[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN de 5 de septiembre de 2019, de la Consejería de Vivienda y Administración Local, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de fundaciones. ([1])

 

 

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, la titularidad del protectorado en el ámbito de cada Consejería corresponde al Consejero, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia.

Con el objeto de agilizar la gestión administrativa y la toma de decisiones relativas a las fundaciones, se considera conveniente desconcentrar la titularidad de la competencia en materia de protectorado de las fundaciones adscritas a esta Consejería en el titular de la Secretaría General Técnica.

A tal fin, de conformidad con lo previsto en los artículos 8.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único.- Atribución de competencias

Atribuir al titular de la Secretaría General Técnica la titularidad y el ejercicio de las competencias en materia de protectorado de fundaciones adscritas a la Consejería de Vivienda y Administración Local.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

 



[1] . BOCM de 10 de septiembre de 2019.