RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2022, la Dirección General de Trasportes y
Movilidad, sobre delegación de determinadas competencias. ()
Por Resolución de 20
de septiembre de 2007, de la Dirección General de Transportes, se delegó en el
Jefe de Área de Inspección del Transportes de la Consejería de Transportes e
Infraestructuras de esta Comunidad Autónoma la facultad de incoar los
expedientes sancionadores que la normativa vigente atribuye a la citada
Dirección General.
Con el objeto de dar
continuidad al ejercicio de las competencias que este centro directivo tiene
atribuidas y evitar que se produzcan demoras en el inicio de los expedientes
sancionadores, se ha considerado necesario adecuar la delegación realizada
mediante la Resolución de 20 de septiembre de 2007, a la nueva organización
interna de la Dirección General.
En consecuencia, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y visto el artículo 52 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, esta Dirección General
RESUELVE
Primero
Delegar la facultar de
incoar los expedientes sancionadores que la normativa atribuye a esta Dirección
General en el Jefe de División de Inspección del Transporte de la Consejería de
Transportes e Infraestructuras de esta Comunidad Autónoma.
Segundo
En caso de vacante,
ausencia o enfermedad del Jefe de División de Inspección del Transporte, dicha
facultad será ejercida por la persona que desempeñe el cargo de la Subdirección
General de Transportes y Movilidad.
Tercero
Dejar sin efecto
cuantas resoluciones sobre delegación de competencias en el ámbito de la
Dirección General de Transportes y Movilidad se hayan dictado con anterioridad
y, en particular, la Resolución de 20 de septiembre de 2007, de la Dirección
General de transportes, sobre delegación de determinadas competencias.
Cuarto
Publicar la presente
resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.