RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2022, de la Dirección General de
Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de
Inspección de Sanidad para el año 2022. ()
La Orden 880/2020, de
24 de julio, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen los criterios
de actuación en materia de inspección sanitaria y se aprueba el Plan Integral
de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2020 a 2022,
aprobó, igualmente, en su Anexo III el Plan Integral de Inspección de Sanidad
para el año 2022.
Teniendo en cuenta las
especificidades de actualización requeridas para la aplicación de los programas
parciales de inspección de la Consejería de Sanidad durante el año 2022, de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la referida Orden, que
faculta a la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria para
adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma, así como de acuerdo
con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 922/2009, de 17 de diciembre,
por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del Plan
Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la composición y
funciones de la Comisión de Coordinación de las Inspecciones de la Consejería
de Sanidad, modificado por la Orden 747/2020, de 2 de julio, del Consejero de
Sanidad,
RESUELVO
Primero
Actualizar el Anexo
III de la Orden 880/2020, de 24 de julio, estableciendo los Programas de
Inspección de Sanidad a desarrollar durante el año 2022 y que, a continuación,
se relacionan:
1. Plan de inspección de la Dirección
General de Inspección y Ordenación Sanitaria
1.1. Plan Parcial de
Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.
Objetivo general: El
objetivo del plan es garantizar la eficiencia, calidad y seguridad de la
asistencia sanitaria que se presta a los ciudadanos, en todos los centros y
servicios sanitarios, tanto públicos como privados, en los establecimientos
sanitarios de óptica, y en los vehículos de transporte sanitario, asegurando el
cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a planta física, personal
y medios, así como las normas mínimas para su correcto funcionamiento.
1.1.1. Programas básicos de inspección.
1.1.1.1. Programa básico de inspección de centros, servicios y
establecimientos sanitarios.
Objetivo:
Comprobar que los centros, servicios y establecimientos sanitarios
reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente, previamente a la
concesión y/o renovación de sus distintos tipos de autorización.
1.1.1.2. Programa básico de inspección de vehículos para transporte
sanitario terrestre.
Objetivo:
Comprobar que los vehículos de transporte sanitario reúnen los
requisitos técnico-sanitarios previstos en la legislación vigente, previamente
a la emisión o renovación de su certificación técnico-sanitaria.
1.1.2. Programas de inspección de oficio.
Objetivo:
Garantizar que la asistencia prestada en los centros,
servicios y establecimientos sanitarios se lleva a cabo en condiciones de
seguridad para el usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
1.1.2.1. Programa de comprobación de la existencia y vigencia de la
autorización sanitaria de funcionamiento.
1.1.2.2. Programa de seguimiento del cumplimiento de los requisitos en
centros y servicios sanitarios que por su tipología u oferta asistencial
presentan mayor índice de riesgo para la salud de la población.
1.1.2.3. Programa de control de vehículos de transporte sanitario
terrestre.
1.1.2.4. Programa de inspección de denuncias y reclamaciones.
1.1.2.5. Programa específico de centros sanitarios autorizados para la
práctica de interrupción voluntaria del embarazo.
1.1.2.6. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los
requisitos técnico-sanitarios en clínicas dentales.
1.1.2.7. Programa específico para la prevención y control del
intrusismo, mediante comprobación de la veracidad de las plantillas de
profesionales durante el período de vigencia de la autorización sanitaria de
los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
1.1.2.8. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los
requisitos técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados por declaración
responsable.
1.1.2.9. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los
requisitos técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados o modificados por
silencio administrativo estimatorio.
1.1.2.10. Programa para garantizar la seguridad de los pacientes más
vulnerables. Valoración de los servicios sanitarios integrados en una
organización no sanitaria, ubicados en residencias de mayores y en centros de
día.
1.1.2.11. Programa específico de comprobación de la correcta
notificación y el mantenimiento de las condiciones de los desfibriladores
inscritos en el Registro madrileño de desfibriladores externos.
1.2. Plan Parcial de Inspección Sanitaria.
1.2.1. Integrar la
información estadística departamental de la Subdirección General.
Objetivos:
Redefinir los indicadores de actividad de la Inspección Sanitaria.
Desarrollar la herramienta informática que permita el seguimiento de
estos indicadores.
1.2.2. Programa de optimización de la gestión e
inspección de la Incapacidad Temporal.
Objetivos:
Desarrollar las agendas profesionales en el programa informático de
gestión de la Incapacidad Temporal ITWeb.
Continuar con el desarrollo de nuevas funcionalidades del programa
ITWeb para la mejora de la gestión de la Incapacidad Temporal y la
automatización de procedimientos de control.
Asesorar y formar a los profesionales implicados en la gestión de la
IT en la utilización del programa ITWeb como herramienta de gestión de la
Incapacidad Temporal.
