Acuerdo de 14 de noviembre de 2019, del Consejo de
Administración del Consorcio Urbanístico Móstoles Sur, por el que se designan
con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación del Consorcio
Urbanístico Móstoles Sur, de Móstoles (Madrid). ()
En virtud de lo
recogido en los Estatutos
del Consorcio Urbanístico Móstoles Sur, y en uso de las atribuciones
conferidas, y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (art. 326); en Real
Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007,
de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (art. 21); en Decreto
49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (art. 18), y en aras de
garantizar los principios de objetividad y transparencia, el Consejo de
Administración en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2019, adoptó por
unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo:
«Aprobar la
modificación de la composición de la Mesa de Contratación permanente del
Consorcio Urbanístico "Móstoles Sur" para cuantas licitaciones convoque y se precise su
participación, quedando como sigue:
Presidente:
Funcionario designado por la Comunidad de Madrid.
Vocales:
- Un Letrado designado
por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
- Interventor o Funcionario que tenga atribuidas las
funciones del control económico-presupuestario del órgano.
- Dos Empleados Públicos designados por el Ente
Consorciado Ayuntamiento de Móstoles.
Secretario:
Funcionario designado por la Comunidad de Madrid».