Acuerdo de 7 de noviembre de 1991, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el método de valoración del arbolado
ornamental, Norma Granada, para su aplicación en el territorio de la Comunidad
de Madrid. ()
La protección de las especies vegetales
existentes en el ámbito de la Comunidad de Madrid, ha sido y sigue siendo uno
de los objetivos prioritarios marcados por el Gobierno Regional, dentro de la
política de conservación de la naturaleza.
En este sentido, se debe señalar que fue
Madrid la primera Comunidad del Estado Español, que ya en el año 1983, contaba
con una normativa para proteger una especie que en ese momento se encontraba en
fase regresiva en el territorio de la Comunidad madrileña. Dicha normativa fue
precedida de otras disposiciones para la salvaguarda de otras plantas
amenazadas.
La sensibilidad e interés de la Comunidad
de Madrid, por la protección de estas especies, queda corroborada con la
promulgación de la Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección y Regulación de la
Fauna y Flora Silvestres del territorio de nuestra Comunidad.
Sin embargo, cuando lamentablemente se
produce alguna infracción relacionada con la materia que nos ocupa, a la hora
de fijar la cuantía de la multa o sanción correspondiente, se detecta la falta
de un método de aplicación para calcular el valor intrínseco de la especie
dañada.
Teniendo en cuenta que la protección de
estas especies es una labor que concierne a todos, es por lo que la Asociación
Española de Parques y Jardines Públicos, de la cual la Agencia de Medio
Ambiente es socio corporativo desde su fundación en 1973, se ha venido ocupando
en congresos, reuniones, jornadas técnicas y publicaciones de muchos aspectos
concernientes al cuidado y defensa de los árboles.
Dentro de los trabajos realizados, se debe
incluir la Norma Granada, elaborada como método de valoración del arbolado
ornamental, refrendada con el apoyo de la UNESCO a través de su programa El
Hombre y la Biosfera, en cuyo Comité Español también está presente la Agencia
de Medio Ambiente.
En consecuencia, el Consejo de Gobierno,
con el fin de cubrir este vacío técnico, en materia de valoración del arbolado,
en el territorio de la Comunidad de Madrid, a iniciativa de la Agencia de Medio
Ambiente, y a propuesta del Consejero de Cooperación,
ACUERDA
Aprobar como método de valoración del
arbolado ornamental, para su aplicación en el territorio de la Comunidad de
Madrid, la Norma Granada, que se adjunta como anexo único.
Publicar el presente Acuerdo en el
«Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Oficial del
Estado».
ANEXO ÚNICO
JUSTIFICACIÓN DEL
MÉTODO
A. ANTECEDENTES
1. Consideraciones generales sobre la
valoración del arbolado.
Una de las especificidades
de esta valoración que analizamos es que no se trata de las habituales en una
economía de competencia. No existe demanda ni oferta en términos de mercado, ni
tampoco comprador ni vendedor; por lo tanto, no se puede buscar precio, que es
un dato histórico, fruto de una compraventa, sino un valor.
No se valora aquí un proceso
de explotación, ni un bien productivo de transformación o de consumo.
Por lo tanto, la valoración
de árboles de interés paisajístico debe aspirar a reflejar una función de
utilidad de contenido económico, pero a través de cierto equilibrio entre los
procedimientos estrictamente econométricos y las componentes de significación
simbólica, paisajística, histórica, estética o de bienestar, que son valores de
afección que completan el cuadro.
La valoración pretende
brindar una solución cifrada y un apoyo objetivo a las decisiones o al análisis
de cualquiera de los siguientes supuestos en los que aparece arbolado de
interés paisajístico, tanto en órbita pública como privada:
- Expropiación, afección a arbolado de terceros por actividad
de planeamiento de la Administración.
- Estimación de repercusión de catástrofes, incendios,
inundaciones.
- Daños a bienes municipales, concepto de valoración de daños
por obras en vía pública, redes de servicio, accidentes de tráfico y
vandalismo. Fianzas e indemnizaciones por infracciones.