Impartir formación teórica y práctica en materia de Incapacidad
Temporal a residentes de Medicina Familiar y Comunitaria y residentes de
Medicina y Enfermería del Trabajo.
Desarrollar en la Unidad de Valoración de Enfermedades Profesionales
de la Comunidad de Madrid (UVEP) la implementación de herramientas de
comunicación (informáticas, etc.) para la correcta captación y gestión de los
casos susceptibles de ser valorados con Enfermedad Profesional.
Desarrollar y monitorizar los programas específicos ya implantados
para el control de la Incapacidad Temporal del personal de los centros
dependientes de la Administración Regional.
1.2.3. Programa de optimización de la gestión del
visado farmacéutico.
Objetivos:
Comprobar la adecuación de la prescripción farmacéutica a los criterios
establecidos de indicación para aquellos medicamentos que requieren visado,
promoviendo, en su caso, la actualización de los criterios de uso de
determinados medicamentos y su visado.
Promover todas aquellas actuaciones que favorezcan la agilización y
homogeneización de los criterios para el visado en el Servicio Público de
Salud.
1.2.4. Programa de seguimiento y análisis de los
informes técnicos en materia de responsabilidad patrimonial derivada de la
asistencia sanitaria.
Objetivos:
Verificar el grado de realización de informes y la adecuación de los
tiempos de respuesta, fomentando el apoyo de otras áreas, adecuando los
recursos a la demanda, supervisando el circuito de tramitación interna,
detectando y evitando posibles ineficiencias.
Analizar el grado de concordancia de las conclusiones de los informes
con las resoluciones adoptadas y, en su caso, las sentencias judiciales
recaídas.
1.2.5. Programa de actualización y supervisión en
materia de reintegro de gastos.
Objetivos:
Avanzar en la informatización de los circuitos de tramitación interna
de los expedientes de reintegro de gastos.
Participar junto con el SERMAS en el grupo de trabajo constituido
para la mejora de la prestación ortoprotésica.
1.2.6. Programa de colaboración en la instrucción de
expedientes disciplinarios a personal sanitario dependiente del SERMAS.
Objetivos:
Dar respuesta a las peticiones de instructores formulada por la
Dirección general de recursos Humanos del SERMAS.
Analizar las causas que motivan el inicio de los expedientes y
proponer medidas de corrección y control.
1.3. Plan Parcial de Evaluación Sanitaria.
1.3.1. Programa de auditoría de centros y servicios
sanitarios del SERMAS.
Objetivos:
Auditoría de Calidad: A solicitud de la Subdirección General de Calidad,
y con la información que nos remite, se evalúa el cumplimiento de los objetivos
de calidad fijados a los centros hospitalarios por la Subdirección General de
Calidad.
Auditoría de adecuación de la prescripción farmacéutica: A
requerimiento de la Subdirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del
SERMAS, y con la priorización de fármacos que ella realiza y la información que
desde la misma se nos proporciona, se evalúa que la prestación farmacéutica en
los hospitales se realiza acorde con las directrices y protocolos establecidos
por el SERMAS.
Auditoría de terapias respiratorias domiciliarias: Comprobar el
cumplimiento de las instrucciones del SERMAS en la prestación de la terapia
respiratoria domiciliaria, así como las obligaciones de las entidades
suministradoras.
1.3.2. Programa de verificación del cumplimiento de
requisitos para acreditación docente para formación pregrado.
Objetivo:
Comprobar, a demanda de la Subdirección General de Formación y
Acreditación Docente Sanitaria, el cumplimiento de los requisitos necesarios
para la acreditación de centros que puedan ofrecer formación de grado en
Ciencias de la Salud y otras actividades de acreditación y evaluación en el
ámbito de la formación sanitaria en sus distintos niveles.
1.3.3. Programas de Verificación de Acuerdos
Marco/Contratos de Gestión convocados/adjudicados por el Servicio Madrileño de
Salud.
Objetivos:
Comprobar, a requerimiento de la Subdirección General de Contratación
del SERMAS, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Pliegos de
Prescripciones Técnicas (PPT) y Ofertas de Mejora por parte de los licitadores
en los concursos de servicios sanitarios.
Verificar que las condiciones de prestación del servicio por parte de
los centros se ajustan a lo estipulado en los Pliegos.
1.3.4. Programa de Auditoría de Seguridad del
paciente.
Objetivo:
De acuerdo al Decreto 4/2021 de Seguridad del paciente en centros y
servicios sanitarios de la Comunidad de Madrid, verificar el cumplimiento de
los requisitos recogidos en la Orden en centros sanitarios públicos o privados
ubicados en la Comunidad de Madrid con hospitalización, CMA, o plantilla de 90
o más profesionales sanitarios.
