Resolución de 13 de noviembre de 2020, del Director
General de Suelo relativa a delegación de presidencia de las Comisiones de
Seguimiento de los convenios de colaboración entre la Comunidad de Madrid y los
Ayuntamientos para la adhesión de información relativa al patrimonio de suelo
disponible en el Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid. ()
1. La
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación
del Territorio y Sostenibilidad, y los Ayuntamientos que así lo han estimado
conveniente, vienen suscribiendo convenios de colaboración para la adhesión de
información relativa al patrimonio de suelo disponible en sus respectivos
municipios, en el Portal del Suelo de la Comunidad de Madrid.
2. La
cláusula quinta del convenio tipo regula la constitución de una Comisión de
Seguimiento, como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del convenio,
con el fin de dar cumplimiento a la previsión del artículo 49.f) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los
términos siguientes:
ʺPara
la gestión, seguimiento y control del presente convenio y de las
especificaciones técnicas exigidas a los ficheros, se constituirá una Comisión
de Seguimiento que, presidida por el Director General de Suelo o persona en quien
delegue, estará compuesta por dos miembros de la Subdirección General de Suelo
y otros dos designados por el Ayuntamiento. La Comisión se reunirá al menos,
una vez al año y de forma extraordinaria, a petición de cualquiera de sus
miembros.
Esta
Comisión es el instrumento acordado por las partes de conformidad con lo
previsto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y ejercerá sus funciones en atención a lo
consignado en los artículos 51.2.c) y 52.3 del citado texto legalʺ.
3. Visto
que el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, atribuye a la Dirección de Suelo,
el ejercicio de las competencias previstas en su artículo 16.2 en materia de
suelo, y entre ellas ʺel diseño, modificación, mantenimiento y
actualización del sistema de información general de suelos disponibles de la
Comunidad de Madrid, a través de su Portal de Sueloʺ, y teniendo en cuenta
que la cláusula quinta del convenio tipo antes transcrita prevé la posibilidad
de delegar la competencia propia de la Dirección General consistente en la
presidencia de la Comisión de Seguimiento, existen razones organizativas que
justifican dicha delegación y por ello, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público,
RESUELVO
Primero
Delegar
en la persona titular de la Subdirección General de Suelo o de la Jefatura del
Área de Valoraciones y Patrimonio, de manera indistinta, la presidencia de la
Comisión de Seguimiento de los convenios, suscritos y a suscribir entre la
Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad) y los Ayuntamientos, para la adhesión de información relativa
al patrimonio de suelo disponible en sus respectivos Ayuntamientos en el Portal
del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo
La presente resolución
surtirá efectos desde el día de su firma.