- Análisis presupuestario o financiero de la actividad pública.
- Catastro, inventario o catálogo.
- Trasplantes.
- Seguros.
- Regulación mediante Ordenanzas y Normas Urbanísticas.
- Tasas urbanísticas. Garantía hipotecaria. Compraventa.
- Consideraciones de impacto ambiental, evaluación económica.
Existen distintos
procedimientos de valoración, traducidos y adaptados de Alemania, Australia,
Bélgica, Francia, Finlandia, Italia, Reino Unido, Suiza, USA y algunas normas
españolas prestigiosas y en vigor.
Las razones que avalan la
búsqueda de un nuevo método son:
- Falta de actualización en algunas de ellas. La actualización
simplemente monetaria no es satisfactoria, ni acorde con la realidad.
- Omisión de bloques de vegetación, carencia o lagunas en el
repertorio (arbolado mediterráneo, tropical y palmeras).
- Fórmulas proporcionales, con valor unitario fijo en cada
tramo.
- Fórmulas empíricas, polinómicas, de conversión económica
discutible y difícil justificación.
Al mismo tiempo, la inevitable
componente subjetiva del tasador se sintetiza en un criterio de fundamento
estadístico que postula que la valoración más correcta es aquella a la que
corresponde una probabilidad más alta para los datos de mercado de que
disponemos, y siendo el mismo siempre concurrente. Presumiblemente en tal valor
coincidirán, por tanto, diferentes tasadores y según este principio, en el
hipotético caso de varios tasadores, el valor objetivo sería la moda (valor de
mayor frecuencia) de los valores subjetivos.
B. PRESENTACIÓN
DEL MÉTODO
El método de valoración que
se propone con la presente Norma de Granada se basa en los siguientes
elementos:
- Objetivación máxima de los elementos y factores tomados del
mercado y/o medidos en la realidad; proyección en el tiempo de los datos y
funciones tamaño-precio obtenidos, tanto para supuestos de mayor envergadura
del árbol, como para actualización automática, sin más que utilizar al día la
información del sector.
Se distingue entre árboles
sustituibles, que son aquellos que se pueden comprar y replantar, y los no
sustituibles, que son los que no es posible conseguir en el mercado de los
viveros ornamentales. Se precisará algo más la noción de sustituible, pero como
referencia, en las frondosas la frontera está a partir de los 30 cm. de
circunferencia.
Se fijan tres grandes grupos
de intervención con variaciones en el procedimiento de valoración:
a) Frondosas.
b) Coníferas.
c) Palmeras y similares.
A lo largo de la descripción
del método, se utilizarán algunos conceptos que se referencian a continuación:
Calibre característico. Tamaño del árbol cuyo precio medio en
vivero va a servir como base de la valoración. Va referido, por tanto, a un
precio de catálogo, y se fija en un perímetro de 10-12 cm. para las frondosas (tomado
a 1,30 m. sobre el nivel del suelo), y en una altura de 100-125 cm. para las
coníferas.
Valor básico. Llamado también valor standard o tipo.
Tiene un carácter objetivo, por obtenerse de las ecuaciones o funciones tamaño
precio, y se da en términos monetarios. Es un punto de partida mínimo, con el
que se puede continuar el proceso de valoración.
Si el árbol está vivo, ya
tiene un valor mínimo, el valor básico.
Las circunstancias de
estado, singularidad, sanidad, etc., sólo pueden considerarse para aumentar,
nunca reducirán el valor básico.
Valor de reposición. Es realmente un valor de compra (más los
costos de trasplante y de mantenimiento, actualizados).
B.1. VALORACIÓN PARA
ÁRBOLES SUSTITUIBLES.
Para los árboles
sustituibles, se buscaría el precio de compra del árbol en cuestión en los
catálogos de viveros ornamentales, o bien se buscaría en la curva o función de
regresión correspondiente al grupo de especies de similar comportamiento. Una
vez obtenido el precio de mercado, se le sumarían los gastos de plantación y
arranque y los gastos anuales de mantenimiento, capitalizados con interés
compuesto durante el tiempo que ha vivido el árbol. Se ha considerado la
probabilidad de éxito en el trasplante (riesgo del trasplante).