1.3.5. Programa de Evaluación de procesos y programa.
Objetivo:
Priorizando con el SERMAS los procesos y o programas cuyos
indicadores muestren desviaciones, evaluando los mismos en función de su
adecuación a los objetivos previstos, comparando la realidad con el estándar
para detectar problemas sobre los que actuar.
1.4. Plan parcial de Inspección y Ordenación
Farmacéutica.
1.4.1. Programa de garantía de las instalaciones de
las Oficinas de Farmacia, Botiquines, Depósitos de Medicamentos y Servicios de
farmacia.
Objetivo:
Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria,
que las instalaciones propuestas para las oficinas de farmacia, Depósitos de
medicamentos y Servicios de Farmacia, o las modificaciones que se realizan en
las estructuras inicialmente aprobadas reúnen los requisitos estructurales,
dotación, personal , medios y normas mínimas de funcionamiento, suficientes
para realización de la actividad sanitaria que normativamente tienen asignada,
con las debidas garantías para los usuarios.
1.4.2. Programa de idoneidad de las páginas web de las
oficinas de farmacia para la venta de medicamentos humanos no sujetos a
prescripción médica.
Objetivo:
Verificar, con carácter previo a su puesta en funcionamiento, que los
sitios web de las oficinas de farmacia para la venta de, medicamentos de uso
humano no sujetos a prescripción médica, reúnen las condiciones establecidas en
el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a
distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no
sujetos a prescripción médica.
1.4.3. Programa de evaluación del funcionamiento y de
la calidad del servicio prestado a los ciudadanos por las Oficinas de Farmacia.
Objetivo:
Inspección y seguimiento de la actividad desarrollada por las
oficinas de farmacia en todos los ámbitos de su competencia, incluida la
elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales,
control y supervisión de la gestión de medicamentos estupefacientes, la venta a
distancia de medicamentos a través de sitios web, con el fin de evaluar el
funcionamiento y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia
a los ciudadanos.
1.4.4. Programa de evaluación del acceso a la
prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
Objetivo:
Comprobar que el acceso de los usuarios a la prestación farmacéutica
se realiza con criterios terapéuticos y de uso racional del medicamento, en
condiciones de transparencia, calidad y eficiencia, en especial seguimiento a
colectivos sensibles bien por sus condiciones sanitarias o sociales.
1.4.5. Programa de control y seguimiento de la
prescripción y utilización de medicamentos dispensados a través de receta
médica oficial del SNS.
Objetivo:
Con base en los índices de prescripción, su ajuste a protocolos de
tratamiento por patologías y a criterios de eficiencia, analizar y controlar la
prescripción de los médicos autorizados a prescribir en receta oficial.
1.4.6. Programa de control de la dispensación de
medicamentos en oficinas de farmacia.
Objetivo:
Verificar que la dispensación de medicamentos en general, y de
aquellos medicamentos diana en particular, se realiza en el marco de la
legislación vigente, con especial atención a medicamentos susceptibles de
desvío a otros usos, sometidos a condiciones especiales de seguimiento y
control por sus características terapéuticas o sobre los que se hayan detectado
pautas inusuales en la distribución.
1.4.7. Programa de detección, análisis y control de la
facturación de las oficinas de farmacia a la Consejería de Sanidad.
Objetivo:
Detección de incidencias, análisis y esclarecimiento de las
circunstancias que motivan la dispensación y facturación a través de recetas
oficiales con prescripciones contrarias al uso racional de los medicamentos y a
la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.
1.4.8. Programa de seguimiento de la utilización
fraudulenta de recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud.
Objetivo:
Detectar, analizar y controlar la obtención de medicamentos
susceptibles de desvío a usos no terapéuticos, utilizando como soporte, de
manera fraudulenta, la receta oficial del SNS.
1.4.9. Programa de tramitación de Denuncias y
Reclamaciones.
Objetivos:
Comprobar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios
en relación con la atención farmacéutica prestada en las oficinas de farmacia.
Comprobar las posibles irregularidades denunciadas en relación con el
acceso a la Prestación Farmacéutica tanto a nivel de médico prescriptor como de
oficina de farmacia en que se realiza la dispensación.
1.4.10. Programa de control de mercado de los
medicamentos de uso humano.
Objetivos:
Supervisar la calidad de los medicamentos de uso humano desde su
puesta en el mercado hasta la dispensación al usuario.
Participar en el programa de control de mercado de medicamentos de la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Controlar que las condiciones de almacenamiento, conservación,
transporte y entrega al destinatario por parte de las entidades distribución de
los medicamentos de uso humano se realiza conforme a la normativa vigente y a
las directrices sobre buenas prácticas de distribución.
Gestionar la toma de muestras de medicamentos de uso humano objeto de
denuncia por parte de pacientes, oficinas de farmacia y servicios de farmacia
hospitalaria.
1.4.11. Programa de control de medicamentos
falsificados e ilegales.
