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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de 4 de abril de 2022, de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, relativo a la edición de publicaciones en papel prevista en el apartado tercero del punto octavo, ʺCriterios para una actuación austeraʺ, del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos. ([1])

 

 

 

El Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, aprobó el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos. El punto octavo de dicho Acuerdo, ʺCriterios para una actuación austeraʺ, indica en su apartado tercero que ʺúnicamente se podrá promover la edición de publicaciones en papel cuando sean de temática cultural, tengan como finalidad la promoción de la Comunidad de Madrid o bien hayan sido autorizadas expresamente por la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicosʺ. En consecuencia, tras la publicación del referido Acuerdo, se vienen sometiendo al parecer de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, cualquier tipo de publicación, edición o elaboración de material impreso o documento con carácter previo a su edición en formato papel.

Al objeto de poder agilizar la gestión, se considera conveniente determinar qué tipo de publicaciones han de ser autorizadas de forma expresa e individualizada por la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, y cuáles son, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, susceptibles de ser delegadas en las consejerías proponentes, sin perjuicio de la obligación de informe posterior. A tal efecto, se delega en el titular de la Viceconsejería de Presidencia la aprobación del modelo de informe.

En su virtud, la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, previa deliberación en su reunión del día 4 de abril de 2022,

 

ACUERDA

 

Primero. Publicaciones en papel que deberán ser autorizadas de forma expresa e individualizada por la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos

 

En los términos del punto octavo, en su apartado tercero, del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, deberán ser sometidas a la autorización expresa e individualizada por la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos aquellas publicaciones en papel que consistan en documentos u objetos documentales tales como libros, revistas o publicaciones periódicas que trasciendan del mero folleto o impreso informativo.

 

Segundo. Cumplimiento para el resto de publicaciones de lo establecido en el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos

 

Se delega la autorización de las restantes publicaciones en papel no contempladas en el apartado anterior en los Viceconsejeros competentes por razón de la materia, o en los secretarios generales técnicos respecto a las publicaciones de las que sean promotores, que deberán velar por el cumplimiento del criterio para una actuación austera establecido en el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos.

Las Consejerías informarán a la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos con periodicidad semestral y a través de su propuesta de inclusión en el apartado VIII del índice de asuntos, del contenido, justificación de la edición en papel, importe y tirada de las publicaciones realizadas y cuya autorización se haya delegado.

[Por Acuerdo de 13 de febrero de 2023, de la Comisión de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos, se delega en las Secretarías Generales Técnicas la autorización de las ediciones de publicaciones en papel de las Direcciones Generales no adscritas a alguna Viceconsejería, previstas en el apartado tercero del punto octavo, ʺCriterios para una actuación austeraʺ, del Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el código ético de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos.]

 

Tercero. Delegación para la aprobación del modelo de informe

 

Se delega en el titular de la Viceconsejería competente en materia de Presidencia la aprobación del modelo de informe a través del cual las consejerías facilitarán la información a que se refiere el apartado anterior.

 

Cuarto. Publicación y efectos

 

El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, siendo aplicable el mismo día de su publicación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.

 

 



[1].-          BOCM 18 de abril de 2022.