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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2018, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se delega el ejercicio de determinadas atribuciones en las Direcciones Generales de la misma. ([1])

 

 

 

A fin de conseguir en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio una mayor eficacia en la gestión de la formación, actualización y valoración del Inventario de los bienes muebles y derechos de propiedad incorporal, a que se refieren los artículos 8.4 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y 5 de la Orden de 22 de febrero de 2008, de la Consejería de Hacienda, se considera oportuno delegar en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería, en el ámbito de sus respectivos programas presupuestarios, las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica en las citadas normas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas.

En su virtud,

RESUELVO

Primero

Delegar las competencias relativas a la formación, actualización y valoración de los Inventarios de Bienes Muebles y Derechos de Propiedad Incorporal en los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería, en el ámbito de sus respectivos programas presupuestarios, correspondientes a los siguientes epígrafes:

3. "Muebles de carácter histórico y artístico".

9. "Propiedades y derechos incorporales".

10. "Mobiliario y Equipos".

11. "Equipos para procesos de Información".

12. "Maquinaria".

13. "Utillaje".

14. "Instalaciones".

15. "Vehículos".

16. "Otro inmovilizado material".

Segundo

Dejar sin efecto las resoluciones y demás disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.

Tercero

La presente Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 



[1] . BOCM de 4 de junio de 2018.