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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo del Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II, de 5 de junio de 2017, de delegación del ejercicio de las competencias para ejercitar toda clase de acciones y recursos, así como para el desistimiento y allanamiento, con la facultad de determinar en cada caso la acción a interponer y el recurso a ejercitar, en defensa de sus derechos y de conformidad con la normativa vigente. ([1])

 

 

En la sesión celebrada el día 5 de junio de 2017, el Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II,

ACUERDA:

 

Con carácter general, el ejercicio de cualesquiera acciones y la interposición de cualesquiera recursos que correspondan al Ente Público Canal de Isabel II en defensa de sus derechos, sirviendo el presente Acuerdo para actuar en cualquier momento y ante cualquier Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 3.1 y 3.2.g) del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.

De conformidad con lo establecido en los artículos 3.1, 3.2.g) y 3.4 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II, en su sesión de 5 de junio de 2017, ha resuelto delegar en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II el ejercicio de la competencia para ejercitar toda clase de acciones y recursos, así como para el desistimiento y allanamiento, con la facultad de determinar en cada caso la acción a interponer y el recurso a ejercitar, en defensa de sus derechos y de conformidad con la normativa vigente.



[1] . BOCM de 29 de junio de 2017.