Objetivos:
Detectar la comercialización de medicamentos falsificados y
medicamentos ilegales que podrían suponer un riesgo para la salud de la
población por su uso individual y/o concomitante con otros medicamentos.
1.4.12. Programa de control de la producción de plasma
rico en plaquetas (PRP).
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad en la
producción de PRP.
Comprobar que la prescripción, elaboración y utilización de PRP cumple
la normativa vigente, incluida la prohibición de su publicidad.
1.4.13. Programa de evaluación de las Unidades de
radiofarmacia.
Objetivos:
Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de las
Unidades de radiofarmacia en la Comunidad de Madrid y su adecuación a la
normativa vigente.
Supervisar la adecuada gestión de los radiofármacos, en lo relativo a
su adquisición, conservación, preparación y control.
1.4.14. Programa de control de pautas de venta
inusuales de medicamentos por las entidades de distribución.
Objetivos:
Verificar que los distribuidores mayoristas controlan e investigan
pautas inusuales en sus ventas de medicamentos y especialmente de los
medicamentos susceptibles de desvío o uso indebido.
Verificar las comunicaciones de sospecha de uso indebido o desvío a
la autoridad sanitaria competente por parte de dichos distribuidores
mayoristas.
Gestionar la información facilitada por las entidades de distribución
para el control de las pautas de venta inusuales.
1.4.15. Programa de inspección de cumplimiento de
Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) en estudios no clínicos.
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de normas BPL en los laboratorios que
realizan estudios no clínicos y comprobar que estos estudios se realizan
conforme a dicha normativa.
1.4.16. Programa de control de la distribución e
intermediación de medicamentos de uso humano y de los principios activos para
su fabricación.
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de
medicamentos de uso humano.
Verificar el cumplimiento de la normativa relativa a la distribución
e importación de principios activos para la fabricación de medicamentos de uso
humano.
1.4.17. Programa de inspección y control de la
publicidad de medicamentos y productos sanitarios.
Objetivos:
Vigilar que la publicidad de medicamentos, en todas sus modalidades,
cumpla con las exigencias legales establecidas.
Verificar que la información y promoción de medicamentos dirigida a
los profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o dispensarlos está
de acuerdo con la información técnica y científica autorizada y es rigurosa,
bien fundada y objetiva, no induce a error y se ajusta a la ficha técnica.
Planificar la visita médica de forma que no obstaculice la atención a
pacientes ni actividades formativas o de investigación de los profesionales
sanitarios, para lo que se solicitará a los centros sanitarios la actualización
de su oferta de horarios para esta actividad.
Comprobar que los medios audiovisuales o de cualquier otra naturaleza
que actúan como soportes válidos de publicidad de medicamentos se dirigen
exclusivamente a profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o
dispensarlos y tienen carácter científico o profesional y que, en los
financiados por laboratorios farmacéuticos o entidades relacionadas con los
mismos, se especifica esta circunstancia.
Verificar que las ofertas de premios, becas, contribuciones y
subvenciones a reuniones, congresos, viajes de estudio y actos similares por
laboratorios farmacéuticos se aplican exclusivamente a actividades de índole
científica cuando sus destinatarios sean profesionales sanitarios o las
entidades en que se asocian y que la hospitalidad ofrecida cumpla los
requisitos legales.
Comprobar que los datos contenidos en los índices anuales presentados
por los laboratorios farmacéuticos son acordes con las comunicaciones de
publicidad, soportes válidos y visitas médicas efectuadas en el año anterior,
así como con los datos de transferencias de valor que publica Farmaindustria.
Evaluar, directamente o mediante la participación activa en la
Comisión Técnica de Coordinación de la Información, los mensajes sanitarios
dirigidos al público garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en
materia de publicidad de medicamentos.
Evaluar los mensajes publicitarios de productos sanitarios dirigidos
al público previamente a otorgar la correspondiente autorización sanitaria
comprobando que sea objetiva, veraz y cumpla con las exigencias legales
establecidas.
Vigilar que la promoción y publicidad de productos sanitarios cumpla
con las exigencias legales establecidas.
1.4.18. Programa de inspección de cumplimiento de
Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en el marco de la investigación con
medicamentos.
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y las normas de
BPC en el desarrollo de la investigación con medicamentos para garantizar la
protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los participantes.
Verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios
exigibles para la Certificación de unidades de fase I de investigación clínica.
Verificar el cumplimiento de requisitos para la acreditación de
Comités de ética de la investigación con medicamentos conforme a lo establecido
en su normativa específica.
1.4.19. Programa de control y seguimiento de alertas
farmacéuticas.
Objetivos:
Seguimiento de las medidas adoptadas en las alertas farmacéuticas
generadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en
relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos,
productos sanitarios o cosméticos.
