ACUERDO de 6 noviembre de 2019 del Consejo de
Administración del Consorcio Urbanístico Leganés Tecnológico, por el que se
designan con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación de
Consorcio Urbanístico Leganés Tecnológico. ()
Mediante Decreto
278/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio y Sostenibilidad.
En virtud de lo
recogido en los Estatutos del Consorcio Urbanístico Leganés Tecnológico, y en
uso de las atribuciones conferidas, y con el fin de dar cumplimiento a lo
establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014 (artículo 326); en Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por
el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
Contratos del Sector Público (artículo 21); en Decreto
49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (artículo 18), y en aras de
garantizar los principios de objetividad y transparencia, el Consejo de
Administración en sesión celebrada el 6 noviembre de 2019, adoptó, entre otros,
el siguiente
ACUERDO
"El Consejo de
Administración, por unanimidad, acuerda aprobar la modificación de la
composición de la Mesa de Contratación permanente del Consorcio Urbanístico
Leganés Tecnológico para cuantas licitaciones convoque y se precise su
participación, quedando como sigue:
─ Presidente: Funcionario designado por la Comunidad de
Madrid.
─ Vocales:
§
Un letrado designado por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
§
Interventor o funcionario que tenga atribuidas las funciones del control
económico-presupuestario del órgano.
§
Dos empleados públicos designados por el Ente Consorciado Ayuntamiento de
Leganés.
─ Secretario: Funcionario designado por la Comunidad de
Madrid".