RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2019, de la
Viceconsejera de Vivienda y Administración Local de delegación de competencias
en la Secretaría General Técnica.
()
El
artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, establece que corresponde a los Viceconsejeros
resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los órganos
directivos que dependan directamente de ellos y cuyos actos no agoten la vía
administrativa.
De
conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes
Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que
tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no
sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos Públicos o Entidades de
Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.
En su
virtud,
DISPONGO
Delegar
en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración
Local la resolución de los recursos y reclamaciones en vía administrativa, cuya
competencia corresponda a esta Viceconsejería de Vivienda y Administración
Local.
La
presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.