RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2019, de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento
para la tramitación como entidad de inspección y control industrial de las
instalaciones de protección contra incendios en establecimientos no
industriales, revisión 1. ()
ANTECEDENTES DE
HECHO
Primero
Mediante
Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 14 de
noviembre de 2014, se aprobó la versión 0 del procedimiento para la tramitación
como entidad de inspección y control industrial de las instalaciones de
protección contra incendios en establecimientos no industriales en la Comunidad
de Madrid.
Segundo
Debido a
la entrada en vigor del Reglamento de instalaciones de protección contra
incendios aprobado mediante Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, con fecha 14
de diciembre de 2017, la Asociación de Entidades de Inspección de la Comunidad
de Madrid (ASEICAM) remite una propuesta de modificación del procedimiento
indicado en el antecedente de hecho primero.
Esta
propuesta de procedimiento se ajusta a la Orden
de 12 de marzo de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que
se establece el procedimiento para el registro de puesta en servicio de las
instalaciones de protección contra incendios en establecimientos no
industriales en la Comunidad de Madrid y a la Orden
de 17 de febrero de 2009, de homogeneización y simplificación del
procedimiento de actuación de las Entidades de Inspección y Control Industrial
al amparo del Decreto
38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades de control
reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid.
Después
de analizada, revisada y corregida dicha propuesta entre las diversas partes
implicadas en su aplicación, la citada Asociación remite a esta Dirección
General de Industria, Energía y Minas su propuesta definitiva con fecha 22 de
marzo de 2019.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Es
competente para la adopción de esta Resolución la Dirección General de
Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de
febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y el Decreto
193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
Segundo
El
Decreto 38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades de
control reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de
Madrid, previó la intervención de las Entidades de Inspección y Control
Industrial en los procedimientos para la tramitación administrativa de puesta
en servicio de las instalaciones industriales, con el fin de conseguir una
agilización en la puesta en servicio de las nuevas instalaciones.
Como
desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, se ha publicado, entre otras,
la Orden de 12 de marzo de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por
la que se establece el procedimiento para el registro de puesta en servicio de
las instalaciones de protección contra incendios en establecimientos no industriales
en la Comunidad de Madrid.
Tercero
El
artículo 8 de la Orden de 17 de febrero de 2009, del Consejero de Economía y
Hacienda, de homogeneización y simplificación del procedimiento de actuación de
las Entidades de Inspección y Control Industrial al amparo del Decreto 38/2002,
de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades de control
reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid y sus
Órdenes de desarrollo, establece que "Los protocolos de actuación de las inspecciones definidos en las
Órdenes de desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, serán únicos para
cada campo y para todas las EICI y serán remitidos a la Dirección General
competente en materia de industria para su aprobación mediante Resolución".
Vistos
los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de
Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Primero
Aprobar
el procedimiento para la tramitación como entidad de inspección y control
industrial de las instalaciones de protección contra incendios en
establecimientos no industriales, versión 1, de fecha 25 de abril de 2019,
según las Ordenes de 12 de marzo de 2014 y de 17 de febrero de 2009, de la
Consejería de Economía y Hacienda, y según el Reglamento de instalaciones de
protección contra incendios, aprobado mediante Real Decreto 513/2017, de 22 de
mayo.
Segundo
Este
procedimiento y sus modelos normalizados serán de aplicación obligatoria para
las entidades de inspección y control industrial que actúen en el ámbito de
aplicación de la Orden de 12 de marzo de 2014, desde el día siguiente a la
fecha de notificación de esta Resolución.
Tercero
Cualquier
variación a introducir en alguno de los documentos aprobados en la presente
Resolución deberá ser solicitada a la Dirección General de Industria, Energía y
Minas de la Comunidad de Madrid para que, en el caso de considerarla adecuada,
proceda a una nueva aprobación de la misma.