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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de 11 de octubre de 2021, de la Mesa de la Asamblea, por el que se efectúa delimitación competencial de la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones con las Comisiones sectoriales competentes por razón de la materia. ([1])

 

 

 

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 11 de octubre de 2021, en su función de interpretación del Reglamento, en los casos de duda, y su suplencia, en los casos en que se aprecie alguna omisión y resulte necesario cumplimentar la laguna, conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 49.1.c) del Reglamento, acuerda ratificar y asumir el criterio de calificación adoptado por acuerdos de este órgano rector de fechas 6 de marzo de 2017 y 25 de julio de 2019; dando traslado a los miembros de la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones.

 

“La Mesa acuerda efectuar la siguiente delimitación competencial de la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones con las Comisiones sectoriales competentes por razón de la materia:

 

La Comisión de Vigilancia de las Contrataciones ejercerá la competencia de control de la labor del Gobierno en relación con el análisis y verificación jurídica de los expedientes contractuales en cuanto a la selección del contratista y la adjudicación del contrato, de conformidad con la legislación vigente en materia de contratación del Sector Público. Será competente, asimismo, para analizar, en su caso, la Memoria anual de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.”