La fórmula más general
sería, de acuerdo con Caballer:
Valor Básico = (Pm+Ct) (1+r)t
+ (Ccn+1)(1+r) t + (Ccn+2)(1+r)t-1+....+
α
+ (Cct-1)(1+r) + Cct
Donde:
n = año de plantación.
Pm = precio de mercado para un calibre
(y edad determinado).
Ct = Coste de arranque y plantación.
= Probabilidad de
éxito en trasplante (0 ≤ α ≤
1).
t = Edad del árbol arrancado (año
de la valoración).
Cc = Costes de cultivo y mantenimiento
el año n+1.
La introducción de Ct y de a
permite fijar el límite de los árboles sustituibles (Ct no excesivo, igual que
Pm y Ct alto) y también sitúa los árboles históricos con Pm y Ct altísimo, y a
tendiendo a cero, con los que Vb tendería a infinito.
Si se supone que los costes
de cultivo y mantenimiento son iguales todos los años, la fórmula queda así:
Vp= (Pm+Ct) (1+r)t-n]
+ Cc [(1 + r) t ̶ n+1 ̶ 1 ]
α
r
B.2. VALORACIÓN PARA
ÁRBOLES NO SUSTITUIBLES. FRONDOSAS Y CONÍFERAS.
Para llegar a la formulación
objetiva del valor básico, la Comisión de Valoración centró su trabajo en el
estudio de la posibilidad de encontrar una cierta función «f» cuya variable
dependiente fuese el valor básico (o el precio) en términos monetarios.
Existe, para ello, dos
supuestos de partida:
1. No es posible hallar una ecuación
en la que intervengan variables territoriales, culturales o cualitativas del
árbol (singularidad, rareza, etc.). Hay que buscar, por lo tanto, «un valor
básico», como punto de partida, y dejar estas variables mencionadas para una
segunda etapa, la de los índices correctores.
2. Hay que utilizar variables
cuantitativas, medibles, significativas, y en el menor número posible.
Ya desde el principio se
pensó que un camino válido era la pauta de precios existentes en el mercado de
árboles (viveros ornamentales) en función de los valores de circunferencia para
las frondosas, y de altura para las coníferas.
Hay que definir una función
circunferencia-precio o altura- precio, de modo que la simple medición pueda
traducirse inmediatamente en valor. El procedimiento es obtener por regresión
las funciones, con el ajuste que da el conocimiento profesional de los
especialistas, fácilmente convergente.
Para los árboles no
sustituibles habría que suponer que la función de regresión o ley, conocida en
el tramo en que hay precios de compra en los viveros comerciales, se mantiene y
se traslada fuera de dicho tramo y, por lo tanto, para obtener el valor básico
podemos extrapolar como si tuviera el precio virtual que nos da la curva para el
tamaño real observado (Figura III).
Se han fijado nueve grupos
para las frondosas, de acuerdo con la información manejada, y seis grupos para
las coníferas. Como se aprecia en las tablas I y II, dichos grupos se han
formado atendiendo al hábito de crecimiento y a la expectativa de longevidad de
cada árbol (mayor información en Anejos).
Se han probado varios
modelos de regresión: lineal, multiplicativo, exponencial y logarítmico,
con buenos resultados de precisión estadística. Pero al proyectar la regresión
fuera del ámbito habitual de los datos de precios en vivero, se descartaron
finalmente todos ellos.
Posteriormente, el
comportamiento de crecimiento del árbol en sí ha conducido a una regresión que
presenta un ajuste muy preciso para el caso propuesto.
