RESOLUCIÓN 342/2021, de 13 de septiembre, de la
Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Dirección General del
Servicio Madrileño de Salud, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias en materia de contratación y de gestión económico-presupuestaria. ()
Tras la entrada en
vigor del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid; el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid, y dentro del ámbito de actuación
respecto del ejercicio de determinadas competencias en el Servicio Madrileño de
Salud que le han sido atribuidas de conformidad con el artículo 55 de la Ley
9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2019, en relación con el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece los criterios de la prórroga
automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019
hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021; y artículos
6.2 y 23.2.f) del Decreto
24/2008, del Consejo de Gobierno, de 3 de abril, por el que se regula el
régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud; en los
términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVE
Primero.- Delegación en los Directores Gerentes de los Centros
de Atención Hospitalaria adscritos al Servicio Madrileño de Salud, Centro de
Transfusión y en el Director Gerente del SUMMA-112
1. Delegar en los
Directores Gerentes de los Centros de Atención Hospitalaria adscritos al
Servicio Madrileño de Salud, Centro de Transfusión y en el Director Gerente del
SUMMA-112 la adopción de los actos y operaciones correspondientes a la
ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de su centro de gestión.
2. Delegar en los
Directores Gerentes de los Centros de Atención Hospitalaria adscritos al
Servicio Madrileño de Salud, Centro de Transfusión y en el Director Gerente del
SUMMA-112 la celebración de contratos, así como sus modificaciones, que
correspondan a su centro de gestión, cuando su cuantía no exceda de 3.000.000
de euros, previa autorización del titular de la Viceconsejería de Asistencia
Sanitaria y Salud Pública y de la Dirección General del Servicio Madrileño de
Salud cuando exceda de 1.200.000 euros y la tramitación de los recursos que se
interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación,
efectos y extinción.
Segundo.- Delegación
en el Gerente Asistencial de Atención Primaria
1. Delegar en el
Gerente Asistencial de Atención Primaria, la adopción de los actos y
operaciones correspondientes a la ejecución del presupuesto de gastos e
ingresos de sus centros de gestión cuando su cuantía sea superior a 200.000
euros.
2. Delegar en el
Gerente Asistencial de Atención Primaria, la celebración de contratos, así como
sus modificaciones, que correspondan a sus centros de gestión, cuando su
cuantía sea superior a 200.000 euros y no exceda de 3.000.000 de euros, previa
autorización del titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública y de la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud cuando su
cuantía exceda de 1.200.000 euros, y la tramitación de los recursos que se
interpongan contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación,
efectos y extinción.
Tercero.- Delegación en el Gerente Adjunto de Gestión
y Servicios Generales de Atención Primaria
1. Delegar en el
Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales de Atención Primaria, la
adopción de los actos y operaciones correspondientes a la ejecución del
presupuesto de gastos e ingresos de sus centros de gestión cuando su cuantía no
exceda de 200.000 euros.
2. Delegar en el
Gerente Adjunto de Gestión y Servicios Generales de Atención Primaria la
celebración de contratos, así como sus modificaciones, que correspondan a sus
centros de gestión, cuando su cuantía no sea superior a 200.000 euros y la
tramitación de los recursos que se interpongan contra los actos derivados de
los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.
Cuarto.- Procedimientos
negociados de contratación
Sin perjuicio de lo
dispuesto en los apartados anteriores, se requerirá autorización previa del
titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y de la
Dirección General del Servicio Madrileño de Salud en todos los expedientes de
contratación que se tramiten por el procedimiento negociado sin publicidad al
amparo de lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Quinto.- Límites
a la delegación
1. No será objeto de
delegación la adopción de los actos y operaciones correspondientes a la
ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de su centro de gestión cuando
su cuantía exceda de los 3.000.000 de euros.
2. El límite de
cuantía fijado en el apartado anterior respetará y se adaptará, en todo caso, a
lo dispuesto en cada momento por la normativa económico-presupuestaria de
aplicación.
Sexto.- Revocación
de anteriores delegaciones
Se dejan sin efecto
cuantas Resoluciones sobre delegación de competencias en materia de
contratación y gestión presupuestaria se hayan dictado con anterioridad y, en
particular, la Resolución 385/2020, de 11 de junio, de la Viceconsejería de
Asistencia Sanitaria, de delegación de competencias en materia de contratación
y gestión económico-presupuestaria.
Séptimo.- Efectos
La presente Resolución
producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.