Resolución de 18 de julio de 2019, de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba la versión 2 del
procedimiento para la tramitación como EICI de las instalaciones frigoríficas. ()
ANTECEDENTES DE
HECHO
Primero
Con
fecha 1 de julio de 2019 la Asociación de Entidades de Inspección de la
Comunidad de Madrid (ASEICAM) remite la propuesta de revisión de la revisión 1
del procedimiento de tramitación como Entidad de Inspección y Control
Industrial (EICI) de las instalaciones frigoríficas según la Orden
de 19 de noviembre de 2013 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la
que se establece el procedimiento para la tramitación, puesta en servicio e
inspección de las instalaciones frigoríficas y se adaptan las disposiciones de
desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, a lo establecido en la
Directiva 2006/123/CE del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006,
relativa a los servicios en el mercado interior. Dicho procedimiento se propone
también según la Orden
de 17 de febrero de 2009, del Consejero de Economía y Hacienda, de
homogeneización y simplificación del procedimiento de actuación de las
Entidades de Inspección y Control Industrial al amparo del Decreto 38/2002, de
28 de febrero.
FUNDAMENTOS DE
DERECHO
Primero
Es
competente para la adopción de esta resolución la Dirección General de
Industria, Energía y Minas, de conformidad con la Ley
Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid; el Real
Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de Traspaso de Funciones y Servicios en
materia de Industria, Energía y Minas a la Comunidad de Madrid, y el Decreto
193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
Segundo
El Decreto
38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades de control
reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid,
previó la intervención de las EICI en los procedimientos de tramitación
administrativa para la puesta en servicio de las instalaciones industriales,
con el fin de conseguir una agilización en dicho procedimiento para las
instalaciones nuevas.
Como
desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, se publicó, entre otras, la
citada Orden de 19 de noviembre de 2013.
Tercero
El
artículo 8 de la Orden de 17 de febrero de 2009, del Consejero de Economía y
Hacienda, establece que ʺLos protocolos de actuación de las inspecciones
definidos en las Órdenes de desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero,
serán únicos para cada campo y para todas las EICI y serán remitidos a la
Dirección General competente en materia de industria para su aprobación
mediante resoluciónʺ.
Vistos
los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de
Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Primero
Aprobar
la versión 2 del procedimiento para la tramitación como EICI de las
instalaciones frigoríficas, IF, de 17 de julio de 2019, según las Órdenes de 19
de noviembre de 2013 y de 17 de febrero de 2009, de la Consejería de Economía y
Hacienda.
Segundo
Este
procedimiento y sus modelos normalizados serán de aplicación obligatoria para
las Entidades de Inspección y Control Industrial que actúen en el ámbito de
aplicación de la Orden de 19 de noviembre de 2013, desde el día siguiente a la
fecha de notificación de esta resolución.
Tercero
Cualquier variación a
introducir en alguno de los documentos aprobados en la presente resolución
deberá ser solicitada a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de
la Comunidad de Madrid para que, en el caso de considerarla adecuada, proceda a
una nueva aprobación de la misma.