La sigmoide o función de
Richards, de fructífera tradición en el análisis de los fenómenos biológicos, y
su caso particular la ecuación o función logística, se acomoda muy bien al modo
de comportamiento del árbol en su evolución; a semejanza de lo que ocurre con
éste, la función logística presenta un punto de inflexión, a partir del cual
comienza a disminuir el crecimiento relativo, y tiende asintóticamente a un
valor máximo.
k K
La ecuación es y = [1 + V eb(x.xi)]1v
Donde «v» es un coeficiente
que después de estudios detenidos, se ha fijado en 0,01 para todos los grupos.
«k» es el valor máximo, el
parámetro más independiente del comportamiento del árbol, y al que tiende
asintóticamente la curva. Es el multiplicador máximo del precio estándar en
vivero para un calibre característico (tamaño 10-12 cm. de circunferencia en
frondosas, y 100-125 cm. de altura en coníferas). Se han tomado tres valores de
k, que cambia con la longevidad de las especies: 1.000, 750 y 500 (ver
Tabla III).
«xi» representa
el punto de inflexión, que también cambia según la longevidad y el hábito de
crecimiento; «b» es un parámetro para el precio de partida. (Ver valores de
ambos en Tabla III).
Así, el valor básico «y» es
un multiplicador del precio que tendría el árbol en vivero a los calibres
característicos. Este valor se da tabulado para las 15 ecuaciones que han
resultado, en las Tablas IV y V, con valores cada 5 cm. para el perímetro en
frondosas, y cada 50 cm. de altura para las coníferas.
Por lo tanto, para obtener
el valor básico de un determinado árbol, se situaría a través de las Tablas I y
II en el grupo que corresponda. Con la medición de su circunferencia de tronco
(frondosas) o de la altura del árbol (coníferas), se pasaría a la Tabla III
para usar las fórmulas o a las Tablas IV y V para localizar directamente el
multiplicador «y».
Con las gráficas I, II y III
se puede obtener igualmente el factor multiplicador «y», aunque ya se sabe que
será con menos precisión este procedimiento gráfico que usando las ecuaciones o
los valores tabulados. De ambos modos se llega al valor básico, «Vb», por
tablas o por gráficas.
B.3. VALORACIÓN PARA
ÁRBOLES NO SUSTITUIBLES. PALMERAS Y SIMILARES.
La distinta configuración
morfológica de las palmeras, su sensible diferencia fisiológica respecto a los
árboles frondosos y coníferas, hace tener presentes, a la hora de establecer un
método de valoración objetivo, ciertos elementos de diferenciación:
- Sus variados y a la vez
anárquicos modos de presentación, venta y expedición.
- La escasa representatividad de
viveros especializados, en comparación con el resto del conjunto de viveros
ornamentales.
Por todo ello, es difícil la
obtención de más datos fiables y con evolución conocida que nos permita
realizar una curva de regresión, que proporcione un valor básico de arranque,
susceptible de aplicarse en la fórmula final de valoración. Se sigue optando,
por lo tanto, por una fórmula empírica.
El coste característico
representaría en estos especímenes el precio medio teórico de mercado de ese
individuo para el mínimo tamaño comercial (habitualmente posible) que se debe
revisar y actualizar periódicamente.
Se adopta el término h/k
como mejor expresión de la edad, donde h = altura en cm. del tronco y k =
constante de crecimiento (Tabla VI). Así pues, se patentiza en este cociente
h/k la relación entre la altura del ejemplar (en cm), como resultante de la
edad del mismo y su respuesta fisiológica. En la fórmula final aparecería este
cociente elevado al cuadrado por la gran importancia del mismo en el cómputo
del valor final.
Así pues, la fórmula
quedaría como sigue:
v básico = v característico X (h)2
k
Los índices correctores
ponderarían igual que en las frondosas y coníferas. Las mismas consideraciones
expuestas antes, en cuanto a los árboles sustituibles y no sustituibles.
B.4. ÍNDICES
CORRECTORES.
