universitario en Enseñanza de Español como Lengua Extranjera

4317357

Máster Universitario en Neuropsicología Educativa

4316769

Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y

Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas

4317223

Máster Universitario en Psicopedagogía

4316997

Máster Universitario en Tecnología Educativa y Competencias Digitales Docentes

------

Máster Universitario en Educación Bilingüe (título en trámite de verificación)

 

 

Segundo. Seguimiento y control del centro

La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce este acuerdo estará sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid. Para ello, la Universidad deberá comunicar a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores cualquier cambio respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga.

En cualquier caso, en la supervisión del centro se tendrán en cuenta fundamentalmente los requisitos previstos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, y los que, en su caso, haya podido establecer esta Comunidad Autónoma en ejercicio de sus competencias, y demás previstos en el ordenamiento jurídico.

El incumplimiento del contenido de la Orden podrá dar lugar a la revocación de este acuerdo.

 

Tercero. Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

 

Cuarto. Efectos de la Orden

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.

 

 



[1].-          BOCM de 22 de junio de 2022.

Téngase en cuenta la Orden 4312/2024, de 8 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda la modificación de la denominación de la Escuela Politécnica Superior y de la Facultad de Estudios Sociales y Lenguas Aplicadas, así como la redistribución de titulaciones entre ellas, de la Universidad Alfonso X el Sabio (BOCM de 22 de octubre de 2024).