descarga en formato PDF   ver PDF   descarga en formato WORD   ver WORD  

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 855/2020, de 21 de octubre, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se constituye el Equipo de Respuesta Logística Inmediata de Voluntarios de Protección Civil ante Emergencias. ([1])

 

 

 

El artículo 39 del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid, recoge la posibilidad de que los voluntarios de las agrupaciones municipales puedan adherirse a Equipos de Respuesta Inmediata en Emergencias (ERIES) de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.

En la gestión de la crisis sanitaria provocada por el Sars-Cov-2 ha sido fundamental la labor de prevención, de asistencia socio-sanitaria y logística desarrollada por las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil, tanto en su actuación propia como en aquella dependiente de las actuaciones coordinadas desde la Comunidad de Madrid.

La coordinación llevada a cabo por la Comunidad de Madrid, a través de la Agencia de Seguridad y Emergencias 112, ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con un equipo de respuesta propio ante este tipo de situaciones de emergencia, de activación inmediata, con los que responder ante ellas.

La Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, de conformidad con el artículo 1.2.b) del Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, atribuye a esta, entre otras, las competencias en materia de protección civil, prevención y extinción de incendios y de coordinación y gestión de emergencias.

Por ello, en virtud de las competencias que me son propias,

 

DISPONGO

Primero

Constituir el Equipo de Respuesta Logística Inmediata de Voluntarios de Protección Civil ante Emergencias (ERIVE).

Segundo

El Equipo de Respuesta Logística Inmediata de Voluntarios de Protección Civil ante Emergencias tendrá las siguientes tareas principales:

a) Apoyo logístico a los equipos de intervención.

b) Colaboración en la organización de albergues y evacuaciones.

c) Apoyo sanitario de primeros auxilios.

d) Gestión del almacén de materia de Protección Civil.

e) Establecimiento de rutas de suministros.

f) Colaboración en dispositivos de búsqueda de personas desaparecidas.

g) Colaboración en inclemencias meteorológicas.

h) Apoyo a aquellas funciones que se pudiera encomendar.

 

Tercero

El funcionamiento, organización y determinación de medios del Equipo de Respuesta Logística Inmediata de Voluntarios de Protección Civil ante Emergencias se realizará de acuerdo con los protocolos que se establezcan con los diferentes cuerpos de seguridad y emergencia actuantes en la Comunidad de Madrid, en función de la naturaleza de la emergencia.

Cuarto

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.