A partir de disponer del
valor básico, entran en juego unos índices correctores que se agrupan en dos
bloques:
Factores intrínsecos (propios de la especie y del individuo)
|
1. Tamaño fotosintéticamente activo (Volumen y superficie
de copa), por comparación con la copa hipotéticamente ideal para su tamaño y
edad
|
2. Estado sanitario. Referencia al vigor o grado de
decrepitud, presencia de alteraciones sanitarias, ataques de parásitos,
podredumbres, etc
|
3. Expectativa de vida útil. Es la supuesta por el tasador,
con relación a los dos valores tabulados, de vida ornamental y de vida total
máxima esperada
|
Factores extrínsecos (correspondiendo al medio que le rodea)
|
1. Estético y funcional. Apreciación del interés estético
del árbol, como parte de una alineación o grupo, y de su papel funcional
(cortavientos, pantalla visual o sonora, acompañamiento de sombra)
|
2. Representatividad y rareza. Indice relativo a
consideraciones de mayor o menor abundancia en la zona, y aprecio o
cualidades históricas, culturales o simbólicas del ejemplar
|
3. Situación. Índice relativo del interés del árbol en el
entorno que le rodea, y su contribución a la mejora ambiental, plástica o
urbana
|
4. Factores extraordinarios. Referencia a otros valores o
parámetros que merezcan tal consideración
|
La fórmula de aplicación de
los índices descritos sería:
Vf = Vb (1 +Σ Ii + Σ Ie)
Donde:
Vf = Valor
final
Vb = Valor
básico
Σ Ii = Sumatorio de los
índices de factores intrínsecos
Σ Ie = Sumatorio de los
índices de factores extrínsecos
La escala de valores de los
índices se recoge en la Tabla VII.
B.5. TRONCOS MÚLTIPLES.
Para el caso de árboles con
troncos múltiples, si se puede descubrir el cuello del árbol, medir el
perímetro envolvente inmediatamente por encima del cuello, que sería el valor
de circunferencia con el que se entra en las ecuaciones o curvas de regresión.
Si el árbol tiene fuerte
engrosamiento en el cuello o no se puede descubrir éste, tomar las
circunferencias de todos los troncos que existan, a una altura de 80 cm. del
suelo, y tomar como perímetro virtual el de una circunferencia que circunscriba
como envolvente todas las de los troncos existentes, tangentes entre sí (figura
IV).
B.6. DAÑOS
PARCIALES.
Cuando se analizan los daños
parciales de un árbol, en muchas ocasiones no es cuestión de valoración, sino
de considerar la especie y la estación del año, elementos fundamentales a la
hora de estimar si los daños parciales son de consideración para el ejemplar o
no.
En este caso de daños
parciales, por desgracia muy habitual en el medio urbano, puede tratarse de una
situación en la que lo procedente para el técnico no sea emitir una valoración,
sino un informe en cuanto al riesgo de supervivencia, riesgo de estabilidad,
seguridad para el peatón y tráfico, medidas de restauración y de actuación en
consecuencia.
Se reproduce el texto
aparecido en su día en el método ya clásico publicado por Icona en 1975, que
sigue teniendo perfecta validez, para el cálculo de la valoración referente a
daños parciales.
El valor de los daños que se
causen a un árbol se cifrará en un tanto por ciento del valor total de éste,
calculado con las anteriores normas. Al causar daños a un árbol en cualquiera
de sus partes, éste pierde valor en sus cualidades estéticas, sanitarias, etc.,
y esta pérdida debe ser compensada por medio de una indemnización.
Los daños se clasificarán
según sean: heridas en el tronco, desgajamiento de ramas o destrucción de
raíces.
El cálculo de las
indemnizaciones a que haya lugar por estas tres causas se hará separadamente,
sumando luego los porcentajes obtenidos para obtener el valor total de la indemnización.
Si este total resultara mayor del 100%, se tomará, lógicamente, el valor total
del árbol.
B.6.1. Heridas en el
tronco.
Cuando se causan heridas en
el tronco de un árbol, se destruye muchas veces la capa viva de éste, lo que
ocasiona un déficit en la aportación de savia a la copa, con la consiguiente
pérdida de vigor. Estas heridas, sobre todo si son anchas, cicatrizan muy
lentamente, dando lugar a deformaciones del tronco, por lo que se ocasiona
también una pérdida en su valor estético. Por último, las heridas en el tronco
suponen un gran peligro para la vida del árbol, por ser un foco de infección y
facilitar el ataque de los parásitos.