Verificar que las empresas, cuyos productos están afectados por
alertas farmacéuticas, disponen del procedimiento adecuado para dar
cumplimiento a las medidas adoptadas ante el conocimiento de defectos o riesgos
potenciales para la salud de la población.
1.4.20. Programa de la distribución, dispensación y
utilización de medicamentos veterinarios.
Objetivos:
Control de la distribución, almacenamiento y trazabilidad, publicidad
y dispensación de medicamentos veterinarios, incluida la venta de medicamentos
veterinarios a través de internet o por correspondencia.
Control del funcionamiento de los botiquines de medicamentos en
centros veterinarios, así como seguimiento de la utilización de medicamentos de
prescripción excepcional por vacío terapéutico.
Control de los gases medicinales en el ejercicio profesional
veterinario y sus depósitos.
Control de la adquisición de medicamentos no autorizados en España y
autorizados en la Unión Europea y su comunicación por vacío terapéutico.
1.4.21. Programa de inspección y control de productos
sanitarios y productos cosméticos.
Objetivos:
Supervisar la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para
verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación o
importación.
Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización
sanitaria, que los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los
requisitos establecidos para el inicio o renovación de la actividad solicitada.
Comprobar la existencia y vigencia de las autorizaciones sanitarias
de fabricantes a medida.
Supervisar el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia
de los productos sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias
contempladas en su normativa específica.
Supervisar que los establecimientos sanitarios de ortopedia y
audioprótesis comunicados se adecúan a los requisitos previstos en la
legislación vigente.
Comprobar que la venta por internet de productos sanitarios cumple la
normativa vigente.
Detectar incidentes potenciales con productos sanitarios mediante la
notificación por profesionales sanitarios para su control o evaluación por el
Sistema de Vigilancia de Productos Sanitarios.
Detectar a través de comunicaciones de consumidores, usuarios y
profesionales de la salud, efectos no deseados o ingredientes no permitidos o
sujetos a restricción relacionados con el uso de productos cosméticos o de
cuidado personal.
1.4.22. Programa de inspección y control de denuncias
y reclamaciones en materia de productos sanitarios y cosméticos.
Objetivo:
Verificar los hechos denunciados sobre posibles incumplimientos de
los requisitos establecidos en la normativa específica relacionados con establecimientos
de venta con adaptación individualizada, y con la comercialización de productos
sanitarios y cosméticos.
2. Plan de Inspección de la Dirección
General de Salud Pública
2.1. Plan parcial de
inspección en Sanidad Ambiental.
Objetivo general:
Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de
vigilancia, inspección y control de los factores ambientales en la Comunidad de
Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.
2.1.1. Programa de Inspección y control del agua de consumo
humano y uso recreativo de la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a
través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la
inspección y toma de muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas,
piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.
2.1.2. Programa de Seguridad Química.
Objetivo:
Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección y
auditoría del cumplimiento de la normativa europea en las empresas de productos
químicos de la CM (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos
(REACH); materiales en contacto con alimentos; biocidas y consumidor final:
detergentes, pinturas, etc.
2.1.3. Programa de Prevención y control de
legionellosis.
Objetivo:
Minimizar el riesgo de transmisión de legionellosis mediante la
inspección, auditoría y toma de muestras, principalmente en: Instalaciones
intercambiadoras de calor que emiten aerosoles (torres de refrigeración y
condensadores evaporativos). Los sistemas de agua caliente sanitaria en
establecimientos de uso colectivo, especialmente en los considerados de riesgo,
residencias de mayores y hoteles. Pulverizadores de agua al ambiente y en spas.
En instalaciones con antecedentes de riesgo o que tengan malas condiciones
higiénico-sanitarias.
2.1.4. Programa de gestión de alertas y brotes de
Sanidad Ambiental en la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental
referentes a establecimientos, empresas, instalaciones y productos.
2.1.5. Programa de Evaluación del impacto ambiental en
salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 2/2012 de
Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
Evaluar los potenciales impactos ambientales en salud de actividades
y proyectos, conforme a la normativa medioambiental vigente.
2.1.6. Programa de calidad del ambiente interior.
Objetivos:
Control de la ventilación de ambientes interiores y mediciones de
niveles de CO2.
Evaluar el potencial peligro de contaminantes en el ambiente
interior.
2.1.7. Programa de vigilancia de la calidad del aire.
Objetivos:
Vigilar la concentración de polen atmosférico y esporas fúngicas en
la atmósfera mediante el análisis continuo de sus niveles, por medio de
captadores distribuidos por la Región, difundiendo la información polínica a la
población general, a la población de riesgo y a los profesionales sanitarios
con el fin de minimizar el riesgo y facilitar el abordaje de los problemas de
salud derivados de las alergias al polen.
Vigilar la exposición a la contaminación atmosférica (Ozono
troposférico O3, Dióxido de nitrógeno NO2 y otros
contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema asistencial
sanitario y socio sanitario y facilitar el tratamiento y seguimiento de
patologías asociadas.
