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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 20 de mayo de 2019, de la Dirección-Gerencia del Hospital Clínico ʺSan Carlosʺ, por la que se anuncia la constitución de la Mesa de Contratación del Hospital Clínico ʺSan Carlosʺ de Madrid con carácter permanente, y se designa a los miembros que han de componer la misma. ([1])

 

 

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (Decreto 49/2003, de 3 de abril), y en el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, dispone que los miembros de la Mesa de Contratación podrán designarse de manera específica o con carácter permanente si se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, por lo que, esta Dirección-Gerencia en uso de las competencias delegadas en materia de contratación y gestión presupuestaria en los Gerentes de Atención Especializada, Servicio de Urgencias Médicas de Madrid y Centros de Transfusión, según Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud,

 

RESUELVE

 

Primero

Constituir la Mesa de Contratación del Hospital Clínico ʺSan Carlosʺ, con las funciones conferidas en la Ley.

 

Segundo

Designar con carácter permanente a los miembros integrantes de la Mesa de Contratación del Hospital Clínico ʺSan Carlosʺ de Madrid, que tendrá la siguiente composición:

- Presidente:

· El Subdirector de Gestión Económico-Administrativa. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, será sustituido por el Subdirector de Gestión de Servicios Generales. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de este último, será sustituido por el Jefe de Servicio de Contratación Administrativa.

- Vocales:

· Un letrado asesor, que podrá ser un funcionario habilitado por el Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, o autoridad que asuma las competencias en materia de habilitación de letrados.

· Un representante de la Intervención de la Comunidad de Madrid.

· El Subdirector de Gestión de Servicios Generales. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, será sustituido por un representante del Servicio de Suministros, o por un representante del Servicio de Contratación Administrativa.

· El Jefe de Servicio de Contratación Administrativa. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, será sustituido por un representante del Servicio de Contratación Administrativa, o por un representante del Servicio de Suministros.

- Secretario:

· Un representante del Servicio de Contratación Administrativa.

 

Tercero

Cuando las circunstancias del expediente así lo aconsejen, podrá aumentarse el número de vocales, así como la asistencia de cualquier otro representante de las Divisiones Médica, de Enfermería y de Gestión, que puedan actuar como asesores técnicos con voz pero sin voto, así como constituirse una Mesa específica a tal fin.

 

Cuarto. Disposición derogatoria

Quedan sin efecto las Resoluciones precedentes de fecha anterior a la presente, en las que se establezcan la composición o designación con carácter permanente de los miembros de la Mesa de Contratación del Hospital Clínico ʺSan Carlosʺ.

 

Quinto. Disposición final

La presente Resolución, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.



[1].- BOCM 7 de junio de 2019.