La extensión del daño se
mide en anchura, proyectando sus extremos más separados sobre la circunferencia
que pasa por el punto más alto de la herida. La proyección P se expresa como
fracción de la circunferencia citada C y se multiplica por la altura h de la
herida en milímetros (figura V).
P
I % = C (h+50)
I se considera igual a 100
cuando tome valores superiores a 50%.
En esta expresión, P y C
vienen dadas en las mismas unidades y su cociente P/C evalúa la fracción de la
circunferencia que ha sido afectada por la herida, lo que da una idea de la
magnitud del daño causado.
Este cociente se multiplica por (50+h),
siendo «h» la altura de la herida, expresada en milímetros, con lo que se
introduce en la valoración la magnitud de la superficie dañada; cuanto mayor
sea esta superficie, mayor será la dificultad de cicatrización, con la siguiente
pérdida de vigor y merma en su valor estético. Por otra parte, el peligro de
infecciones que puedan afectar al árbol, penetrando por la herida, es tanto
mayor cuanto más grande sea ésta, que, siendo P constante, es proporcional a
«h».
Cuando el daño causado sea
lineal, como el ocasionado por amarre de cables a los troncos de los árboles,
las heridas causadas tienen una superficie muy pequeña, lo que daría lugar a
indemnizaciones muy bajas, siendo el daño causado muy grande. Para evitar esta
discordancia entre daños e indemnización, se ha dotado al segundo factor de un
sumando «50» que nos da el valor mínimo de la indemnización cuando sea muy
pequeña la altura de la herida.
Cuando la herida lineal afecte a toda la
circunferencia del árbol, la indemnización ha de ser el valor total del árbol,
pues esta herida, al destruir la capa viva o cambium en toda su anchura,
provoca un cese en el suministro de savia a la copa que puede provocar la
muerte de éste.
En este caso el daño causado
será:
P
I % = C (50+h)
P
si P = C, C =1, h →0 y
entonces
I % >50%
y esta cifra corresponde al 100% de
indemnización, según la tabla de valores VIII.
B.6.2. Pérdidas de
ramas.
La pérdida de ramas en la
copa de un árbol supone una disminución tanto de su valor estético como de su
vigor.
Esta pérdida de su valor
está en relación con la cantidad de ramas que sean destruidas. Se medirá en
tanto por ciento del volumen inicial de la copa. Si la destrucción de las ramas
afectara a más del 80% de ellas, el valor de la indemnización será el del total
del árbol.
Cuando la destrucción
suponga un desequilibrio en la copa del árbol, se incluirá también para el
cálculo de la indemnización el volumen de copa que sea preciso quitar para
lograr otra vez el equilibrio, y el costo de ello.
B.6.3. Destrucción
de raíces.
La destrucción de raíces da
lugar a una disminución en la aportación de nutrientes y, por tanto, a una
pérdida de vigor que puede llegar a ocasionar la muerte del árbol. También
puede representar peligro de descalce del árbol, en caso de fuertes vientos.
Para calcular el tanto por
ciento que suponen las raíces destruidas sobre el conjunto del sistema radical,
se toma como extensión de éste la de la proyección de la copa del árbol y como
profundidad, un metro.
Se debe aplicar este
criterio en caso de zanjas que pasen cerca del árbol, o incluso en caso de un
trasplante de éste.
B.6.4. Otros daños.
Los daños no mencionados
expresamente en los párrafos anteriores como los ocasionados por sacudidas,
separación de la vertical, corte de yema terminal u otros cualesquiera, se
valorarán estimando la repercusión que puedan tener en la vida futura del
árbol, y en su clasificación dentro de los distintos índices.