2.1.8. Programa de vigilancia de otros factores de
riesgo ambiental.
Objetivos:
Vigilar los extremos térmicos, dentro del Plan de Vigilancia y
Control de los Efectos de las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control
de los Efectos del Frío en la Salud en la Comunidad de Madrid, al objeto de
prevenir y minimizar los efectos nocivos de las temperaturas extremas en la
salud.
Vigilar los campos electromagnéticos procedentes de estaciones base
de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las
demandas de información de los ciudadanos relacionadas con su preocupación ante
posibles riesgos para la salud.
2.1.9. Programa de Prevención y Vigilancia de Zoonosis
en fauna silvestre y animales domésticos.
Objetivos:
Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las
zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de
muestras en animales domésticos y fauna silvestre (hidatidosis/echinococosis,
rabia, parásitos gastrointestinales zoonósicos, tularemia, psitacosis, etc.).
Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a
través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la
inspección a instalaciones con actividad de Granja Escuela.
Evaluar los resultados de la vigilancia y proponer estrategias de
control para estas enfermedades.
Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de
educación sanitaria.
2.1.10. Programa de vigilancia y control de vectores y
otros agentes biológicos con interés en Salud Pública.
Objetivos:
Prevenir enfermedades infecciosas causadas por virus, bacterias,
protozoos y parásitos, que supongan un riesgo o una amenaza para la salud de la
población, transmitidas a través de vectores como mosquitos, garrapatas,
pulgas, etc.
Prevenir efectos en la salud de la población debidos a agentes
biológicos como Simúlidos (mosca negra), procesionaria del pino, etc.
Establecer una red de vigilancia entomológica y control
sanitarioambiental de vectores con interés en salud pública en la Comunidad de
Madrid.
Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la
aparición de una alerta por vectores transmisores de enfermedades con interés
en salud pública.
Coordinar las actuaciones en materia de control vectorial y
prevención de enfermedades transmitidas por vectores.
Colaborar con la administración competente y con las asociaciones de
sanidad ambiental, en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y
programas de control de plagas a nivel local.
Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de
educación sanitaria.
Subprogramas:
1. Mosquito tigre (Aedes albopictus).
2. Simúlidos (mosca negra).
3. Garrapatas.
4. Flebotomos.
Este subprograma desarrolla los siguientes objetivos:
Vigilancia epidemiológica de la Leishmaniasis como enfermedad
endémica regional y de declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de
Madrid.
Vigilancia del reservorio (animales de domésticos y fauna silvestre),
así como del vector (flebotomo).
Coordinar actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de
saneamiento.
Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de
educación sanitaria.
2.1.11. Programa de Sistema de Información Geográfica
de Indicadores de Salud (SIGIS).
Objetivos:
Elaborar, mantener y mejorar las herramientas geoespaciales que
apoyan las tareas de la Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria
y Ambiental.
Capacitar a técnicos de cualquier nivel en el uso de datos y
tecnología geoespacial.
Identificar y dar respuesta a las necesidades y demandas de la
Dirección General de Salud Pública en materia geoespacial y de mapas,
promoviendo mejoras y desarrollos futuros.
2.2. Plan parcial de inspección de Sanidad Mortuoria.
Objetivo general:
Contribuir a minimizar los riesgos derivados de la actividad funeraria mediante
la auditoria documental, la inspección de servicios funerarios y el
asesoramiento a las instituciones con competencias en materia de sanidad
mortuoria.
2.2.1. Programa de control de actividades y empresas
funerarias.
Objetivos:
Comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias,
funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de
prácticas tanatológicas.
Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones
higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y
empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con
competencias en la materia.
2.3. Plan Parcial de inspección en Salud Laboral.
2.3.1. Programa de Salud Laboral.
Objetivos:
Verificar que los servicios de prevención ajenos, sociedades de
prevención y entidades auditoras reúnen, en materia sanitaria, los requisitos
previstos en la legislación vigente para obtener su acreditación por la
autoridad laboral.
Vigilar, analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios
para prevenir accidentes con riesgo biológico de sus trabajadores.
Vigilar, analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios
para prevención y control de accidentes con riesgo biológico del personal que
trabaja en dichos centros.
2.4. Plan parcial de inspección calidad alimentaria.
Objetivo general: Contribuir
a prevenir el fraude alimentario y garantizar la calidad alimentaria de los
productos alimenticios y su publicidad, desde la producción hasta el consumo,
mediante la vigilancia y el control de los establecimientos y servicios, así
como el derecho del consumidor a recibir una información veraz en los alimentos
que consume.
2.4.1. Programa de control de la calidad alimentaria
de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de
Madrid.
