Acuerdo del Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel
II, de 5 de junio de 2017, de delegación del ejercicio de la competencia para resolver
sobre las solicitudes de información contempladas en la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y
en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso
a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia
de medio ambiente, así como para resolver las solicitudes de reutilización de
documentos administrativos reguladas en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre,
sobre reutilización de la información del sector público. ()
De conformidad con lo
establecido en los artículos 3.1, 3.2.g) y 3.4 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
estructura orgánica del Canal de Isabel II y con el artículo 9 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consejo de
Administración del Ente Público Canal de Isabel II, en su sesión de 5 de junio
de 2017, ha resuelto delegar en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II
el ejercicio de la competencia para resolver sobre las solicitudes de
información contempladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en la Ley
27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la
información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de
medio ambiente, así como para resolver las solicitudes de reutilización de
documentos administrativos reguladas en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre,
sobre reutilización de la información del sector público.
El Gerente del Ente Público Canal de
Isabel II dará cuenta al Consejo de Administración del ejercicio de la
competencia que le ha sido delegada.
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