Las consideraciones
anteriores se han sistematizado en la tabla de valores VIII:
A un 50% en la raíz
corresponderá una indemnización del 60% del valor del árbol; si, además, se
diera un 30% de daños en la copa, habría que sumar un 20% más a la
indemnización anterior, que quedaría en 60+20=80%.
EJEMPLOS
SUSTITUIBLE
Hay que arrancar una Robinia
de 15 años, y 60 cm. perímetro.
1. Robinia pseudacacia
«umbraculifera», 20-25 cm. perímetro en vivero.
Precio en vivero
|
4.200 ptas. = Pm (n = 4 años)
|
Ct (coste plantación)
|
3.000 ptas.
|
Cc (coste cultivo anual
|
5.500 ptas./año
|
α (% éxito
transplante)
|
80%
|
r =
|
14%
|
Vb = (Pm+Ct) (1+r)t
+ Cc [(1 + r) t ̶ n+1 ̶ 1 ]
α
r
Vb= 4.200 + 3.000 (1,14)15 +
5.500 (1,14)15 _4+1 ̶ 1 + = 64.241 + 149.989
0,8 0,14
= 214.230 Ptas.
NO SUSTITUIBLE
FRONDOSA
1 Robinia pseudacacia de 160 cm.
perímetro.
1º) Frondosa.
2º) Tabla I, Crecimiento Medio,
Longeva, Tipo H.
3º) Tabla IV, para x =160, tipo
H, y = 616. En figuras III, y = 620.
4º) Valor característico para
perímetro 10-12, 735 ptas.
Valor básico = 735 x 616 = 452.760
ptas.
5º) Factores intrínsecos y
extrínsecos máximos y mínimos (Tabla VII).
Σ Ii excelentes = 0,5 + 0,5 + 0,5 = 1,5
Poco = 0,1 + 0,1 + 0,1 = 0,3
Σ Ie excelentes = 0,25 + 0,25 + 0,25 = 1
Poco = 0,05 + 0,05 + 0,05 + 0,05 = 0,20
6º) Valor final=Vb (1+ Σ Ii + Σ Ie)
452.760 (1+1,5+1)=1.584.660 Máximo
452.760 (1+0,3+0,20)=679.140 Mínimo
Fórmula econométrica.
Relación edad-tamaño.
Perímetro= -83,725 + 131,72 log t... log t
= 160 + 83,725
131,72
T = antilog 1,8503 t = 70,8 años
Vf = Vo(1+r)n = 735(1+r)70,8
=7.855.083(14%)
=2.243.485(12%)
=626.454(10%)
CONIFERA
1 Pino piñonero, 150 cm. perímetro, 18 m.
altura.
1º) Conífera.
2º) Tabla II, Crecimiento
medio, longeva, tipo E.
3º) Tabla V, para x =18 y Tipo
E, y = 680. Gráfico Fig.I bis y II bis, sale igual.
4º) Valor característico para
altura 100-125 cm. Maceta = 800 ptas.
5º) Valor básico Vb = 800 x 680
= 544.000 ptas.
6º) Factores intrínsecos y
extrínsecos máximos y mínimos (Tabla VII).
Σ Ii 1,5 Máximo 0,3 Mínimo
Σ Ie 1 Máximo 0,20 Mínimo
Valor final.
Vf=544.000 (1+1,5+1)=1.904.000 Máximo
Vf=544.000 (1+0,3+0,20)=816.000 Mínimo
PALMERA
1 Phoenix dactylifera, de diámetro 0,15 y
altura 6 m = 600 cm., de unos 50 años.
1º) Ver en tabla VI el grupo,
valor característico y cte., de crecimiento.
Valor
característico.................................175 ptas.
K....................................................25
Valor básico = Valor característico x ( h
)2 =175k x (600) = 175 x 576
K 25
3°) Valor final=Valor básico(1+ Σ Ii + Σ Ie)=
175 x 675 x (3,5) = 352.800 ptas. Máximo.
175 x 576 x (1,5) = 151.200 ptas. Máximo.
TABLAS
(Véase en Formato PDF)
FIGURAS
(Véase en Formato PDF)