Objetivos:
Inspeccionar la calidad de los productos alimenticios para la
prevención del fraude y la protección del consumidor en el ámbito alimentario,
mediante la vigilancia y control de establecimientos y productos verificando su
identidad, peso, composición o trazabilidad, entre otros, en las distintas
fases de la cadena alimentaria.
Analizar e inspeccionar grupos de alimentos en los lineales de
distribución y venta de productos alimenticios para prevenir el fraude,
adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimientos.
2.4.2. Programa de control de la publicidad engañosa
de los productos alimenticios producidos y/o comercializados en la Comunidad de
Madrid.
Objetivos:
Vigilar y controlar las indicaciones obligatorias y/o voluntarias,
así como los mensajes nutricionales y de propiedades saludables de los
alimentos para asegurar el derecho de los consumidores a recibir una
información veraz mediante la evaluación:
Del etiquetado de los alimentos.
De la información incluida en las páginas web.
La publicidad incluida en los folletos y/o carteles donde se
publiciten.
La publicidad incluida en los medios de difusión escritos
(periódicos, revistas).
2.5. Plan parcial de Inspección en Higiene y Seguridad
Alimentaria.
Objetivo general:
Prevenir las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las
personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria, a través
del control oficial de establecimientos alimentarios y alimentos.
2.5.1. Programa de inspección y apoyo al control
oficial.
Objetivos:
Reducir la aparición de riesgos para la salud de las personas
mediante la realización de inspecciones de los establecimientos alimentarios y
de las empresas de transporte de alimentos en base a criterios de riesgo, con
el fin de comprobar el cumplimiento de la legislación.
Realizar inspecciones de seguimiento de los incumplimientos
detectados en los establecimientos alimentarios.
Realizar inspecciones ante los brotes de toxiinfección alimentaria y
denuncias en materia de seguridad alimentaria.
Realizar inspecciones para la inscripción y/o autorización en el
Registro Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
2.5.2. Programa de implantación de sistemas de
autocontrol.
Objetivos:
Verificar mediante auditorías que los establecimientos alimentarios
cumplen los requisitos de higiene mediante la implantación de sistemas de
autocontrol basados en los principios del APPCC.
Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria propuestos por
asociaciones sectoriales, entidades y empresas de las que dependen colectivos
de establecimientos alimentarios.
Fomentar la implantación de sistemas de autocontrol basados en los
principios del APPCC en las pequeñas empresas siguiendo criterios de
flexibilidad.
2.5.3. Programa de control oficial de mataderos.
Objetivos:
Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección
ante mortem e inspección post mortem de los animales destinados a consumo
humano.
Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la
legislación aplicable en relación con el estado de limpieza de los animales, su
documentación de traslado e información sobre cadena alimentaria, su estado de
salud y su identificación.
Controlar los aspectos del bienestar animal en la estabulación y en
el sacrificio.
Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el
Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son
introducidos en la cadena alimentaria.
2.5.4. Programa de control oficial de establecimientos
de manipulación de caza silvestre y salas de tratamiento de reses de lidia.
Objetivos:
Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección
post mortem de los animales destinados a consumo humano.
Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el
Material Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son
introducidos en la cadena alimentaria.
2.5.5. Programa de control de la información y la
composición alimentaria.
Objetivos:
Mejorar el cumplimiento de la legislación a fin de que los productos
alimenticios destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la
información de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales.
Reducir la aparición de riesgos derivados de una incorrecta información
de alimentos entregados al consumidor final.
Reducir la aparición de riesgos derivados del uso incorrecto de
ingredientes tecnológicos presentes en los alimentos, de tratamientos de
irradiación no autorizados y de OMG no autorizados o declarados en el
etiquetado.
Reducir la aparición de riesgos vinculados a la presencia de gluten y
de alérgenos no declarados en los alimentos de acuerdo con la normativa
vigente.
Reducir la aparición de riesgos para la salud de las personas
vinculados al consumo de complementos alimenticios y de productos destinados a
una alimentación especial.
2.5.6. Programa de gestión de alertas alimentarias en
la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
Prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de las personas
derivados de situaciones en las que exista un riesgo alimentario potencial o
declarado y que sean notificadas a nivel nacional dentro del Sistema Coordinado
de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).
Realizar actuaciones con motivo de la notificación de alertas
alimentarias.
Realizar actuaciones con motivo de la notificación de expedientes de
tipo información/varios.
2.5.7. Programa de vigilancia y control de
contaminantes y residuos en alimentos.
Objetivos:
Verificar los criterios microbiológicos y otras normas sanitarias en
alimentos.
Vigilar los agentes zoonóticos y otros agentes causantes de brotes en
alimentos.
Vigilar las resistencias antimicrobianas de agentes zoonóticos
alimentarios.
Verificar mediante análisis la composición de alimentos y las
migraciones de materiales en contacto.
Controlar los contaminantes en productos alimenticios.
Controlas los residuos de plaguicidas en alimentos.
Controlar los medicamentos veterinarios y otras sustancias en
alimentos de origen animal (PNIR).
2.5.8. Programa de control de requisitos de salud
pública para la exportación de alimentos.
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigidos
por las autoridades sanitarias de países terceros a los alimentos exportados
desde empresas de la Comunidad de Madrid.
Gestionar las solicitudes de autorización de establecimientos para
exportación de productos alimentarios a países terceros.
Emitir certificados sanitarios de exportación que acompañan a los
alimentos.
Emitir certificados de libre venta.
Gestionar las solicitudes relacionadas con la información recibida a
través de TRACES (reetiquetados, rechazos, reimportaciones
).
2.5.9. Programa de auditoría de los sistemas de
control en seguridad alimentaria.
Objetivo:
Verificar mediante auditoría interna si los programas, actividades y
documentos de Control Oficial en materia de Seguridad Alimentaria son adecuados
para alcanzar los objetivos fijados por la legislación y el Plan Regional de
Control de la Seguridad Alimentaria.
2.6. Plan parcial de autorizaciones y registros en el
ámbito de la Salud Pública.
Objetivo general:
Contribuir a minimizar los riesgos derivados de las actividades sometidas a
control mediante la inscripción en los Registros de Empresas y Establecimientos
de Salud Pública y garantizar el mantenimiento de la información actualizada
sobre las mismas.
2.6.1. Programa de gestión de las Autorizaciones y
Registros de empresas, establecimientos y servicios en el ámbito de la salud
pública.
Objetivos:
Dar cumplimiento al marco normativo sobre el mantenimiento de los
registros de:
Empresas y Establecimientos Alimentarios.
Establecimientos y Servicios Biocidas.
Laboratorios de análisis de alimentos y aguas.
Establecimientos de adorno corporal (tatuajes, piercing y
micropigmentación).
Centros de bronceado mediante radiaciones UVA.
Centros de formación de aplicadores biocidas, adorno corporal y rayos
UVA.
Realizar inspecciones para la inscripción inicial (laboratorios de productos
alimenticios y aguas), por demanda de los ayuntamientos sin servicios de
inspección (centros de adorno corporal) o por denuncias (centros de adorno
corporal y bronceado).
2.7. Plan parcial de Inspección en materia de alcohol
y tabaco.
Objetivo general:
Desarrollar las acciones de control y verificación del cumplimiento de la
legislación en lo referente a la promoción, publicidad, venta, suministro y
consumo de bebidas alcohólicas y productos del tabaco.
2.7.1. Programa de control del cumplimiento de la
normativa vigente en materia de alcohol y tabaco en establecimientos abiertos
al público (comercio, restauración, espectáculos públicos, de ocio, etc.).
Objetivos:
Verificar que la venta, suministro de bebidas alcohólicas y productos
del tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la
normativa vigente respecto a la venta, suministro de bebidas alcohólicas y
productos del tabaco a los menores de dieciocho años.
Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la
prohibición de consumo de los productos del tabaco en los establecimientos de
cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.
Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la instalación y
funcionamiento de máquinas expendedoras de productos del tabaco.
2.7.2. Programa de inspección y control de denuncias
recibidas en relación con el incumplimiento de la normativa vigente en materia
de alcohol y tabaco.
Objetivos:
Verificar los hechos denunciados en relación con la venta, suministro
y consumo de bebidas alcohólicas y productos del tabaco en aquellos lugares
donde la normativa vigente lo prohíba.
Verificar el cumplimiento de la legislación en materia de promoción y
publicidad de alcohol y productos del tabaco.
Comprobar el cumplimiento de las medidas de autocontrol y
autolimitación de las empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y productos
del tabaco.
2.7.3. Programa de control del cumplimiento de la
normativa vigente en materia de alcohol y tabaco en el ámbito de las
Administraciones Públicas sitas en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos
del tabaco en las Administraciones Públicas.
Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en
cuanto a la información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas
alcohólicas y productos del tabaco.
2.7.4. Programa de control del cumplimiento de la
normativa vigente en materia de alcohol y tabaco en los centros y servicios
sanitarios.
Objetivos:
Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos
del tabaco en los centros sanitarios.
Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en
cuanto a la información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas
alcohólicas y productos del tabaco.
2.7.5. Programa de control del cumplimiento de la
normativa vigente en materia de alcohol y tabaco en centros docentes,
universitarios, formativos e instalaciones deportivas.
Objetivo:
Verificar la aplicación de la legislación vigente en materia de
promoción, publicidad, consumo, venta y suministro de bebidas alcohólicas y
productos del tabaco en los citados centros.
Segundo
La presente
actualización del Plan de Inspección para 2022 se publicará en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y entrará en vigor al día siguiente al de
dicha publicación.
Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo.
Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.